Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 24 Feb. 2014, rec. 145/2013: Accidente de trabajo. Trabajador afiliado al régimen especial del mar. Caída mortal en el puerto de Dingle (Irlanda). Salto fallido desde un buque abarloado al propio barco bajo condiciones climáticas adversas. La Instancia no reconoce que el fallecimiento derive de la contingencia de accidente laboral al producirse la lesión durante el tiempo de descanso y fuera de su lugar de trabajo, cuando saltaba de un barco a otro. Recurso de casación para la unificación de doctrina. Apreciación de contradicción con una de las sentencias aportadas como de contraste. Sentencia contrastada en la que un trabajador fallece a consecuencia de una insuficiencia cardíaca que no pudo ser atendida médicamente, por encontrarse a bordo de un avión. En ambos supuestos el particular lugar en el que el trabajador se encuentra, con ocasión de su trabajo, se erige en elemento determinante de su fallecimiento. Examen doctrinal de los elementos necesarios para la apreciación de un accidente in itinere. Estimación del recurso. La muerte del marinero deriva de la contingencia de trabajo puesto que acaece mientras asumía un riesgo motivado por el trabajo que se transformó en siniestro.
Ponente: Segoviano Astaburuaga, María Luisa.
Nº de Recurso: 145/2013
Jurisdicción: SOCIAL
Diario La Ley, Nº 8338, Sección Jurisprudencia, 23 de Junio de 2014
LA LEY 54096/2014
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