jueves, 7 de abril de 2011

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (7.4.2011)


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 7 de abril de 2011, en el Asunto C-20/09 (Comisión/Portugal): Incumplimiento de Estado – Admisibilidad del recurso – Libre circulación de capitales – Artículo 56 CE – Artículo 40 del Acuerdo EEE – Títulos de deuda pública – Trato fiscal preferente – Justificación – Lucha contra el fraude fiscal – Lucha contra la evasión fiscal.
Fallo del Tribunal: "Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 56 CE y del artículo 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992, al haber establecido, en el marco del «Regime excepcional de regularização tributária de elementos patrimoniais que não se encontrem no território português em 31 de Dezembro de 2004» (Régimen excepcional de regularización tributaria de elementos patrimoniales que no se encuentren en el territorio portugués a 31 de diciembre de 2004), instaurado por la Ley nº 39–A/2005, de 29 de julihttp://www.blogger.com/img/blank.gifo de 2005, un trato fiscal preferente para los títulos de deuda pública emitidos únicamente por el Estado portugués."
-SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 7 de abril de 2011, en el Asunto C-291/09 (Francesco Guarnieri & Cie): Libre circulación de mercancías – Artículo 34 TFUE – Cautio judicatum solvi – Sociedad monegasca – Artículo 18 TFUE, párrafo primero.
Fallo del Tribunal: "El artículo 34 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que la normativa de un Estado miembro exija la constitución de una cautio judicatum solvi por parte de un demandante de nacionalidad monegasca, que ha iniciado ante uno de los órganos del orden jurisdiccional civil de dicho Estado una acción judicial contra un nacional de este último Estado para obtener el pago de las facturas emitidas por la entrega de mercancías equiparadas a mercancías comunitarias, cuando tal exigencia no se impone a los nacionales de dicho Estado miembro."

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