viernes, 1 de marzo de 2013

Informe de la CNC sobre el Proyecto de Estatuto General de la Organización Colegial de los Procuradores de los Tribunales


IPN 86/13 SOBRE EL PROYECTO DE ESTATUTO GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL DE LOS PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES
Informe del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, de 6 de febrero de 2013, relativo al Proyecto de Estatuto General de la Organización Colegial de los Procuradores de los Tribunales, que sería objeto de aprobación por Real Decreto.
Diario La Ley, Nº 8034, Sección Hoy es Noticia, del 1 al 3 Mar. 2013
LA LEY 2398/2013
En relación con determinadas restricciones a la competencia que podrían verse afectadas por las modificaciones normativas en proyecto, la CNC ha realizado, entre otras, las siguientes recomendaciones:

1. Reducir los supuestos de obligación de representación procesal.
2. No introducir en el ordenamiento obligaciones de colegiación con anterioridad a la aprobación de la LSP, realizando en tal momento la valoración de su mantenimiento con arreglo a justificaciones de necesidad y proporcionalidad.
3. Eliminar por innecesario, desproporcionado y discriminatorio, la exclusividad general en la representación procesal a favor del procurador, así como la prohibición de ejercicio conjunto de la profesión de procurador con las de abogado, gestor administrativo y graduado social.
4. Revisar el régimen de funciones vinculadas al ejercicio de autoridad pública atribuidas a los Procuradores derivadas de LEC de 2000 y de la Ley de la Nueva Oficina Judicial.
5. Revisar el modelo de acceso a la profesión establecido en la Ley 34/2006, eliminando las trabas adicionales a la obtención de la Licenciatura y, en su caso, la colegiación.
6. Suprimir el actual sistema de aranceles o precios cuasi fijos de los Procuradores, para pasar a un sistema de precios libremente fijados por las partes.

Las anteriores recomendaciones, enmarcables en el proceso de modernización de la Administración de Justicia y en los objetivos de agilización, simplificación y reducción de costes, deberían acogerse en su globalidad y conducir a modificaciones normativas, esencialmente a nivel legal, a partir de las cuales se apruebe un Estatuto de la Organización Colegial de Procuradores y de su CG acorde con el nuevo marco.

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