lunes, 14 de diciembre de 2015

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

-Asunto C-245/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 22 de octubre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Handelsgericht Wien — Austria) — Thomas Cook Belgium NV/Thurner Hotel GmbH [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Reglamento (CE) no 1896/2006 — Proceso monitorio europeo — Oposición formulada fuera de plazo — Artículo 20, apartado 2 — Solicitud de revisión del requerimiento europeo de pago — Excepción de incompetencia del órgano jurisdiccional de origen — Requerimiento europeo de pago expedido de forma errónea habida cuenta de los requisitos establecidos en el Reglamento — Inexistencia de carácter «evidente» — Inexistencia de circunstancias «de carácter excepcional»]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 22.10.2015.
-Asunto C-523/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 22 de octubre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Gelderland — Países Bajos) — Aannemingsbedrijf Aertssen NV, Aertssen Terrassements SA/VSM Machineverhuur BV, Van Someren Bestrating BV, Jos van Someren [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Reglamento (CE) no 44/2001 — Artículo 1 — Ámbito de aplicación — Denuncia con personación como actor civil — Artículo 27 — Litispendencia — Demanda formulada ante un tribunal de otro Estado miembro — Instrucción judicial abierta — Artículo 30 — Fecha en la que se considera que un tribunal conoce de un litigio]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 22.10.2015.
-Asunto C-215/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 21 de octubre de 2015 [petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven kasatsionen sad (Bulgaria) — Bulgaria] — Vasilka Ivanova Gogova/Ilia Dimitrov Iliev [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental — Reglamento (CE) no 2201/2003 — Ámbito de aplicación — Artículo 1, apartado 1, letra b) — Atribución, ejercicio, delegación, restricción o finalización de la responsabilidad parental — Artículo 2 — Concepto de «responsabilidad parental» — Litigio entre los progenitores en relación con el viaje de su hijo menor y la expedición de un pasaporte a éste — Prórroga de la competencia — Artículo 12 — Requisitos — Aceptación de la competencia de los órganos jurisdiccionales que conocen del asunto — Incomparecencia del demandado — Competencia no impugnada por el representante del demandado designado de oficio por los órganos jurisdiccionales que conocen del asunto]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 22.10.2015.
NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-499/15: Petición de decisión prejudicial planteada por el Vilniaus miesto apylinkės teismas (Lituania) el 22 de septiembre de 2015 — W y V/X
Cuestión planteada: "Con arreglo a los artículos 8 a 14 del Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000, ¿qué Estado miembro —la República de Lituania o el Reino de los Países Bajos— es competente para conocer de la modificación del lugar de residencia, del importe de la pensión alimenticia y del régimen de visitas aplicable en relación con el menor V, que reside habitualmente en el Reino de los Países Bajos?"
-Asunto C-503/15: Petición de decisión prejudicial presentada por el Secretario Judicial del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Terrassa (España) el 23 de septiembre de 2015 — Ramón Margarit Panicello/Pilar Hernández Martínez
Cuestiones planteadas:
"1) ¿Se oponen los artículos 34, 35, 207.2 y 207.4 (Ley 1/2000), al regular el procedimiento gubernativo de Jura de Cuentas, al artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea por cuanto se veda la posibilidad de control judicial? En caso afirmativo
¿Es el Secretario Judicial, en el ámbito del procedimiento de los artículos 34 y 35 (Ley 1/2000), «órgano jurisdiccional», a los efectos del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea?
2) ¿Se oponen los artículos 34 y 35 (Ley 1/2000), a los artículos 6.1 y 7.2 de la Directiva 93/13/CEE y a los artículos 6.1 d) y 11 y 12 de la Directiva 2005/29/CE, al vedar el control de oficio de las eventuales cláusulas abusivas o prácticas comerciales desleales que contengan los contratos celebrados entre Abogados con personas físicas que actúan con un propósito ajeno a su actividad profesional?
3) ¿Se oponen los artículos 34 y 35 (Ley 1/2000), a los artículos 6.1, 7.2 y anexo 3.1.q) de la Directiva 93/13/CEE, al impedir la práctica de prueba en el procedimiento administrativo de «jura de cuentas» para resolver la cuestión?"

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