- Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo Subsidiario entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, Islandia, por otra, y el Reino de Noruega, por otra, sobre la aplicación del Acuerdo de transporte aéreo entre los Estados Unidos de América, por una parte, la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, Islandia, por otra, y el Reino de Noruega, por otra [2026/1745]
[DO L, 2026/1745, 17.7.2026]
Nota: Este Acuerdo subsidiario entrará en vigor el 2 de agosto de 2026.
Véase la entrada de este blog del día 17.7.2026.
- Corrección de errores de la Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida (DO L 337 de 20.12.2011)
[DO L, 2026/90606, 17.7.2026]
Nota: Casi 15 años (!!!) después de publicada la norma (véase la entrada de este blog del día 20.12.2011), nos llega una corrección de errores de las versiones oficiales en español y en rumano, que, para más inri, fue derogada por el Reglamento (UE) 2024/1347 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024 (véase la entrada de este blog del día 22.5.2024).

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