Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.
[BOE n.138, de 7-6-2008]Nota: Cabe destacar el art. 20, letra a), núms. 1, 2 y 5, referidos a las especialidades para las personas extranjeras de la presentación de solicitudes para obtener títulos habilitantes de uso privativo del dominio público radioeléctrico (el núm. 5 prevé una sumisión obligatoria a los tribunales españoles). Igualmente, el art. 36.3, relativo al otorgamiento del título habilitante del uso del dominio público radioeléctrico para el acceso a estaciones terrenas de enlace con una estación espacial, cuya titularidad corresponda a una Administración extranjera.
Véase la Orden IET/741/2013, de 25 de abril, por la que se aprueban los modelos de solicitud de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico, así como la entrada de este blog del día 4.5.2013.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.