miércoles, 7 de abril de 2010

BOE de 7.4.2010


-Corrección de errores de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial.
Nota: Véase la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, así como las entradas de este blog del día 4.11.2009 y de día 6.12.2009.
-Real Decreto 338/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, aprobado por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
Nota: A través de esta disposición se adapta el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, a lo previsto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, así como a las modificaciones introducidas en el art. 15 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, referido a los organismos de control, por el art. 13 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. De esta reforma cabe destacar los siguiente preceptos del Real Decreto 2200/1995:
  • Nuevos arts. 42.7 y 43.8: Condiciones de acreditación y autorización para la prestación de servicios, o creación de un establecimiento secundario mediante la creación de una agencia, sucursal o filial, por parte de una persona natural o jurídica ya acreditada en otro Estado miembro de la UE en el ámbito de la certificación, inspección y verificación de la aplicación de las condiciones de seguridad en productos e instalaciones industriales.
  • Nuevo art. 51.1: Condiciones para la acreditación de los verificadores medioambientales por parte de entidades de acreditación establecidas en el capítulo II del presente reglamento (Organismos de normalización).
-Real Decreto 339/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida, para adecuarlo a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Nota: El art. 11 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, modificó diversos preceptos de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. Ahora se procede a adaptar los preceptos correspondientes del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
De esta modificación cabe destacar el nuevo art. 15.1 del Real Decreto 889/2006, referido a las entidades reparadoras establecidas en otro Estado miembro que presten sus servicios en régimen de libre prestación en territorio español.
[BOE n. 84, de 7.4.2010]

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