jueves, 9 de diciembre de 2010

DOUE de 9.12.2010


-Decisión de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de febrero de 2010, por la que se fija la sede de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo.
Nota: Véase el Reglamento (UE) no 439/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, por el que se crea una Oficina Europea de Apoyo al Asilo, así como la entrada de este blog del día 29.5.2010.
[DOUE L324, de 9.12.2010]

-Comunicación referente a la adaptación, en función de la inflación, de determinados importes establecidos en la Directiva 2009/103/CE relativa al seguro de vehículos automóviles.
Nota: El art. 9 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, determina los importes mínimos cubiertos por el seguro obligatorio de vehículos automóviles. Estos deben actualizarse teniendo en cuenta el Índice de precios de consumo europeo (IPCE) calculado para el conjunto de los Estados miembros, según datos publicados por Eurostat. Esta revisión es la que ahora se comunica, pasando de 1.000.000 EUR a 1.120.000 EUR para el importe mínimo de cobertura de los daños corporales por víctima; de 5.000.000 EUR a 5.600.000 EUR para el importe mínimo de cobertura de los daños corporales por siniestro; y de 1.000.000 EUR a 1.120.000 EUR, el importe mínimo por siniestro para daños materiales.
[DOUE C332, de 9.12.2010]

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