martes, 14 de octubre de 2025

Bibliografía (Revista de revistas) - LA LEY Mediación y Arbitraje, núm. 24 (julio-septiembre 2025)


 Contenidos de LA LEY Mediación y Arbitraje, nº 24 (julio-septiembre 2025):

 

Opinión: El arbitraje deportivo y la Sentencia del Tribunal de Justicia de 1 de agosto de 2025
- Carlos Esplugues Mota, El arbitraje deportivo: De Lausana a Estrasburgo y Luxemburgo, 468 kilómetros, una única institución y varios discursos posibles.

El arbitraje deportivo constituye una realidad particular en cuanto a su naturaleza, objetivos y funcionamiento. Con una naturaleza forzosa en su origen, y claramente vinculado a la figura del TAD, el arbitraje deportivo aparece crecientemente sometido al escrutinio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, ahora, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
- Alfonso Carrillo Cano, Andrés Borja Alcaraz Riaño, Arbitraje deportivo y control jurisdiccional en la UE: el caso RFC Seraing.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 1 de agosto de 2025 (asunto C-600/23), ha afirmado el derecho de los clubes y jugadores a un control jurisdiccional efectivo de los laudos arbitrales dictados por el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS/CAS). Esta sentencia, que responde a una cuestión prejudicial planteada por la Cour de Cassation belga en relación con un conflicto entre el RFC Seraing y la FIFA, redefine los límites de la cosa juzgada en el arbitraje deportivo y refuerza la primacía del Derecho de la Unión Europea. Además, cuestiona el carácter cerrado y obligatorio del arbitraje deportivo de base federativa, sentando un precedente que podría desencadenar una reforma estructural del sistema arbitral deportivo internacional.
- Roger Canals Vaquer, Hacia la reconfiguración del arbitraje deportivo en la Unión Europea.
La sentencia del TJUE en C-600/23 (RFC Seraing v. FIFA, UEFA y URBSFA) reabre el debate sobre la arquitectura del arbitraje en la Unión Europea. El fallo exige un «control jurisdiccional efectivo» de los laudos cuando se interpretan o aplican principios o disposiciones integrantes del orden público de la UE, con una formulación que sugiere alcance potencial más allá del arbitraje deportivo forzoso y que podría irradiar hacia el arbitraje voluntario de base contractual.
- Alex García Caballero, Ixusko Ordeñana Gezuraga, El Tribunal de Justicia saca tarjeta amarilla al TAS ¿limitando el arbitraje deportivo? Los órganos jurisdiccionales de los Estados Miembros de la Unión Europea podrán revisar la conformidad de los laudos del TAS con el orden público de la Unión.
El trabajo analiza la Sentencia de Gran Sala del TJUE de 1 de agosto de 2025 (C-600/23, RFC Seraing) sobre el control judicial de los laudos del TAS. El Tribunal afirma que los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros deben poder verificar la compatibilidad de tales laudos con el orden público de la Unión. Se parte de la distinción entre arbitraje voluntario y arbitraje impuesto en el ámbito deportivo, se admite la utilidad del TAS para garantizar uniformidad, y se subraya que esa autonomía no puede cercenar derechos de la Carta.
- Xabier Orbegozo Miguel, Cláusulas arbitrales en el deporte y orden público europeo.
El presente trabajo analiza las fricciones entre la autonomía regulatoria del deporte y la primacía del Derecho de la Unión Europea a partir de la sentencia del TJUE en el caso RFC Seraing v. FIFA. Así, aunque la situación del arbitraje —validez de las cláusulas y, especialmente, control jurisdiccional— ejerza de hilo conductor, se estudiarán de manera transversal diferentes aspectos que se derivan de este caso.
Tribunas y Estudios:
- Adolfo Díaz-Ambrona Medrano, Fernando Cabello de los Cobos Fernández de Solís, La mediación empresarial: una propuesta de valor desde las cámaras de comercio.
El trabajo defiende la mediación empresarial como palanca de competitividad y servicio público, alineada con la LO 1/2025 que impulsa los MASC mediante un modelo de obligatoriedad mitigada y ajustes en costas. Se describen las ventajas de la mediación —celeridad, confidencialidad, ahorro y preservación de relaciones— y sus rasgos operativos: voluntariedad informada, flexibilidad procedimental, neutralidad del tercero y eficacia ejecutiva del acuerdo elevado a escritura pública. Las cámaras de comercio aparecen como vector idóneo para su despliegue por capilaridad territorial, neutralidad institucional e infraestructura consolidada: red cameral, oficinas Acelera Pyme, viveros, incubadoras y programas formativos.
- Ana Palomeque Rivas, Entre la espada y la palabra: los MASC, la revolución silenciosa de la Justicia.
La LO 1/2025 eleva los MASC de opción a requisito previo en múltiples materias civiles y mercantiles e impulsa una justicia orientada al acuerdo. La abogacía asume un papel estratégico: asesorar con lealtad, disuadir pleitos infundados, diseñar estrategias extrajudiciales y conducir mediaciones o Derecho colaborativo conforme al Estatuto, al Código Deontológico y a la LO 5/2024. Vía judicial y MASC se articulan de manera secuencial y complementaria: intento negociador primero; decisión jurisdiccional como garantía última. El artículo perfila a media-ICAM como institución pionera en administración de procedimientos con terceros neutrales. Objetivo: resolución eficaz, preservación de relaciones y fortalecimiento de la confianza ciudadana.
- José Carlos Fernández Rozas, Del conflicto a la razón: el arbitraje y la argumentación jurídica.
El estudio sostiene que el arbitraje debe entenderse como un espacio de construcción jurídica en el que la razón práctica orienta la decisión y en el que la calidad del discurso justificativo constituye la medida de su legitimidad. Con este punto de partida, la exposición se organiza en distintos ejes temáticos que permiten reconstruir la función del laudo arbitral como pieza argumentativa.
- Édynson Alarcón, Los árbitros y el control difuso de la constitucionalidad en el sistema jurídico dominicano.
Se explora, desde una perspectiva centrada en el derecho dominicano y su sistema de control difuso de la constitucionalidad, la posibilidad de que los operadores de justicia privada ejerzan dicho control, no obstante, las disposiciones vigentes en el país que parecen reservar esta facultad únicamente a los jueces del Poder Judicial.
Regulación y Práctica en mediación y arbitraje:
- Fernando Esteban de la Rosa, Principales innovaciones de la reforma de la Directiva de resolución alternativa de litigios de consumo.
Simplificación de obligaciones, ampliación del ámbito de aplicación y vuelta a un tratamiento más especializado de las reclamaciones transfronterizas son los titulares con los que se puede describir la reforma de la Directiva RAL que con toda probabilidad será adoptada durante el próximo diciembre. Frente a la posición mantenida por Comisión y Parlamento Europeo, la versión acordada por Consejo Europeo y Parlamento lima algunas de las líneas de avance más controvertidas del texto aprobado por el Parlamento Europeo, rebaja el compromiso exigido a los Estados miembros, perfila bajo criterio técnico la regulación propuesta respecto de la digitalización de las entidades RAL, incorpora las líneas sobre las que se podría extender la regulación de los Estados miembros para completar la regulación de mínimos establecida por la Directiva y retoma la consideración de la especialidad de las reclamaciones procedentes de entornos transfronterizos para proporcionarles un tratamiento más adecuado. Este trabajo tiene por finalidad exponer las innovaciones principales del marco europeo de resolución alternativa de litigios de consumo.
- Ana Fernández Pérez, El arbitraje masivo como justicia colectiva: reconfiguración procedimental, tensiones normativas y proyecciones transnacionales.
El estudio examina el arbitraje masivo como una forma emergente de presión en la justicia colectiva, que altera los parámetros tradicionales del arbitraje bilateral. A partir de la creciente masificación de disputas estructuralmente homogéneas, en especial en materia de consumo, trabajo e inversiones, se analiza cómo el arbitraje ha sido instrumentalizado por actores organizados para canalizar miles de reclamaciones individuales bajo una lógica de presión agregada. La investigación aborda los desafíos que plantea esta modalidad al consentimiento, la representación adecuada, la composición del tribunal y los efectos del laudo.
- Urquiola de Palacio, Arbitraje, confidencialidad y protección de datos.
El trabajo examina la intersección entre arbitraje, confidencialidad y protección de datos bajo el RGPD. Explica la tensión entre reserva procesal, secreto profesional y derechos ARCO, y detalla el alcance extraterritorial del Reglamento, las transferencias internacionales y su consideración como orden público europeo con potencial impacto en la validez/ejecución del laudo. Perfila roles y obligaciones (árbitros, instituciones, abogados, peritos, testigos) y propone buenas prácticas: cláusulas específicas, minimización, DPIA, medidas técnicas y políticas de conservación para preservar confianza y ejecutabilidad.
- Leandro J. Caputo, Reflexiones sobre el derecho aplicable a la cláusula arbitral.
La cláusula arbitral es un contrato en sí mismo, autónomo, y por lo tanto puede estar gobernada por un derecho distinto del que rige al contrato vinculado. En el derecho comparado hay distintos métodos para elegir cuál es el derecho aplicable a la cláusula arbitral: (a) una solución de tipo materialista o sustancial, que reconoce la validez de la cláusula arbitral como producto de la autonomía de la voluntad y la considera independiente de toda ley nacional; (b) otra solución, que se apoya en el método indirecto. Si bien se trata de la misma primordialmente utilizada (a excepción de Francia), ha habido discrepancias a la hora de elegir el punto de conexión, y (c) una tercera posición, de tipo netamente finalista, el principio de validación, que determina el derecho aplicable en función de su mayor favorabilidad a la validez de la cláusula arbitral. Otros elementos también influyen en el derecho aplicable a la cláusula arbitral, como la capacidad, el consentimiento y la arbitrabilidad.
Jurisprudencia:
- Eduardo Escandón Valvidares, La suspensión de los efectos del pacto de sumisión al arbitraje en el concurso de acreedores.
La sentencia objeto de este comentario considera que la suspensión del convenio arbitral no puede venir justificada, por sí sola, por un menor coste de la vía judicial frente a la arbitral, sino que tendría que tratarse de unos costes que fueran inasumibles para un concursado sin tesorería o sin apenas masa activa o que concurrieran otros elementos como una dilación temporal por el mero inicio del arbitraje, como por ejemplo que se tratara de un arbitraje internacional a celebrar fuera del España.
- Luis Felipe Castresana, El arbitraje de emergencia ¿Una pieza (más) inútil del universo arbitral?
El trabajo analiza la STSJ de Baleares de 28 de abril de 2025, que conoce de una acción de nulidad ex art. 41.2º LA contra una orden procesal dictada en un arbitraje de emergencia CAM. La resolución mantiene la medida cautelar, acepta la vía del art. 727.10 LEC y, al mismo tiempo, sugiere que el art. 23 LA no rige para el árbitro de emergencia. Se derivan efectos prácticos de alcance: posible parálisis del arbitraje principal durante meses, desajuste entre la naturaleza provisoria de las medidas y el control anulatorio propio de laudos finales, y dudas sobre quién debe revisar, modificar o alzar lo ordenado cuando se constituya el tribunal principal. Se subraya la tensión entre el diseño institucional del arbitraje de emergencia y la arquitectura de la LA, así como la conveniencia de reformas reglamentarias y, en su caso, legales que delimiten objeto, duración y régimen impugnatorio de estas medidas, privilegiando la revisión ante el tribunal principal y una coordinación precisa con la jurisdicción cautelar.
- Rafael Hinojosa Segovia, Los MASC como requisito de procedibilidad en el orden jurisdiccional civil. Entrada en vigor de la LO 1/2025. Estimación del recurso de apelación contra el auto de inadmisión de la demanda por cumplir ésta los requisitos procesales exigibles en el momento de su presentación.
El Auto de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª), núm. 299/25, de 28 de mayo, (Ponente: Ilma. Sra. Dª. Patricia Montagud Alario), estima el recurso de apelación interpuesto contra el auto de inadmisión de la demanda planteada ante el Juzgado de Primera Instancia al cumplir los requisitos procesales exigibles en el momento de su presentación.
- Joaquín Vallebella, Iura Novit Curia y la anulación del laudo: a propósito de un fallo argentino reciente.
En este trabajo, el autor analiza una reciente sentencia de los tribunales argentinos en el cual se refirieron a la aplicación del principio iura novit curia por los árbitros en el marco de un recurso de anulación contra el laudo. El autor aprovecha el caso para explorar las dificultades que plantea la aplicación de este principio en el ámbito del arbitraje internacional y cuáles serían los supuestos legales en los cuales se podría fundar la nulidad del laudo en aplicación de las causales de nulidad previstas en la legislación procesal argentina.
- Gorka Goenechea Permisán, Laura Álvarez Mera, Tácticas de guerrilla ante la notificación de actuaciones arbitrales.
El artículo analiza la sentencia del TSJ de Cataluña del 7 de enero de 2025, que desestima la nulidad de un laudo al comprobar que las notificaciones fueron válidas y que la indefensión alegada fue consecuencia de la conducta de la propia parte. En él se destaca la exigencia de buena fe y diligencia en las comunicaciones arbitrales y se compara con jurisprudencia que confirma que no pueden admitirse «tácticas de guerrilla» bajo pretexto de indefensión.
- Roger Canals Vaquer, Prejudicialidad y litispendencia entre arbitraje TAS y jurisdicción.
La reseña examina el Auto de la AP de Barcelona que revoca la suspensión acordada por un juzgado al apreciar prejudicialidad respecto de un arbitraje ante el TAS entre Kosmos e ITF. La Audiencia niega el efecto prejudicial: el arbitraje trata del incumplimiento contractual, mientras que el pleito analiza la ejecución de avales. Se abordan las fricciones entre jurisdicción y arbitraje, la aplicación de la LEC y la conveniencia de una regulación para evitar inseguridad.
- Javier J. Izquierdo, Marta Robles, Anulación arbitral y mero desacuerdo: la frontera entre control judicial y disconformidad de parte.
La Sentencia del TSJ de Madrid de 4 de marzo de 2025 desestima la acción de anulación contra un laudo dictado en arbitraje de equidad. El impugnante invocó (art. 41 LA, letras b) y f)) falta de legitimación ad causam de la Junta de Gobierno, litisconsorcio pasivo necesario e indefensión por supuesta deslealtad de su letrado. La Sala confirma que la Junta representaba a la comunidad y podía ser parte; que las pretensiones, ligadas a la separación de un comunero, no exigían llamar a terceros; y que no hubo indefensión atribuible al árbitro. El fallo traza la frontera entre control judicial y mera disconformidad, reafirmando un control externo y limitado.

Cronología de decisiones:
- Selección de decisiones de Tribunales internacionales
- Selección de decisiones de Tribunales españoles
- Selección de decisiones de Tribunales extranjeros

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