SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 24 de febrero de 2015, en el Asunto C‑559/13 (Grünewald): Procedimiento prejudicial — Libre circulación de capitales — Fiscalidad directa — Impuesto sobre la renta — Deducibilidad de las rentas alimenticias abonadas en cumplimiento de la carga de una donación otorgada en concepto de herencia anticipada — Exclusión para los no residentes.
Fallo del Tribunal: "El artículo 63 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que niega a un contribuyente no residente que haya recibido en ese Estado miembro rendimientos comerciales derivados de las participaciones en una sociedad que le haya donado un progenitor en concepto de herencia anticipada el derecho a deducir de estos rendimientos las rentas que haya pagado a su progenitor en cumplimiento de la carga de la donación, mientras que la misma normativa permite esta deducción a los contribuyentes residentes."
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