viernes, 16 de febrero de 2018

Consulta Vinculante - No se repercute IVA por la organización profesional de cacerías en el extranjero


Consulta Vinculante V3127-17, de 04 de diciembre de 2017 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo: Impuesto sobre el valor añadido. Repercusión del tributo. Organización de cacerías incluyendo el alojamiento y la manutención así como la entrega de los trofeos cazados. Si el servicio se localiza fuera del territorio de aplicación del impuesto pues el evento se organiza en propiedades sitas fuera del ámbito espacial del impuesto, no estará sujetos al IVA y el interesado no tendrá que repercutir cuota alguna por el IVA en las facturas que expida.
Diario La Ley, Nº 9141, 16 de Febrero de 2018
[Texto de la Consulta]

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