jueves, 5 de enero de 2017

Jurisprudencia - Bonificación de cotización asimilada por parto con independencia del país de nacimiento del hijo


Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Sentencia de 14 Junio 2016, Rec. 1733/2015: Reconocimiento a la trabajadora demandante de 112 días de cotización asimilada, por el nacimiento de su primer hijo en Francia. Concesión del derecho a las prestaciones reclamadas por incapacidad permanente total, al entender que reunía la carencia exigida para ello. Aplicación al caso la DA 44 de la LGSS, que reconoce periodos de tiempo asimilados a los de cotización, que se equiparan a días cotizados sin responder a cotizaciones efectivas, con independencia de que el hijo nazca fuera de España. Dicha Disposición no condiciona el nacimiento del derecho al lugar en que se produzca el parto. Del espíritu que informa la norma y de su literalidad se deriva que el reconocimiento de los 112 días de cotización asimilada se produce al tiempo de causarse la prestación contributiva de incapacidad permanente o jubilación, lo que impide excluir su cómputo so pretexto de que el parto se produjo antes del alta en el sistema, por cuanto se bonifica el hecho de que la maternidad impidiera el trabajo.
Ponente: López García de la Serrana, José Manuel.
Nº de Recurso: 1733/2015
Jurisdicción: SOCIAL
Iustel - Diario Del Derecho, 5 enero 2017, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: STS 4126/2016 - ECLI:ES:TS:2016:412]

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