viernes, 28 de abril de 2023

DOUE de 28.4.2023


- Decisión (UE) 2023/870 del Consejo, de 25 de abril de 2023, sobre la aplicación de las disposiciones del acervo de Schengen relativas al Sistema de Información de Schengen en la República de Chipre.

Nota: Chipre ha adoptado las disposiciones técnicas y jurídicas necesarias para tratar los datos del SIS y para intercambiar información complementaria, por lo que el Consejo está ahora en condiciones de fijar la fecha a partir de la cual se aplicará en Chipre el acervo de Schengen relativo al SIS.
Esta Decisión debe permitir que los datos del SIS se transfieran a Chipre. El uso concreto de tales datos debe permitir a la Comisión comprobar la correcta aplicación en Chipre de las disposiciones del acervo de Schengen relativas al SIS. Una vez se haya comprobado que se cumplen en Chipre las condiciones necesarias para la aplicación de todas las partes del acervo de Schengen, el Consejo deberá pronunciarse sobre la supresión de los controles en las fronteras interiores con Chipre. El Consejo debe adoptar una decisión distinta en la que se fije la fecha de la supresión de los controles en las fronteras interiores con Chipre. Será preciso imponer ciertas restricciones al uso del SIS en Chipre hasta esa fecha.

[DOUE L113, de 28.4.2023]

PARLAMENTO EUROPEO
(Sesiones del 17 al 20 de octubre de 2022)

- Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de octubre de 2022, sobre la adhesión de Rumanía y Bulgaria al espacio Schengen (2022/2852(RSP)) 

- Enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo el 20 de octubre de 2022 sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el no reconocimiento de los documentos de viaje rusos expedidos en regiones extranjeras ocupadas (COM(2022)0662 — C9-0302/2022 — 2022/0274(COD)) [Enmienda 1] 

[DOUE C149, de 28.4.2023]

- Lista de los acuerdos bilaterales de inversión contemplados en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1219/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones transitorias sobre los acuerdos bilaterales de inversión entre Estados miembros y terceros países.

Nota: El art. 4.1 del Reglamento (UE) nº 1219/2012 establece que la Comisión debe publicar cada año una lista de los acuerdos bilaterales de inversión notificados por los Estados miembros. Esta es la lista actualizada con las novedades notificadas en los últimos doce meses.
Véase el Reglamento (UE) nº 1219/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, así como la entrada de este blog del día 20.12.2012.

Por lo que respecta a los acuerdos ratificados por España, estos se contienen en las págs. 45 a 49 del documento.

[DOUE C150, de 28.4.2023]

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.