jueves, 17 de febrero de 2011

BOE de 17.2.2011


Auto de 16 de julio de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se suspende la efectividad de la disposición derogatoria del Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero, en lo que concierne a sus letras b), c) y e).
Nota: Véase el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, así como la entrada de este blog del día 14.4.2010.
[BOE n. 41, de 17.2.2011]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.