Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Sentencia de 11 Noviembre 2016, Rec. 1341/2015: De acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, la pérdida por el trabajador extracomunitario -por falta de renovación- de la necesaria autorización para residir y trabajar no puede llevar aparejada la extinción del contrato de trabajo cuando éste no está sometido de modo expreso a esa condición resolutoria. En estos casos la extinción del contrato ha de ser tratada como un despido improcedente, si bien, dada la imposibilidad de readmisión ante la situación irregular en la que se encuentra el trabajador, impone directamente la condena al empleador del abono de la indemnización.
Ponente: Arastey Sahun, María Lourdes.
Nº de Recurso: 1341/2015
Jurisdicción: SOCIAL
Iustel - Diario Del Derecho, 23 agosto 2017, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: STS 5350/2016 - ECLI: ES:TS:2016:5350]
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.