miércoles, 9 de septiembre de 2026

Bibliografía - Responsabilidad de los gigantes digitales por anuncios publicados en sus plataformas

 

- Responsabilidad de los gigantes digitales por anuncios publicados en sus plataformas
Alberto J. Tapia Hermida, Catedrático de Derecho Mercantil (Universidad Complutense de Madrid, Consejero académico de Estudio Jurídico Sánchez Calero
Diario LA LEY, Nº 11002, Sección Tribuna, 9 de Septiembre de 2026
[Texto del trabajo]

Este artículo ofrece un comentario sintético de la Sentencia del TJUE de 16 de julio de 2026 que declara que Google —y, con ella, cualquier otra plataforma gestionada por un gigante digital— puede ser considerada responsable de los vídeos de YouTube sobre juegos de azar —o cualquier otra actividad en principio excluida— de un creador de contenido vinculado a dicha plataforma mediante una asociación comercial. Anticipamos algunas de las conclusiones de nuestro comentario detallado que se publicará en el próximo número de la Revista LA LEY UE.

 

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