martes, 11 de noviembre de 2014

Bbliografía (artículo doctrinal) - El secuestro interparental


El secuestro interparental
María Lourdes SOTO RODRÍGUEZ, Abogada, Exfiscal sustituta
Diario La Ley, Nº 8418, Sección Tribuna, 11 de Noviembre de 2014
LA LEY 8011/2014
Se produce la sustracción internacional de menores cuando un menor es trasladado ilícitamente a un país distinto de donde reside habitualmente, violando el derecho de custodia atribuido a una persona o a una institución, o en aquellos casos en que el padre o la madre se haya trasladado con el menor para residir en otro país, e impida al otro progenitor que tenga atribuido el derecho de visita ejercitarlo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.