- Diez años de Derecho concursal europeo: las paradojas del proceso armonizador
Francisco Garcimartín, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid, Consultor de Linklaters SLP
Diario LA LEY, Nº 10514, 10º aniversario de LA LEY Mercantil, 28 de Mayo de 2024
[Texto del trabajo]
El Derecho de sociedades y el Derecho de insolvencia han evolucionado de manera diferente en la Unión Europea. Mientras que, en materia societaria, el legislador europeo optó desde muy temprano por armonizar el Derecho sustantivo, pero dejar las normas de conflicto de leyes en manos de los Estados miembros (si bien el TJUE ha limitado significativamente la discrecionalidad de éstos); en el ámbito concursal, optó por mantener la diversidad jurídica sustantiva, pero unificar las normas de Derecho internacional privado. Esto es, un modelo de diversidad conflictual, pero armonización sustantiva; frente a otro de diversidad sustantiva, pero armonización conflictual.
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