domingo, 9 de noviembre de 2014

Bibliografía (Revista de revistas) - La Ley Unión Europea n. 19 (octubre 2014)


Trabajos publicados en la revista La Ley - Unión Europea, número 19, Octubre de 2014:

Doctrina:
Francisco José NOCETE CORREA, Derecho de la Unión Europea y soberanía financiera estatal, pp. 5-28
En el presente trabajo se aporta una visión general de la incidencia del Derecho de la UE en la configuración del Derecho financiero y tributario español para, posteriormente, examinar hasta qué punto estas limitaciones a la soberanía financiera estatal pueden estar condicionando o no el proceso de reforma fiscal en el que nos encontramos inmersos. Dichas limitaciones no se manifiestan del mismo modo ni generan las mismas consecuencias dependiendo de que se materialicen en una incompatibilidad entre el contenido sustantivo de una normativa tributaria interna y las libertades europeas garantizadas en los tratados constitutivos, o bien en el incumplimiento de las recomendaciones efectuadas por las instituciones europeas en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
María Jesús ELVIRA BENAYAS, Diligencias preliminares, medidas de aseguramiento de pruebas y Reglamento Bruselas I ¿Una cuestión cerrada?, pp. 29-38
A partir de los asuntos St Paul Dairy y Tedesco se ha puesto de manifiesto la necesidad de concretar la naturaleza de las diligencias preliminares y otras medidas de aseguramiento de prueba con el fin de determinar la norma procesal aplicable. La cuestión ha sido abordada en el nuevo texto de Bruselas I (1215/2012) con una mención expresa a este tipo de medidas en materia de propiedad industrial e intelectual. Procede ahora valorar cuál es el resultado obtenido.
Tribuna:
Carlos BOBILLO BARBEITO, Aplicación extraterritorial del Derecho de la Competencia europeo, pp. 45-49
El presente comentario analiza la aplicación extraterritorial del Derecho de la competencia europeo en la sentencia dictada por el Tribunal General (TG o el Tribunal) en el asunto Intel, en la que aclara la aplicación de la jurisprudencia existente al respecto y confirma que la competencia de la Comisión puede comprobarse atendiendo a la comisión y a los efectos de la conducta contraria a la competencia en el territorio de la Unión.

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