- El ruedo ibérico y la cuestión prejudicial. Sobre la futura derogación del recién estrenado artículo 43 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Pablo Martín Rodríguez, Catedrático de Derecho Internacional Público y de la Unión Europea (Universidad de Granada)
Diario LA LEY, Nº 10438, Sección Tribuna, 2 de Febrero de 2024
[Texto del trabajo]
La derogación del artículo 43 bis de la LEC constituiría un error cuyas consecuencias serían el aumento de la inseguridad jurídica y una peor tutela judicial efectiva de los ciudadanos sin, como es obvio, afectar la facultad de los órganos judiciales españoles de formular una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia, pero sí creando disfunciones. Lo preciso es resolver cuanto antes sobre la europeidad y la constitucionalidad de la propuesta de amnistía en lugar de intentar sustraer, dificultar, posponer o menoscabar su pleno control judicial. Nos encontramos ante una situación en la que, quizá, esté justificado separarse de la doctrina de nuestro Tribunal Constitucional que otorga prioridad a la prejudicialidad europea frente a la cuestión de inconstitucionalidad y sea procedente un control prejudicial simultáneo.
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