Acaba de aparecer el libro de Paula Paradela Areán "La aplicación del Derecho antitrust de la Unión Europea a la gestión colectiva de los derechos de autor", que ha sido publicado por el Servicio de Publicaciones e Intercambio Científico de la Universidad de Santiago de Compostela, dentro de la colección "De Conflictv Legvm - Estudios de Derecho internacional privado".
La compatibilidad de la gestión colectiva de los derechos de autor con la normativa antitrust de la UE es un tema actual y de una gran relevancia práctica. No se trata de un problema nuevo ya que los órganos de la UE llevan más de cuatro décadas ocupándose de la falta de adecuación de las actividades de la gestión colectiva con las normas de competencia. La voluntad de las entidades de gestión colectiva por mantener un modelo obsoleto pone periódicamente sus actividades en el punto de mira de los órganos de la UE. Si bien es cierto que la situación práctica empuja inevitablemente a la gestión colectiva a un cambio, a un modelo de administración de los derechos respetuoso con titulares, usuarios y con las normas de competencia, las entidades de gestión colectiva se resisten a perder el poder que les otorga un modelo de monopolio sin competencia en la UE. Se pretende arrojar luz sobre la situación que ha propiciado que la actual gestión colectiva siga utilizando mecanismos de hace décadas para un escenario que es a la fuerza distinto y sobre la relación entre la gestión colectiva de los derechos de autor con las normas de competencia de la UE.
En la obra se lleva a cabo un análisis dinámico de la gestión colectiva a través del examen del pasado y el presente para ofrecer una visión global de su compatibilidad con las normas de competencia. Para poder llegar a este resultado se analizan las relaciones de la gestión colectiva en la UE, la inclusión de las entidades de gestión colectiva, sus actividades y prácticas en el ámbito de aplicación de los artículos 101 y 102 del TFUE y las concretas actividades de gestión en relación con titulares, entidades y usuarios, susceptibles de vulnerar la normativa antitrust. Se parte de la situación de gestión colectiva en la UE a través del estudio de las relaciones de gestión que tienen, como común denominador, el protagonismo de las entidades de gestión colectiva. A continuación se analizan los requisitos aplicativos de los artículos 101 y 102 TFUE en relación con las entidades de gestión colectiva de derechos de autor, sus actividades, contratos, prácticas y conductas para establecer si efectivamente entran dentro de su ámbito de aplicación. Tras desentrañar este extremo se pasa al análisis de las concretas actividades, conductas, contratos y prácticas en orden a determinar su compatibilidad o incompatibilidad con las normas de competencia de la Unión Europea.
Extracto del índice de la obra:
CAPÍTULO I - LA GESTIÓN COLECTIVA DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN LA UNIÓN EUROPAI. ESTADO DE LA CUESTIÓN
1. La gestión de los derechos de autor
2. El actual sistema de gestión de derechos de autor
II. LA RELACIÓN ENTRE LAS ENTIDADES DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS DE AUTOR Y LOS TITULARES
1. El contrato de gestión colectiva
2. La gestión colectiva ex lege
III. LA RELACIÓN ENTRE ENTIDADES DE GESTIÓN COLECTIVA
1. El contrato de representación recíproca
2. Los contratos tipo: el contrato tipo de la CISAC
3. Características de los contratos
IV. LA RELACIÓN ENTRE LAS ENTIDADES DE GESTIÓN COLECTIVA Y LOS USUARIOS
1. Características del contrato de licencia
2. La concesión de licencias en línea y fuera de línea
CAPÍTULO II - LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA ANTITRUST A LAS ENTIDADES DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS DE AUTOR DE LA UEI. CUESTIONES COMUNES A LOS ARTÍCULOS 101 Y 102 TFUE EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN COLECTIVA DE LOS DERECHOS DE AUTOR
1. El concepto de empresa: las entidades de gestión colectiva como empresas
2. Las entidades de gestión como empresas encargadas de la prestación de servicios de interés económico general
3. Los mercados de la gestión colectiva
II. CUESTIONES PARTICULARES DE LOS ARTÍCULOS 101 Y 102 TFUE EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN COLECTIVA
1. La aplicación del artículo 101 TFUE a las actividades de las entidades de gestión
2. La aplicación del artículo 102 TFUE a las actividades de las entidades de gestión
CAPÍTULO III - LA GESTIÓN COLECTIVA FRENTE A LOS TITULARES DE DERECHOSI. LA CESIÓN DE LOS DERECHOS PARA SU ADMINISTRACIÓN EN EL CONTRATO DE GESTIÓN
1. Características de la cesión de derechos y cuestiones controvertidas: evolución y situación actual
2. La cesión de los derechos de autor en relación con el abuso de posición dominante
II. LA PROBLEMÁTICA RELATIVA A LA AFILIACIÓN DE MIEMBROS
1. La negativa a contratar y la imposición de condiciones discriminatorias a los titulares extranjeros
2. La gestión colectiva frente a titulares y la restricción de la competencia
CAPÍTULO IV - LA GESTIÓN COLECTIVA FRENTE A ENTIDADES Y USUARIOSI. EXCLUSIVIDAD TERRITORIAL Y RESTRICCIÓN DE LA COMPETENCIA
1. La representación exclusiva
2. La delimitación territorial paralela
3. La aplicación de la exención del artículo 101.3 TFUE
II. LAS CONDICIONES DE CONCESIÓN DE LICENCIAS Y EL ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE
1. Las condiciones de concesión de las licencias
2. El eventual abuso de posición dominante por las condiciones de concesión de las licencias
Ficha técnica:
Paula Paradela Areán
"La aplicación del Derecho antitrust de la Unión Europea a la gestión colectiva de los derechos de autor"
Servicio de Publicaciones e Intercambio Científico de la Universidad de Santiago de Compostela (colección "De Conflictv Legvm - Estudios de Derecho internacional privado")
351 págs.
ISBN: 978-84-15876-74-8
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