lunes, 15 de mayo de 2023

Jurisprudencia - Cómputo del IPREM para el cálculo de las cantidades exigidas en solicitudes de visado y autorización inicial de residencia temporal no lucrativa

 

- Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 416/2023 de 28 Mar. 2023, Rec. 3546/2022: Interés casacional. Extranjeros. Residencia temporal. Capacidad económica. IPREM. La solicitud de visado y autorización inicial de residencia temporal no lucrativa se supedita a la disponibilidad por el solicitante de una cantidad en euros que represente el 400 por 100 del IPREM, indicador que debe calcularse en su modalidad anual, sin incrementarse dicha cantidad en el importe de las dos pagas extraordinarias. Dicho incremento sólo podría hacerse si la norma hiciera referencia al SMI. 

Ponente: Olea Godoy, Wenceslao Francisco.
Nº de Sentencia: 416/2023
Nº de Recurso: 3546/2022
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10286, Sección Sentencias y Resoluciones, 15 de Mayo de 2023
ECLI: ES:TS:2023:1169


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