Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 58/2018 de 25 Ene. 2018, Rec. 2401/2016: Viudedad. Se anula la pensión concedida a la viuda casada por el rito gitano desde hace 40 años y con 5 hijos. No es posible equiparar este supuesto al fallado por el TEDH en el asunto Muñoz Díaz, pues aquí no se aprecia buena fe en los contrayentes. En el libro de familia aparecían como “solteros”, y en los certificados de nacimiento de los hijos como “extramatrimoniales”. Por el hecho de ser gitanos no pueden ser eximidos de los requisitos formales de inscripción registral o escritura notarial de la pareja. No hay discriminación racial alguna. Voto Particular.
Ponente: Castro Fernández, Luis Fernando de.
Nº de Sentencia: 58/2018
Nº de Recurso: 2401/2016
Jurisdicción: SOCIAL
Diario La Ley, Nº 9139, Sección Reseña de Sentencias, 14 de Febrero de 2018
ECLI: ES:TS:2018:294
[Texto de la resolución]
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