-La nueva regulación de la ley aplicable a la separación judicial y al divorcio: aplicación del Reglamento Roma III en España
Patricia OREJUDO PRIETO DE LOS MOZOS, Profesora Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad Complutense de Madrid)
Diario La Ley, Nº 7913, Sección Tribuna, 31 Jul. 2012
Miguel-Ángel MICHINEL ÁLVAREZ, Profesor Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad de Vigo)
Diario La Ley, Nº 7913, Sección Tribuna, 31 Jul. 2012
Patricia OREJUDO PRIETO DE LOS MOZOS, Profesora Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad Complutense de Madrid)
Diario La Ley, Nº 7913, Sección Tribuna, 31 Jul. 2012
El Reglamento Roma III, primer instrumento de cooperación reforzada que se adopta en la UE, pretende constituir «un marco jurídico claro y completo en materia de ley aplicable al divorcio y a la separación judicial». Sin embargo, no incrementa la previsibilidad jurídica, ni evita (sino que podría fomentar) la «carrera a los Tribunales». Además, en su aplicación en nuestro país, comportará una mayor fragmentación normativa y un incremento de la complejidad a la que se enfrentan los operadores jurídicos españoles. Si a ello se une el déficit democrático inherente a su proceso de adopción, y que se trata de un instrumento que atiende antes a valores conservadores de otros Estados Miembros de la UE que a los que informan el ordenamiento español, no cabe sino cuestionar la decisión de España de participar en él.-Descargas on-line y agotamiento del derecho de autor: el problema de las licencias de segunda mano (Comentario a la STJUE, de 3 de julio de 2012, Oracle vs. UsedSoft)
Nota: Véase el Reglamento (UE) nº 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial, así como la entrada de este blog del día 21.6.2012.
Miguel-Ángel MICHINEL ÁLVAREZ, Profesor Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad de Vigo)
Diario La Ley, Nº 7913, Sección Tribuna, 31 Jul. 2012
El marco jurídico central que se debate en este litigio objeto de comentario es la interpretación, para este tipo de casos, del contenido de la Directiva 2009/24/CE, del Parlamento y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la protección jurídica de los programas de ordenador, más concretamente, sus arts. 4.2.º y 5.1.º
Nota: Véase la sentencia del TJUE de 3.7.2012, en el Asunto C‑128/11 (UsedSoft), así como la entrada de este blog del día 3.7.2012.
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