lunes, 19 de enero de 2015

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

-Asunto C-201/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 3 de septiembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hof van beroep te Brussel — Bélgica) — Johan Deckmyn, Vrijheidsfonds VZW/Helena Vandersteen y otros (Procedimiento prejudicial — Directiva 2001/29/CE — Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor — Derecho de reproducción — Excepciones y limitaciones — Concepto de «parodia» — Concepto autónomo del Derecho de la Unión).
Nota: Véase la entrada de este blog del día 3.9.2014.
-Asunto C-333/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 11 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sozialgericht Leipzig — Alemania) — Elisabeta Dano, Florin Dano/Jobcenter Leipzig [Libre circulación de personas — Ciudadanía de la Unión — Igualdad de trato — Nacionales de un Estado miembro sin actividad económica que residen en el territorio de otro Estado miembro — Exclusión de estas personas de las prestaciones especiales en metálico no contributivas en virtud del Reglamento (CE) no 883/2004 — Directiva 2004/38/CE — Derecho de residencia por un período superior a tres meses — Artículos 7, apartado 1, letra b) y 24 — Requisito de recursos suficientes]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 11.11.2014.
-Asunto C-656/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 12 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší soud České republiky — República Checa) — L/M [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Competencia en materia de responsabilidad parental — Reglamento (CE) no 2201/2003 — Artículo 12, apartado 3 — Menor cuyos padres no están casados — Prórroga de competencia — Inexistencia de otro asunto conexo aún pendiente — Aceptación de la competencia — Impugnación de la competencia de un tribunal por una parte que ha iniciado otro procedimiento ante el mismo tribunal]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 12.11.2014.
-Asunto C-348/13: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de octubre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — BestWater International GmbH/Michael Mebes, Stefan Potsch [Procedimiento prejudicial — Aproximación de las legislaciones — Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor — Directiva 2001/29/CE — Sociedad de la información — Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y de los derechos afines a los derechos de autor — Artículo 3, apartado 1 — Comunicación al público — Concepto — Vínculos de Internet que dan acceso a obras protegidas — Utilización de la técnica de «transclusión» («framing»)]
Fallo del Tribunal: "El mero hecho de que una obra protegida, libremente disponible en un sitio de Internet, se inserte en otro sitio de Internet mediante un enlace utilizando la técnica de «transclusión» («framing»), tal como la utilizada en el litigio principal, no puede calificarse de «comunicación al público» en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, en la medida en que la obra de que se trata no se transmite a un público nuevo, ni se comunica siguiendo un modo técnico particular, diferente del de la comunicación original."
NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-486/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg (Alemania) el 4 de noviembre de 2014 — Proceso penal contra Piotr Kossowski
Cuestiones planteadas:
"1) ¿Siguen vigentes las reservas declaradas por las Partes contratantes al ratificar el CAAS con arreglo al artículo 55, apartado 1, letra a), del CAAS — concretamente, la reserva declarada por la República Federal de Alemania al depositar su instrumento de ratificación de: a) no estar vinculada por el artículo 54 «cuando los hechos contemplados en la sentencia extranjera hayan tenido lugar total o parcialmente en su territorio [...]» — tras la incorporación del acervo de Schengen al ordenamiento jurídico de la Unión en virtud del Protocolo de Schengen al Tratado de Ámsterdam de 2 de octubre de 1997, mantenidas por el Protocolo de Schengen al Tratado de Lisboa? ¿Son dichas excepciones limitaciones proporcionadas al artículo 50 de la Carta en el sentido del artículo 52, apartado 2, de la Carta?
2) En caso de no ser así:
¿Se han de interpretar el principio non bis in idem y la prohibición de acumular procedimientos sancionadores del artículo 54 del CAAS y el artículo 50 de la Carta en el sentido de que se opone a las actuaciones penales contra un acusado en un Estado miembro (en este caso, la República Federal de Alemania) cuyo proceso penal ha sido sobreseído en otro Estado miembro (en este caso, la República de Polonia), por la Fiscalía sin el cumplimiento de las medidas sancionadoras y sin realizar una investigación profunda, por razones de hecho y ausencia de suficientes elementos incriminatorios, y sólo se puede reabrir si se descubren hechos relevantes antes desconocidos pero sin que realmente existan tales hechos nuevos?"
-Asunto C-498/14: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’apelle de Bruxelles (Bélgica) el 10 de noviembre de 2014 — David Bradbrooke/Anna Aleksandrowicz
Cuestiones planteadas:
"¿Debe interpretarse el artículo 11, apartados 7 y 8, del Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000 (Reglamento Bruselas II bis) en el sentido de que se opone a que un Estado miembro:
— favorezca la especialización de los órganos jurisdiccionales, en casos de sustracción parental, en el procedimiento previsto por estas [disposiciones], incluso cuando el procedimiento en cuanto al fondo relativo a la responsabilidad parental sobre el menor ya haya sido sometido a un tribunal o juzgado?
— excluya la competencia del órgano jurisdiccional que conoce del procedimiento en cuanto al fondo relativo a la responsabilidad parental sobre el menor para resolver sobre la custodia del mismo, a pesar de que este órgano es competente tanto a nivel internacional como nacional para resolver en materia de responsabilidad parental sobre el menor?"

Nota: Véase la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 9 de enero de 2015 en el asunto C‑498/14 PPU (Bradbrooke), así como la entrada de este blog del día 9.1.2015.

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