-Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Nouakchott el 6 de octubre de 2011.
Nota: Este Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 6.10.2011, fecha de su firma; es decir hace más de un mes. La Resolución del MAEC notificando la aplicación provisional está fechada el 25.10.2011. ¡Bieeen por la eficiencia del MAEC!-Aplicación provisional del Convenio entre el Reino de España y la República de Croacia en materia de lucha contra la delincuencia y asuntos de seguridad, hecho en Madrid el 24 de octubre de 2011.
Véase la corrección de errores, así como la entrada de este blog del día 3.12.2011.
Nota: Este Convenio se aplica provisionalmente desde el 24.10.2011; es decir, hace más de dos semanas. ¡Bieeen!-Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible.
El Convenio entró en vigor el 1.1.2013.
Nota: El art. 5 regula el régimen jurídico aplicable a las operaciones sobre créditos de carbono a través del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible. En él se establece que las operaciones de adquisición podrán instrumentalizarse mediante cualquier negocio jurídico válido en Derecho, no quedando sujetas a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (núms. 1 y 2). El núm. 3 afirma específicamente que:-Resolución de 23 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del Comercio Interior de Galicia.
"Los contratos de adquisición de créditos de carbono estarán sujetos a la Ley que resulte aplicable, sea nacional o extranjera."El art. 6 se ocupa de la adquisición de créditos de carbono procedentes de proyectos desarrollados al amparo del Protocolo de Kioto u otras normas de derecho internacional.
Nota: Mediante este acuerdo se resuelven las diferencias existentes sobre la Ley 13/2010 de la comunidad Autónoma de Galicia sobre comercio interior de Galicia.[BOE n. 270, de 9.11.2011]
Véanse las entradas de este blog del día 29.1.2011 y del día 28.4.2011.
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