Secuestro del buque atunero Alakrana. Condena por delitos de asociación ilícita y secuestro. Absolución de los delitos contra la integridad moral a dos de los acusados por inexistencia de participación en la modalidad de autoría por cooperación necesaria
Manuel-Jesús DOLZ LAGO, Fiscal del Tribunal Supremo
Diario La Ley, Nº 7836, Sección Tribuna, 12 Abr. 2012
Manuel-Jesús DOLZ LAGO, Fiscal del Tribunal Supremo
Diario La Ley, Nº 7836, Sección Tribuna, 12 Abr. 2012
En este artículo se analiza la sentencia del Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 2011, conocida como caso Alakrana. La resolución estima parcialmente los recursos de casación interpuestos por dos acusados y los absuelve de treinta y seis delitos contra la integridad moral, confirmando las condenas por un delito de asociación ilícita, treinta y seis delitos de secuestro y un delito de robo con violencia e intimidación así como la absolución por delitos de terrorismo y lesiones.
Nota: Véanse las sentencias del Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, de 12.12.2011 (rec. 11164/2011) y de la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección 4ª, de 3.5.2011 (rec. 93/2009), así como las entradas de este blog del día 6.2.2012 y del día 2.6.2011.
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