viernes, 5 de enero de 2018

Jurisprudencia - No cabe la sanción de expulsión a un extranjero que tiene reconocida la Renta de Garantía de Ingresos


Tribunal Superior de Justicia del País Vaso, Sede de Bilbao, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Sentencia de 24 mayo 2017, Rec. 833/2016: Sanción de expulsión. No cabe imponerla. Extranjero en situación irregular. Condena previa -ya cumplida y extinguida- por delito de lesiones. Aplicación del art. 57.5 d) de la LOEX por tener reconocida, con carácter previo a la imposición de la sanción, la Renta de Garantía de Ingresos. La renta de garantía de ingresos contemplada por la Ley vasca 18/2008, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social y por el Decreto del Gobierno Vasco 147/2010, por el que se regula la Renta de Garantía de Ingresos, cumple los requisitos del art. 57.5 d) de la LOEX.
Ponente: Ruiz Ruiz, Ángel.
Nº de Recurso: 833/2016
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Iustel - Diario Del Derecho, 5 enero 2018, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: STSJ PV 1632/2017 - ECLI: ES:TSJPV:2017:1632]

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