Ley 7/2017 de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears.
Nota: Mediante esta disposición se modifica la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 79/1990. Las reformas realizadas se centran en las siguientes cuestiones:
-Mejora y ordenación sistemática de la regulación de las fuentes del derecho civil balear y de otros preceptos.Véase la resolución de 16 de noviembre de 2017 por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con las discrepancias surgidas en relación con los arts. 3, 24 y 34 de la Ley 7/2017 (véase la entrada de este blog del día 30.11.2017).
-Regulación de la sucesión intestada a favor de las administraciones territoriales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con la consiguiente modificación de la normativa de patrimonio de la Comunidad Autónoma.
-Supresión de la causalidad de la separación por parte del premuerto para determinar el derecho a la legítima del consorte viudo.
-Reforma de la cuantía del laudemio en caso de que no se hubiese pactado, reduciéndolo al 0,5 por 100 del valor de la finca.
-Redacción más detallada y ampliada de los contratos agrarios.
-Modificación del derecho civil de Menorca, estableciendo la vigencia de la 'definición' en esa isla con la misma regulación prevista en el régimen sucesorio de Mallorca.
-Protección de personas en situación de discapacidad, para que no pueda heredar quien no las ha atendido porque les haya negado alimentos.
-Protección del vínculo matrimonial de acuerdo a la doctrina constitucional y medidas para suavizar el sesgo de género en la regulación del régimen matrimonial de separación de bienes.
-Mejora en la redacción y comprensión del texto, modificando concretos aspectos de la versión catalana y la versión castellana de la Compilación, a efectos de mejorar su redacción o precisar su terminología.
-Creación del Consejo Asesor de Derecho Civil de las Illes Balears, como órgano permanente de consulta y asesoramiento del Gobierno y del Parlamento de las Illes Balears en materia de derecho civil de las Illes Balears, sin perjuicio de su función asesora para los consejos insulares cuando estos lo soliciten.
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