-Reglamento (CE) nº 116/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la exportación de bienes culturales (Versión codificada).
-Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Nota: Debido a las sucesivas modificaciones sufridas por el Reglamento (CEE) nº 3911/92 del Consejo, de 9 de diciembre de 1992, relativo a la exportación de bienes culturales, ahora se procede a publicar un nuevo Reglamento con la versión codificada. De conformidad con el art. 11 de la nueva disposición, se deroga el Reglamento (CEE) nº 3911/92, tal y como había sido modificado por la normativa posterior, y las referencias que se hagan al Reglamento del año 1992 se entenderán hechas a la nueva norma.[DOUE L39, de 10-2-2009]
-Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Nota: En relación con la actualización de las cantidades de referencia véanse DOUE C247, de 13-10-2006, p. 19; DOUE C153, de 6-7-2007, p. 22; DOUE C182, de 4-8-2007, p. 18; DOUE C57, de 1-3-2008, p. 38; DOUE C134, de 31-5-2008, p. 19.-Actualización de la lista de pasos fronterizos mencionados en el artículo 2, apartado 8, del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Nota: En relación con la actualización de la mencionada lista véanse DOUE C316, de 28-12-2007, p. 1; DOUE C134, de 31-5-2008, p. 16; DOUE C177, de 12.7.2008, p. 9; DOUE C200, de 6.8.2008, p. 10; DOUE C331, de 31.12.2008, p. 13, DOUE C3, de 8.1.2009, p. 10.[DOUE C33, de 10-2-2009]
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