Aplicación provisional del Acuerdo Marco de Cooperación en materia de inmigración entre el Reino de España y la República de Níger, hecho en Niamey el 10 de mayo de 2008.
Nota: Este Acuerdo se aplica provisionalmente a partir del 9 de junio de 2008, treinta días después de la fecha de su firma, según se establece en su artículo 17.2, y se ha publicado en el BOE 24 días (!!!) después del inicio de su aplicación.[BOE n. 160, de 3-7-2008]
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