lunes, 22 de noviembre de 2021

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

- Asuntos acumulados C-208/20 y C-256/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 9 de septiembre de 2021 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Sofiyski Rayonen sad — Bulgaria) — «Toplofikatsia Sofia» EAD, «CHEZ Elektro Bulgaria» AD, «Agentsia za control na prosrocheni zadalzhenia» EOOD (C-208/20), y «Toplofikatsia Sofia» EAD (C-256/20) [Procedimiento prejudicial — Artículo 20 TFUE, apartado 2, letra a) — Artículo 47, párrafo segundo, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Reglamento (CE) n.o 1206/2001 — Cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil — Artículo 1, apartado 1, letra a) — Reglamento (UE) n.o 1215/2012 — Competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Artículo 5, apartado 1 — Créditos impagados — Resoluciones judiciales — Requerimientos de pago — Notificación — Deudor que reside en un domicilio desconocido en un Estado miembro distinto de aquel al que pertenece el órgano jurisdiccional que conoce del asunto]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 9.9.2021.

- Asunto C-277/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 9 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof — Austria) — Procedimiento incoado por UM [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Sucesiones — Reglamento (UE) n.o 650/2012 — Artículo 3, apartado 1, letra b) — Concepto de «pacto sucesorio» — Ámbito de aplicación — Contrato por el que se transmite la propiedad mortis causa — Artículo 83, apartado 2 — Elección de la ley aplicable — Disposiciones transitorias.

Nota: Véase la entrada de este blog del día 9.9.2021.

- Asunto C-422/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 9 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Köln — Alemania) — RK / CR [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Sucesiones — Reglamento (UE) n.o 650/2012 — Artículo 6, letra a) — Inhibición — Artículo 7, letra a) — Competencia judicial — Control por parte del tribunal al que se somete el asunto en segundo lugar — Artículo 22 — Elección de la ley aplicable — Artículo 39 — Reconocimiento mutuo — Artículo 83, apartado 4 — Disposiciones transitorias]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 9.9.2021.

- Asunto C-449/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 9 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo — Portugal) — Real Vida Seguros, S.A. / Autoridade Tributária e Aduaneira (Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Artículo 63 TFUE — Libre circulación de capitales — Impuesto sobre la renta — Dividendos vinculados a acciones cotizadas — Beneficio fiscal reservado a los dividendos vinculados a acciones admitidas a negociación en el mercado bursátil nacional — Diferencia de trato — Criterio de diferenciación objetivo — Restricción — Artículo 65 TFUE — Situaciones objetivamente comparables — Justificación — Objetivo de carácter meramente económico)

Nota: Véase la entrada de este blog del día 9.9.2021.

- Asunto C-387/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 1 de septiembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Notariusz w Krapkowicach Justyna Gawlica — Krapkowice Polonia) — Procedimiento incoado por OKR (Procedimiento prejudicial — Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Artículo 267 TFUE — Notario — Concepto de «órgano jurisdiccional» — Criterios — Inadmisibilidad de la petición de decisión prejudicial)

Fallo del Tribunal: "Declarar la inadmisibilidad manifiesta de la petición de decisión prejudicial planteada por un zastępca notarialny w Krapkowicach (notario adjunto que ejerce en Krapkowice, Polonia)."

Cuestiones planteadas:
"1) ¿Debe interpretarse el artículo 22 del Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, 1 en el sentido de que una persona que no sea ciudadana de la Unión Europea también está autorizada a elegir su ley nacional como ley que regirá la totalidad de la sucesión?
2) ¿Debe interpretarse el artículo 75 en relación con el artículo 22 del Reglamento n.º 650/2012 en el sentido de que cuando un tratado bilateral que vincula a un Estado miembro con un tercer Estado no regule la elección de la ley para una sucesión, pero sí designe la ley aplicable a una sucesión, podrá un ciudadano de dicho tercer Estado que resida en el Estado miembro que se encuentre vinculado por el citado tratado bilateral elegir la ley aplicable?
y, en particular,
- ¿debe un tratado bilateral con un tercer Estado excluir expresamente la elección de una determinada ley y no únicamente regular el estatuto sucesorio mediante el uso de criterios objetivos de conexión, para que sus disposiciones primen respecto al artículo 22 del Reglamento n.º 650/2012?
- ¿Forma parte la libertad de elección de ley sucesoria y la uniformidad de la ley aplicable mediante la elección de la ley ―al menos en el ámbito determinado por el legislador de la Unión en el artículo 22 del Reglamento n.º 650/2012― de los principios subyacentes a la cooperación judicial en materia civil y mercantil en el seno de la Unión Europea, que no pueden vulnerarse ni siquiera cuando se apliquen tratados bilaterales con terceros Estados que primen frente al Reglamento n.º 650/2012?"

NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-556/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 10 de septiembre de 2021 — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / E.N., S.S. y J.Y.

Cuestión prejudicial: "¿Deben interpretarse los artículos 27, apartado 3, y 29 del Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO 2013, L 180), en el sentido de que no se oponen a que, cuando el sistema judicial del Estado miembro establece una segunda instancia para los asuntos como el aquí examinado, el tribunal de apelación, durante la tramitación del asunto, adopte, a solicitud de la autoridad competente del Estado miembro, una medida cautelar que dé lugar a la suspensión del plazo de traslado?"

- Asunto C-567/21: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 15 de septiembre de 2021 — BNP Paribas SA / TR

Cuestiones prejudiciales:
"1o/ ¿Deben interpretarse los artículos 33 y 36 del Reglamento n.o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil en el sentido de que, cuando la legislación del Estado miembro de origen de la resolución confiera a esta última una fuerza tal que se oponga a que las mismas partes puedan ejercitar una nueva acción a fin de que se resuelva sobre las pretensiones que hayan podido formularse desde la instancia inicial, los efectos desplegados por dicha resolución en el Estado miembro requerido se oponen a que un juez de este último Estado, cuya legislación aplicable ratione temporis establecía, en Derecho del trabajo, una obligación similar de concentración de pretensiones, se pronuncie sobre las mismas?
2o/ En caso de respuesta negativa a esta primera cuestión, ¿deben interpretarse los artículos 33 y 36 del Reglamento n. o 44/2001 del Consejo en el sentido de que una acción como la acción por «unfair dismissal» en el Reino Unido tiene la misma causa y el mismo objeto que una acción como la acción por despido sin causa real y seria en Derecho francés, de manera que las pretensiones formuladas por el trabajador de daños y perjuicios por despido sin causa real y seria, de indemnización compensatoria por falta de preaviso y de indemnización por despido ante el órgano jurisdiccional francés, después de que el trabajador haya obtenido en el Reino Unido una decisión por la que se declare el «unfair dismissal» y se le reconozca el derecho a obtener las indemnizaciones correspondientes («compensatory award»), son inadmisibles? ¿Procede distinguir entre la indemnización por daños y perjuicios por despido sin causa real y seria que podría tener la misma causa y el mismo objeto que el «compensatory award», y las indemnizaciones por despido y por falta de preaviso que, en Derecho francés, deben pagarse cuando el despido se basa en una causa real y seria pero no en caso de que el despido esté motivado por una falta grave?
3o/ De igual modo, ¿deben interpretarse los artículos 33 y 36 del Reglamento n.o 44/2001 del Consejo en el sentido de que tienen la misma causa y el mismo objeto una acción como la acción por «unfair dismissal» en el Reino Unido y una acción dirigida a obtener el pago de bonificaciones o de primas previstas en el contrato de trabajo cuando tales acciones se basan en la misma relación contractual entre las partes?"

[DOUE C471, de 22.11.2021]

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