Efectos jurídicos en España del acogimiento de Derecho islámico («kafala»)
José Ramón DE VERDA Y BEAMONTE, Profesor Titular de Derecho civil (Universidad de Valencia)
Diario La Ley, Nº 7393, Sección Doctrina, 3 May. 2010
José Ramón DE VERDA Y BEAMONTE, Profesor Titular de Derecho civil (Universidad de Valencia)
Diario La Ley, Nº 7393, Sección Doctrina, 3 May. 2010
En España la «kafala» acordada en un país islámico, si ha sido constituida a través de un proceso, judicial o administrativo, con intervención de las autoridades públicas, es asimilada al acogimiento o tutela regulados en el Derecho español; el «makfoul» puede ser adoptado conforme a la legislación española, obtener un visado por reagrupación familiar y, según alguna resolución judicial, obtener una pensión de orfandad, en caso de muerte del «kafil».
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