miércoles, 21 de enero de 2015

BOE de 21.1.2015


Ley 21/2014 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública.
Nota: En esta disposición cabe destacar su art. 3, en el que se establece que la Administración de la Generalidad ejerce sus potestades sobre las siguientes fundaciones y asociaciones:
"a) Las fundaciones que realizan mayoritariamente su actividad en Cataluña y, en lo que les sea de aplicación de acuerdo con el libro tercero del Código civil de Cataluña, las delegaciones de fundaciones extranjeras.
b) Las fundaciones especiales a que se refiere el texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña.
c) Las asociaciones declaradas de utilidad pública sometidas a la legislación catalana."

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