lunes, 10 de noviembre de 2025

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

- Asunto C-802/23, MSIG: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de septiembre de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional) – Proceso penal contra MSIG (Procedimiento prejudicial – Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen – Artículo 54 – Artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea – Principio non bis in idem – Concepto de los mismos hechos – Condena en un Estado miembro de un miembro de una organización terrorista por participar en ella para preparar un acto terrorista – Causa penal seguida en otro Estado miembro por los mismos actos de terrorismo) [DO C, C/2025/5799, 10.11.2025]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 11.9.2025.

- Asunto C-115/24, Österreichische Zahnärztekammer: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 11 de septiembre de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof Austria) – UJ / Österreichische Zahnärztekammer (Petición de decisión prejudicial – Salud pública – Asistencia sanitaria transfronteriza – Directiva 2011/24/UE – Artículo 3, letras d) y e) – Prestación de asistencia sanitaria mediante telemedicina – Concepto de telemedicina – Asistencia sanitaria transfronteriza prestada mediante de telemedicina – Tratamiento médico complejo que incluye asistencia sanitaria prestada mediante telemedicina y presencial – Estado miembro de tratamiento – Directiva 2000/31/CE – Servicio de la sociedad de la información – Directiva 2005/36/CE – Cualificaciones profesionales – Libre prestación de servicios – Ámbito de aplicación – Artículo 56 TFUE) [DO C, C/2025/5802, 10.11.2025]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 11.9.2025.

- Asunto C-215/24, Fira: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 11 de septiembre de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto – Juízo Local Criminal de Vila Nova de Gaia – Portugal), en el procedimiento relativo a la ejecución de la orden de detención europea emitida contra YX (Procedimiento prejudicial – Espacio de libertad, seguridad y justicia – Cooperación judicial en materia penal – Decisión Marco 2002/584/JAI – Orden de detención europea dictada a efectos de la ejecución de una pena privativa de libertad – Artículo 4, punto 6 – Motivo de no ejecución facultativa de la orden de detención europea – Objetivo de reinserción social – Residencia de la persona condenada – Asunción de la ejecución de la pena por el Estado de ejecución de conformidad con su Derecho interno – Decisión Marco 2008/909/JAI – Reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal a efectos de su ejecución en otro Estado miembro – Suspensión de la ejecución de una pena privativa de libertad acordada por un órgano jurisdiccional del Estado miembro de ejecución – Artículo 8 – Obligación del Estado de ejecución de reconocer la sentencia y de ejecutar la condena – Artículo 17 – Facultad del Estado de ejecución para determinar el procedimiento de ejecución) [DO C, C/2025/5803, 10.11.2025]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 11.9.2025.

- Asunto C-384/24, Russisch-Kirgizisch Ontwikkelingsfonds: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 11 de septiembre de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State – Bélgica) – Russisch-Kirgizisch Ontwikkelingsfonds / Belgische Staat [Procedimiento prejudicial – Política exterior y de seguridad común – Reglamento (UE) n.o 269/2014 – Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania – Artículo 2 – Inmovilización de fondos y recursos económicos – Excepciones – Artículo 4, apartado 1, letras a), b) y d) – Liberación de determinados fondos para gastos específicos – Pago de tasas judiciales y de una contribución a tanto alzado para interponer un recurso de anulación contra una decisión de ejecución del referido Reglamento – Inclusión] [DO C, C/2025/5805, 10.11.2025]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 11.9.2025.

NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-515/25, Mekanova: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski rayonen sad (Bulgaria) el 29 de julio de 2025 – NL, representado por AG y EN / Wizz Air Hungary [DO C, C/2025/5812, 10.11.2025]

Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Debe interpretarse el artículo 7, puntos 1, letra a), y 5, en relación con el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1215/2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (refundición) (en lo sucesivo, «Reglamento n.o 1215/2012»), en el sentido de que establece normas vinculantes sobre la competencia de los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros dentro de la Unión, que no pueden quedar excluidas por disposiciones nacionales en caso de tipos específicos de procedimientos simplificados, como el procedimiento monitorio, sujetos también a requisitos especiales para la competencia de los órganos jurisdiccionales nacionales? En caso de respuesta afirmativa a esta cuestión, ¿exigen dichas disposiciones la anulación de una resolución judicial ya dictada, o prohíben la anulación de esta, aunque existan sospechas de una elección deliberada de foro contraria a la ley?
2) Con independencia de la repuesta a la primera cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 7, punto 5, del Reglamento n.o 1215/2012, de conformidad con la sentencia de 11 de abril de 2019, Ryanair DAC, C-464/18, en el sentido de que la expresión «sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento» constituye un concepto autónomo del Derecho de la Unión y, de ser así, qué significado adquiere en relación con el requisito de que se haya celebrado un contrato relativo a la actividad del establecimiento?
3) En caso de respuesta negativa a la primera cuestión (de modo que las mencionadas disposiciones no son de carácter imperativo) y respuesta afirmativa a la primera parte de la segunda cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 7, punto 5, del Reglamento n.o 1215/2012, a la luz de la sentencia de 13 de noviembre de 1990, Marleasing, C-106/89, en el sentido de que unas disposiciones nacionales que establecen la competencia judicial en función de la existencia de un «establecimiento permanente» en un determinado Estado miembro se han de interpretar, para lo concerniente a dicho concepto, de conformidad con la interpretación, por el Tribunal de Justicia, de la expresión «sucursal, agencia o establecimiento»?
4) ¿Debe interpretarse el artículo 7, punto 5, del Reglamento n.o 1215/2012 en el sentido de que, al determinar la competencia para conocer de demandas contra una sucursal, agencia o establecimiento, no solo regula el reparto de las competencias entre los Estados miembros de la Unión Europea, sino también el reparto de la competencia territorial entre los órganos jurisdiccionales de cada Estado?"


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