viernes, 30 de noviembre de 2018

Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018


La sesión del Consejo de Ministros de esta semana se ha quedado coja, pues ha faltado la aprobación de un Real Decreto-ley. A ver si la semana próxima se recupera el terreno perdido. De momento, en la sesión de hoy, viernes 30 de noviembre, cabe destacar los siguientes actos (véase la referencia completa de la sesión):

-Aprobar el anteproyecto de reforma de los artículos 71.3 y 102.1 de la Constitución, relativos a los aforamientos de los diputados, senadores y miembros del Gobierno. Tras el informe que el Gobierno solicitó al Consejo de Estado, la reforma limita el alcance de los aforamientos previstos en la Constitución Española para que únicamente resulten aplicables en relación con los delitos que los parlamentarios y los miembros del Gobierno puedan cometer en el ejercicio directo de sus funciones y durante el período de su mandato. A juicio del Consejo de Estado, la supresión absoluta puede distorsionar el normal desenvolvimiento de las actividades legislativa y ejecutiva, especialmente por la existencia de una acción popular (art. 125 CE) que no se contempla en otros ordenamientos europeos. El anteproyecto será remitido al Consejo General del Poder Judicial, como indica el Consejo de Estado, y será enviado a las Cortes Generales antes de finalizar el año 2018. El régimen de los aforamientos establecido en la presente reforma de la Constitución Española se aplicará a los procesos iniciados con posterioridad a su entrada en vigor.
Véase el texto del anteproyecto [aquí]

-Aprobar un acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de Cooperación entre el Reino de España y la República de Angola en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho acuerdo. El Acuerdo fue firmado en Madrid el pasado 5 de noviembre de 2018, previa autorización del Consejo de Ministros del 23 de marzo de 2018. Responde a la preocupación que ambos países comparten por el alcance de los fenómenos delincuenciales y por los retos que plantean a la seguridad el tráfico de personas, el terrorismo, el narcotráfico y las nuevas manifestaciones de la delincuencia transnacional organizada. El Acuerdo regula los aspectos más importantes en el ámbito de la cooperación en esta materia, especificando con gran detalle los delitos a los que se extenderá la misma. Son especialmente relevantes las previsiones relativas a la lucha contra el crimen organizado, con referencia específica al terrorismo, la ciberseguridad, trata de seres humanos, delitos contra el medio ambiente, así como la colaboración en la actividad operativo-investigadora de las distintas modalidades delictivas. El Acuerdo deja sin efecto el Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio del Interior del Reino de España y el Ministerio del Interior de la República de Angola, firmado en Madrid el 19 de junio de 1997.
El Consejo de Estado, en su dictamen de 10 de mayo de 2018, determinó que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del presente Acuerdo requiere la previa autorización de las Cortes Generales, en los términos de los apartados c) y e) del artículo 94.1 de la Constitución, debido a que el Convenio contiene previsiones sobre intercambio de información y datos personales que afectan al derecho reconocido en el artículo 18 de la Constitución (apartado c) y toda vez que contiene algunas previsiones que afectan a materias reguladas por ley (apartado e).

-Aprobar un Acuerdo por el que se toma conocimiento de las decisiones del Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes por las que se modifica el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea. El Convenio sobre la Patente Europea, firmado en Múnich en 1973 (Convenio de 1973) fue ratificado por España en fecha de 24.07.1986, entrando en vigor para nuestro país el 01.10.1986. Mediante este Convenio se crea la Organización Europea de Patentes (OEP) y se instaura un sistema centralizado de concesión de patentes abierto a todos los países europeos, de cuya gestión se encarga la OEP. El Acta de revisión del Convenio sobre concesión de la Patente Europea, hecha en Múnich el 29.11.2000, autorizó al Consejo de Administración de la OEP a elaborar un nuevo texto del Convenio sobre la Patente Europea, que fue adoptado mediante Decisión de 28.06.2001 del Consejo de Administración de la OEP, publicándose en el BOE número 37, de 13.02.2017. En ese mismo BOE, aunque en una disposición separada, se publicó también el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea. Desde que se llevó a cabo esta publicación del Reglamento, el Consejo de Administración de la OPE ha adoptado tres Decisiones que han modificado algunas Reglas del mismo:
  • Decisión del Consejo de Administración de 28.06.2017 por la que se modifican las reglas 32 y 33 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 3/17).
  • Decisión del Consejo de Administración de 29.06.2017 por la que se modifican las reglas 27 y 28 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre Concesión de Patentes Europeas (CA/D 6/17). Mediante esta Decisión se pretende que los animales o las plantas obtenidos exclusivamente mediante procedimientos esencialmente biológicos no puedan ser patentables, en línea con el criterio seguido por la mayor parte de las Oficinas Nacionales de Patentes de los Estados Miembros de la Unión Europea y por la Comisión Europea en su Comunicación sobre determinados artículos de la Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas.
  • Decisión del Consejo de Administración de 13.12.2017 por la que se modifica la regla 51 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 13/17).
Por otra parte, se incorporan las siguientes Decisiones que lo modificaban mediante la adaptación de la estructura de la OEP y de sus procedimientos:
  • Decisión del Consejo de Administración de 14.10.2015 por la que se modifica la regla 82 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 9/15).
  • Decisión del Consejo de Administración de 14.10.2015 por la que se modifica la regla 147 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 10/15).
  • Decisión del Consejo de Administración de 30.06.2016 por la que se modifica el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 6/16). Mediante esta Decisión se introducen cuatro nuevas Reglas que regulan la organización y dirección de la Unidad de Cámaras de Recursos, así como la Presidencia de las Cámaras de Recursos y de la Alta Cámara de Recursos.
-Aprobar tres Reales Decretos de concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a las siguientes personas:
  • Al escritor nicaragüense Sergio Ramírez, Premio Cervantes 2017. En su caso, concurren como circunstancias excepcionales su especial vinculación con España y su participación en las principales instituciones culturales de nuestro país, lo que ha favorecido la cooperación entre universidades y empresas de España y de América Latina. Ramírez ha manifestado su deseo de residir en España.
  • Al cineasta mexicano Alejandro González Iñárritu por sus múltiples lazos afectivos y familiares con nuestro país, ya que su esposa y sus hijos ostentan ya la nacionalidad española. Considerado uno de los mejores cineastas del panorama cinematográfico mundial, ganador de dos Oscar al mejor director, Iñárritu ha acentuado su vinculación con España a través de sus actividades profesionales, colaborando, por ejemplo, con Radio Televisión Española y Televisió de Catalunya en la película Biutiful, propuesta para 8 premios Goya.
  • Al atleta marroquí Zaid Ait Malek, especialista en pruebas de carrera por montaña. Totalmente integrado en España, donde reside desde hace 13 años, ha participado en múltiples competiciones nacionales e internacionales, resultando ganador, en dos ocasiones, del Campeonato Nacional de Carreras por Montaña.

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