Comunicación referente a la adaptación, en función de la inflación, de determinados importes establecidos en las Directivas de seguros de vida y de seguros no de vida.
Nota: Los importes que se incrementan son los referentes:[DOUE C41, de 19-2-2009]
- al fondo de garantía previsto en el art. 29.2 de la Directiva 2002/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, sobre el seguro de vida;
- a las cantidades empleadas para el cálculo del importe del margen de solvencia obligatorio, previstas en los apartados 3 y 4 del art. 16 bis de la Primera Directiva 73/239/CEE del Consejo, de 24 de julio de 1973, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al acceso a la actividad del seguro directo distinto del seguro de vida, y a su ejercicio;
- al fondo de garantía previsto en el art. 17.2 de la Primera Directiva 73/239/CEE del Consejo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.