miércoles, 15 de abril de 2026

Jurisprudencia - La existencia de antecedentes penales no es causa bastante para denegar la prórroga de estancia por estudios de extranjeros

 

- Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 548/2025 de 22 Dic. 2025, Rec. 393/2025: Extranjeros. Improcedencia de la denegación de la prórroga de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo para la formación. No constituye causa bastante para su denegación el carecer de antecedentes penales en España durante los últimos cinco años, sino que se exige todo caso, una ponderación del alcance de la condena penal y su cumplimiento en relación con el desarrollo de la estancia. Habiéndose certificado que el recurrente ha obtenido un buen resultado académico y dada la naturaleza aislada de su conducta delictiva, si el fin de la prórroga es posibilitar la finalización de dichos estudios con buen aprovechamiento, el antecedente penal no cancelado no debe impedir la concesión de la prórroga solicitada.

Ponente: Platas García, Paula.
Nº de Sentencia: 548/2025
Nº de Recurso: 393/2025
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10923, Sección Sentencias y Resoluciones, 15 de Abril de 2026
ECLI: ES:TSJPV:2025:4209

 

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