Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia de 9 Mar. 2012, rec. 1225/2011: Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Colaboración para mantener la permanencia en España del extranjero una vez ya está éste en nuestro país. Extensión y firma de una oferta de trabajo y presentación de la misma en la Subdelegación del Gobierno solicitando autorización de residencia, cuando los extranjeros destinatarios de tal oferta ya residían en España, siendo dicha estancia no legalmente autorizada. Revocación de condena. El interés del Estado en el control de los flujos migratorios, ya protegido mediante la acción administrativa, sólo encuentra protección penal si los derechos de los ciudadanos extranjeros se ven seria y negativamente afectados por la conducta, sea de modo actual y efectivo o al menos ante un riesgo de convicción altamente probable. No consta, en el caso, perjuicio alguno de los ciudadanos extranjeros en cuanto a sus derechos y obligaciones, por lo que el comportamiento enjuiciado no puede entenderse tipificado en el apartado 1 del art. 318 bis CP. Diferencias y relaciones entre este tipo penal y el regulado en el art. 313.1 CP.
Ponente: Varela Castro, Luciano.
Nº de Sentencia: 212/2012
Nº de Recurso: 1225/2011
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 7876, Sección Reseña de Jurisprudencia, 8 Jun. 2012
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.