Orden HAP/50/2015, de 21 de enero, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea.
Nota: El art. 10 del Reglamento (CE) n° 638/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre las estadísticas comunitarias de intercambios de bienes entre Estados miembros y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n° 3330/91 del Consejo, faculta a los Estados miembros a aplicar medidas de simplificación, permitiendo que éstos establezcan umbrales, expresados en valores anuales de comercio de bienes entre Estados miembros de la UE para los flujos de introducción y de expedición, por debajo de los cuales los responsables del suministro de la información estarán exentos de facilitar información Intrastat (umbral de exención).
Véase la corrección de errores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.