martes, 28 de octubre de 2014

Jurisprudencia - Práctica de pruebas de determinación de edad a inmigrantes en cuyo pasaporte consta su minoría de edad


Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 453/2014 de 23 Sep. 2014, Rec. 1382/2013: Menores extranjeros no acompañados. Revocación de la resolución que acordó el cese del ejercicio de las funciones tutelares de una joven guineana asumidas por los servicios autonómicos porque, de las pruebas médicas practicadas, se deducía que era mayor de edad, aunque en su pasaporte constaba su minoría de edad. El Tribunal Supremo fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: el inmigrante de cuyo pasaporte o documento equivalente de identidad se desprenda su minoría de edad no puede ser considerado un extranjero indocumentado para ser sometido a pruebas complementarias de determinación de su edad, pues no cabe cuestionar sin una justificación razonable por qué se realizan tales pruebas cuando se dispone de un pasaporte válido. Por tanto, procede realizar un juicio de proporcionalidad y ponderar adecuadamente las razones por las que se considera que el documento no es fiable y que por ello se debe acudir a las pruebas de determinación de la edad.
Ponente: Seijas Quintana, José Antonio.
Nº de Sentencia: 453/2014
Nº de Recurso: 1382/2013
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 8408, Sección La Sentencia del día, 28 de Octubre de 2014
LA LEY 140048/2014

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