martes, 20 de febrero de 2018

Bibliografía - Obligaciones asumidas por España tras la ratificación del Protocolo sobre Trabajo forzoso de la OIT


Las obligaciones internacionales asumidas por España tras la ratificación del Protocolo sobre Trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo
Tania GARCÍA SEDANO, Doctora en Derecho, Magistrada Suplente Audiencia Provincial de Ávila
Diario La Ley, Nº 9143, Sección Tribuna, 20 de Febrero de 2018
El 20 de septiembre de 2018 entrará en vigor el Protocolo de 2014 sobre trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo, por ello se hace urgente que se adopten medidas tendentes a dar cumplimiento a las obligaciones contraídas internacionalmente y ello desde la perspectiva de que el trabajo forzoso constituye una flagrante violación de derechos humanos y una de las finalidades del delito de trata de seres humanos. Entre las obligaciones derivadas de la ratificación están las de adoptar medidas eficaces para prevenir y eliminar el trabajo forzoso u obligatorio, para proteger a todas las víctimas, incluidas las menores de edad y las migrantes; deberá proporcionarse a las víctimas protección y acceso a acciones jurídicas y de reparación apropiadas y eficaces; deberá sancionarse a los autores del trabajo forzoso u obligatorio, así como adoptar una política y un plan de acción nacionales.

Nota: Véase el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930, hecho en Ginebra el 11 de junio de 2014, así como la entrada de este blog del día 21.12.2017.

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