jueves, 1 de febrero de 2024

BOE de 1.2.2024


- Circular 1/2024, de 26 de enero, del Banco de España, a bancos, cooperativas de crédito y otras entidades supervisadas, relativa a la información sobre la estructura de capital y por la que se modifica la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas.

Nota: Esta circular actualiza y armoniza la normativa en relación con la información que tienen que comunicar al Banco de España los bancos y las cooperativas de crédito de acuerdo con la Ley 10/2014 de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y con el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito; los establecimientos financieros de crédito, conforme a la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial y al Real Decreto 309/2020, de 11 de febrero, sobre el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito y por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito; las entidades de pago, según el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera y el Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago y por el que se modifican el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito; y las entidades de dinero electrónico, de acuerdo con la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico y el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, sobre los titulares de acciones, participaciones sociales o aportaciones en su capital social, dadas las funciones que corresponden al Banco de España en la supervisión del cumplimiento de las normas de ordenación y disciplina de dichas entidades. En este sentido, la presente circular incluye en su ámbito de aplicación a las entidades de pagos –salvo las expresamente excluidas en la norma segunda de esta circular–, que no estaban sujetas a la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España, de manera que esta resulte aplicable a todas las entidades supervisadas sujetas al régimen de información sobre la estructura de capital.

El apartado 1.a) de la Norma cuarta (información sobre estructura de capital) establece que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Circular deben comunicar al Banco de España, con periodicidad trimestral o semestral, según los casos, la composición de su capital social, relacionando "todos los titulares directos de acciones, participaciones sociales o aportaciones al capital social que, al final del período señalado en el apartado 4, tengan la consideración de «entidades financieras». Se incluirán, en todo caso, los que tengan nacionalidad española y aquellos otros extranjeros que le conste a la entidad declarante que tienen una naturaleza similar a dichas entidades".

- Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.

Nota: Las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior están reguladas por el Real Decreto 571/2023 sobre inversiones exteriores, desarrollado por la Orden ECM/57/2024 por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores [véanse las entradas de este blog del día 5.7.2023 y del día 31.1.2024]. Estas normas establecen las disposiciones aplicables a la tramitación y declaración de dichas inversiones, disponiendo la utilización a estos efectos de determinados modelos cuya aprobación se remite a una norma de rango inferior.
Mediante la presente resolución se aprueban los modelos de declaración de las inversiones extranjeras en España y españolas en el exterior y el de las memorias anuales.

Mediante la cláusula derogatoria se derogan las siguientes disposiciones:
- Resolución de 27 de julio de 2016 por la que se aprueban los modelos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es inversor o empresa con participación extranjera y que sustituye a las anteriores Resoluciones en esta materia.
- Resolución de [7] de octubre de 2022 de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueba el modelo de declaración D-8 Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior.

[BOE n. 28, DE 1.2.2024]


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