viernes, 29 de agosto de 2008

Conferencia de La Haya de DIPr - Documentos


-Questionnaire of August 2008 relating to the Hague Convention of 5 October 1961 Abolishing the Requirement of Legalisation for Foreign Public Documents (Apostille Convention) (Prel. Doc. No 3 of August 2008).

-Questionnaire of July 2008 relating to the Hague Convention of 15 November 1965 on the Service Abroad of Judicial and Extrajudicial Documents in Civil or Commercial Matters (Service Convention) (Prel. Doc. No 2 of July 2008).
-Response Iceland to 2008 Service Questionnaire.

BOE de 29-8-2008


Resolución de 27 de agosto de 2008, de la Oficina del Censo Electoral, sobre reclamaciones y consultas a los datos de inscripción y otros aspectos de la gestión del Censo Electoral.
Nota: Ténganse en cuenta las Instrucciones 1.1, 2.1, 2.2, 2.3, 3.1.a) y Cuarta, en las que se regulan determinados aspectos del Censo relacionados con residentes en el extranjero o con extranjeros residentes en España.
[BOE n.209, de 29-8-2008]

jueves, 28 de agosto de 2008

DOUE de 28-8-2008 (Parlamento Europeo)


PARLAMENTO EUROPEO: Textos aprobados en las sesiones de 24, 25, 26 y 27 de septiembre de 2007

-Derecho de sufragio en las elecciones al Parlamento Europeo por parte de los ciudadanos de la Unión residentes en otro Estado miembro: Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 26 de septiembre de 2007, sobre la propuesta de Directiva del Consejo que modifica la Directiva 93/109/CE, de 6 de diciembre de 1993, por la que se fijan las modalidades de ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo por parte de los ciudadanos de la Unión residentes en un Estado miembro del que no sean nacionales (COM(2006)0791 — C6-0066/2007 — 2006/0277(CNS)).

-Plan de política en materia de migración legal: Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de septiembre de 2007, sobre el plan de política en materia de migración legal (2006/2251(INI)).

-Prioridades políticas en la lucha contra la inmigración clandestina de los nacionales de terceros países: Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de septiembre de 2007, sobre las prioridades políticas en la lucha contra la inmigración clandestina de los nacionales de terceros países (2006/2250(INI)).

-Obligaciones de los prestadores de servicios transfronterizos: Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de septiembre de 2007, sobre las obligaciones de los prestadores de servicios transfronterizos (2006/2049(INI)).

[DOUE C 219E, de 28.8.2008]

miércoles, 27 de agosto de 2008

Tribunal Constitucional - Jurisprudencia julio 2006 - julio 2008


-Sentencia 93/2008 (Sala Primera), de 21 de julio de 2008: Recurso de amparo 8010-2006. Promovido por don Al Arbi Battoui respecto a las resoluciones de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga que señalaron la vista en un procedimiento abreviado sobre denegación de la autorización de residencia y trabajo. Vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas: demora de dos años y medio para celebrar la vista del juicio en un procedimiento abreviado contencioso-administrativo.

-Sentencia 48/2008 (Pleno), de 11 de marzo de 2008: Recurso de amparo avocado 2784-2004. Promovido por Louis Vuitton Malletier, S.A., respecto a las resoluciones de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa que, en grado de apelación de una causa por delito contra la propiedad industrial, denegaron la celebración de vista y la práctica de prueba. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a un proceso con garantías y a la prueba: desestimación de recurso contra sentencia absolutoria en virtud de los límites legales a la práctica de prueba en grado de apelación; alcance de la audiencia al acusado en apelación penal (SSTC 167/2002 y 285/2005).

-Sentencia 265/2007 (Pleno), de 20 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1679-2001. Interpuesto por el Principado de Asturias respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007. Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

-Sentencia 264/2007 (Pleno), de 20 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1677-2001. Interpuesto por la Junta de Extremadura respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007. Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

-Sentencia 263/2007 (Pleno), de 20 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1671-2001. Interpuesto por la Comunidad Autónoma de Aragón respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007. Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

-Sentencia 262/2007 (Pleno), de 20 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1669-2001. Interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007. Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

-Sentencia 261/2007 (Pleno), de 20 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1668-2001. Interpuesto por sesenta y cuatro Diputados del Grupo Parlamentario del PSOE en el Congreso respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007. Inconstitucionalidad de preceptos legales.

-Sentencia 260/2007 (Pleno), de 20 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1644-2001. Interpuesto por el Parlamento Vasco respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: sindicación, intimidad familiar, defensa en el procedimiento administrativo sancionador (SSTC 236/2007 y 259/2007), legalidad penal, libertad de circulación y libertad personal; sanción de expulsión del territorio nacional alternativa a multa; residencia obligatoria e internamiento de extranjeros. Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

-Sentencia 259/2007 (Pleno), de 19 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1640-2001. Interpuesto por la Junta de Andalucía respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: reunión y manifestación, asociación, sindicación (STC 236/2007), huelga y tutela judicial cautelar. Nulidad e inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

-Sentencia 249/2007 (Pleno), de 13 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 7289-2006. Interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha respecto del artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, que da nueva redacción a su artículo 17.1, párrafo primero, segundo inciso. Principios de unidad, autonomía, solidaridad e igualdad y lealtad institucional; ámbito de los Estatutos de Autonomía; igualdad territorial y de los españoles: derecho de los valencianos y valencianas a la redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias (STC 247/2007). Votos particulares.

-Sentencia 247/2007 (Pleno), de 12 de diciembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 7288-2006. Promovido por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón contra el artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, por el que se da nueva redacción a su artículo 17.1. Principios de unidad, autonomía, solidaridad e igualdad y lealtad institucional; ámbito de los Estatutos de Autonomía; igualdad territorial y de los españoles: derecho de los valencianos y valencianas al abastecimiento de agua y a la redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias. Votos particulares.

-Sentencia 236/2007 (Pleno), de 7 de noviembre de 2007: Recurso de inconstitucionalidad 1707-2001. Interpuesto por el Parlamento de Navarra contra diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Derechos fundamentales de los extranjeros: reunión y manifestación, asociación, educación, sindicación, intimidad familiar y reagrupación; motivación de la denegación de visado; asistencia jurídica gratuita; expulsión por conducta delictiva; internamiento de retornados; defensa en el procedimiento de expulsión preferente. Nulidad, inconstitucionalidad e interpretación de preceptos legales. Votos particulares.

-Sentencia 227/2007 (Sala Segunda), de 22 de octubre de 2007: Recurso de amparo 3382-2005. Promovido por doña Zhi Zhen Dai y otros frente a la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y los Autos de la Audiencia Nacional y de un Juzgado Central de Instrucción que no admitieron a trámite la querella por delitos de genocidio y torturas en China. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia penal): jurisdicción universal de los Tribunales españoles en materia penal (STC 237/2005).

-Sentencia 140/2007 (Sala Segunda), de 4 de junio de 2007: Recurso de amparo 4603-2006. Promovido por don Salvador Alfonso Escrivá respecto a los Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acuerdan su extradición a Perú para cumplir pena en la prisión de Lurigancho. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con la integridad personal: extradición pasiva sin indagar ni motivar sobre las alegaciones de que el reclamado será sometido a tratos inhumanos o degradantes en la cárcel (STC 181/2004).

-Sentencia 95/2007 (Sala Segunda), de 7 de mayo de 2007: Recurso de amparo 2555-2006. Promovido por don Daniel Bourianes frente a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de un Juzgado Central de Instrucción que mantuvieron su prisión provisional en procedimiento de orden europea de detención y entrega a Francia por delito de tráfico de estupefacientes. Vulneración de la libertad personal: incumplimiento del plazo máximo legal de prisión provisional en procedimiento de euroorden (STC 99/2006), no justificado por la pendencia de otra causa penal ante la jurisdicción española.

-Sentencia 37/2007 (Sala Segunda), de 12 de febrero de 2007: Recurso de amparo 8181-2006. Promovido por don Antonio Conesa Palomeras respecto al Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordó por segunda vez su entrega a Francia en virtud de orden europea para cumplir condena por delito de robo a mano armada (STC 177/2006). Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: entrega para cumplir pena de prisión que no se ajusta a la Sentencia 177/2006 en tanto reabre la cuestión de la nacionalidad del reclamado.

-Sentencia 351/2006 (Sala Primera), de 11 de dciembre de 2006: Recurso de amparo 5486-2005. Promovido por don Cherif Ouafi frente a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron su extradición a Argelia para ser juzgado por delitos relacionados con banda terrorista. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la integridad física: extradición pasiva que no incurre en error sobre la nacionalidad irlandesa del reclamado; principio de reciprocidad aplicado motivadamente; alegaciones genéricas de riesgo de tortura.

-Sentencia 335/2006 (Sala Segunda), de 20 de noviembre de 2006: Recurso de amparo 7287-2004. Promovido por Aurobel Proyectos y Obras, S.L., frente a los Autos de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que inadmitieron su demanda contra el Delegado del Gobierno en Madrid sobre multa por infracción de extranjería. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea, presentada en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

-Sentencia 303/2006 (Sala Primera), de 23 de octubre de 2006: Recurso de amparo 3386-2003. Promovido por un Abogado en interés de don Cezary Leszczyñski frente al Auto de un Juzgado de Instrucción de Logroño que denegó la incoación de un habeas corpus respecto a su detención para ejecutar una orden de expulsión del territorio nacional. Vulneración del derecho a la libertad personal: inadmisión a trámite de una petición de habeas corpus por razones de fondo (STC 86/1996).

-Sentencia 293/2006 (Sala Primera), de 10 de octubre de 2006: Recurso de amparo 3988-2005. Promovido por don Andrés Fernández Gala frente al Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acuerda entregarlo a Francia en virtud de una euroorden para ser enjuiciado por delito de tráfico de drogas. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (intangibilidad), a la legalidad penal y a la libertad personal: entrega penal, en virtud de euroorden, concedida después de haber denegado una previa solicitud de extradición (STC 156/2002); aplicación temporal razonada de la legislación reguladora de la orden europea de detención y entrega (STC 83/2006); incumplimiento de plazos formales.

-Sentencia 281/2006 (Sala Primera), de 9 de octubre de 2006: Recurso de amparo 1829-2003. Promovido por don Luis Silveira Cabanas frente a las Sentencias de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le condenaron por delito contra la salud pública. Supuesta vulneración de los derechos al secreto de las comunicaciones y a un proceso con garantías: paquete postal que contenía droga interceptado en el extranjero sin autorización judicial, no preceptiva porque no se trata de una comunicación postal; las garantías sobre documentación de asistencia judicial y sobre entregas vigiladas son de rango legal.

-Sentencia 270/2006 (Pleno), de 13 de septiembre de 2006: Conflicto positivo de competencia 5973-2001. Promovido por el Gobierno de la Nación respecto al Decreto del Gobierno Vasco 117/2001, de 26 de junio, de medidas para la normalización lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Competencias sobre administración de justicia: perfil lingüístico en las relaciones de puestos de trabajo de los cuerpos nacionales de funcionarios judiciales; conocimiento del euskera (STC 253/2005). Nulidad de preceptos autonómicos. Votos particulares.

-Sentencia 254/2006 (Sala Primera), de 11 de septiembre de 2006: Recurso de amparo 332-2003. Promovido por don Abdesslam Chaib respecto al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de las Palmas de Gran Canaria, que denegó la suspensión provisionalísima de su expulsión del territorio nacional. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: inadmisión del recurso de amparo por no haber agotado los recursos en la vía judicial contencioso-administrativa previa mediante súplica.

Nota: Más información en la página web del Tribunal Constitucional.

martes, 26 de agosto de 2008

Bibliografía (Artículo doctrinal)


The Choice-of-Law Rules of the European Community Regulation on the Law Applicable to Non-Contractual Obligations: Simple and Predictable, Consequences-Based, or Neither?
RUSSELL J. WEINTRAUB (Professor of Law and holder of the Powell Chair Emeritus, University of Texas School of Law)
Texas International Law Journal, vol. 43 (2008), núm. 3.

En su plan de trabajo, el autor señala: "There is now an extensive law-and-economics literature devoted to choice of law. Sections II and III summarize this economics approach to drafting conflicts rules and evaluate Rome II under this perspective. Sections IV and V outline a consequences-based approach to choice-of-law and appraise the extent to which Rome II is consistent with this methodology."

Las Conclusiones a las que llega el autor son las siguientes:
"Rome II provides reasonably foreseeable answers to choice-of-law issues. The various exceptions to the regulation‘'s rules create the major predictability problems: (1) the cryptic "more closely connected" exception that appears in the general rule of article 4 and in several other articles, (2) the "public policy" exception of article 26, and (3) the "mandatory provisions" exception of article 16. The uncertainty caused by these exceptions can be alleviated by (1) replacing the "more closely connected" language with a reference to the country that will experience the consequences if its law is not applied (2) providing that if a court refuses on "public policy" grounds to apply the law that Rome II selects, the court is not to seize this excuse to apply its own law, but is to dismiss without affecting the plaintiff'‘s ability to sue elsewhere and (3) giving some guidance as to what can qualify as internationally "mandatory" forum law.

The common residence exception to application of the law of the place of damage is partially, but insufficiently, consequences oriented. Rome II gets high marks for including time limitations and burden of proof within the scope of its rules. If it is to achieve its main purpose of making the result independent of the forum, Rome II should clearly indicate that quantification of damages is also within its scope."
Notas:
-Véase el texto completo del artículo.
-Sobre el artículo véase también la página web de Conflict of Laws .net.

lunes, 25 de agosto de 2008

Bibliografía - Novedad editorial


Se ha publicado la obra "La Ley 54/2007 de 28 de diciembre 2007 sobre adopción internacional (Reflexiones y comentarios)", escrita por A.-L. Calvo Caravaca y J. Carrascosa González y publicada por Editorial Comares, Colección Derecho Internacional.

Según afirman sus autores en el Prólogo, "el propósito de esta obra es ofrecer al lector una panorámica global del régimen jurídico de la adopción internacional en Derecho español tras la entrada en vigor, el 30 diciembre 2007, de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de adopción internacional. Dicha Ley ha comportado una muy profunda reordenación de las soluciones legales en la materia, cuyas más destacadas novedades son objeto de tratamiento en la presente exposición. Las nuevas orientaciones metodológicas que incorpora la Ley 54/2007, así como las soluciones, en ocasiones, auténticamente vanguardistas que contiene dicho texto han aconsejado a los autores ofrecer un conjunto de pautas de interpretación de la Ley 54/2007 y una explicación del círculo hermenéutico de la misma, que pueden resultar útiles para la defensa del interés superior del menor en la adopción internacional. Junto a ello, la obra expone, de un modo contenido, las soluciones jurídicas del muy importante Convenio de La Haya de 29 mayo 1993, relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, texto en vigor para España desde el 1 noviembre 1995. Dicho esto, debe insistirse en que la presente aportación se centra preferentemente en la citada Ley 54/2007. Esta Ley representa, en este sentido, una apuesta muy decidida por la innovación legal en un campo tan sensible e importante como la adopción internacional. Y es que, como escribió el gran Séneca, numquam invenietur si contentis fuerimus inventis: nunca se descubriría nada si nos conformásemos con las cosas ya descubiertas (Seneca, Cartas)".

Extracto del índice de la obra:
PRESENTACIÓN .

Primera Parte - LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL: CUESTIONES BÁSICAS
1. La adopción internacional. Aspectos generales
2. Regulación legal de la adopción internacional: del caos normativo a la Ley 54/2007 de 28 de diciembre 2007 de adopción internacional
3. Concepto de adopción internacional y ámbito de aplicación de la Ley de adopción internacional 2007
4. Itinerarios legales para la constitución de adopción internacional

Segunda Parte - CONSTITUCIÓN DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL POR LAS AUTORIDADES ESPAÑOLAS
1. Circunstancias que imposibilitan o condicionan la adopción internacional
2. Constitución de la adopción internacional en España por juez español: fase administrativa. Aspectos generales
3. Constitución de la adopción internacional por juez español: competencia judicial internacional
4. Modificación, revisión, nulidad y conversión en adopción plena: competencia judicial internacional
5. Adopción por cónsules españoles: competencia judicial internacional
6. Ley reguladora de la adopción internacional: aspectos generales
7. Ley reguladora de la adopción internacional: aplicación de la ley española
8. Ley reguladora de la adopción internacional: aplicación de la ley extranjera
9. Ley aplicable a la adopción consular
10. Ley aplicable a la conversión, nulidad y revisión de la adopción

Tercera Parte - EFECTOS JURÍDICOS EN ESPAÑA DE LAS ADOPCIONES CONSTITUIDAS POR AUTORIDADES EXTRANJERAS
1. Efectos en España de adopciones extranjeras: aspectos generales
2. Efectos en España de adopciones extranjeras: convenios internacionales bilaterales
3. Efectos en España de adopciones extranjeras: régimen de producción interna
4. Adopciones internacionales y Convenio de La Haya de 29 mayo 1993: aspectos generales
5. Adopciones internacionales y Convenio de La Haya de 29 mayo 1993: procedimiento administrativo previo de la adopción internacional
6. Adopciones internacionales y Convenio de la Haya de 29 mayo 1993: validez extraterritorial de la adopción internacional

Cuarta Parte - OTROS ASPECTOS DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL
1. Intervención de entidades colaboradoras en la adopción internacional
2. Efectos de la filiación adoptiva en supuestos internacionales
3. Inscripción de la adopción en el Registro Civil español
4. Las adopciones simples. Efectos jurídicos en España
5. Las adopciones simples. Conversión en adopción plena
6. La kafalah del Derecho islámico
7. Acogimiento familiar de menores en casos internacionales

domingo, 24 de agosto de 2008

Rome I Regulation Conference - 'New Choice of Law Rules in Contract'


Journal of Private International Law Conference
The Rome I Regulation: New Choice of Law Rules in Contract
Friday 19th September 2008
Herbert Smith, Exchange House, London

PROGRAMA:
9.30am – 10.00am: Registration and Coffee/Tea
10.00am – 10.15am: Opening and Keynote Address: The Honourable Mr Justice Richard Plender, Royal Courts of Justice, ‘Towards a European Private International Law of Obligations‘
10.15am – 11.30am: The General Framework
(Chair: Professor Paul Beaumont, University of Aberdeen)
· Raquel Correia, Legal Adviser and JHA Counsellor, Portuguese Permanent Representation to the European Union
· Andrew Dickinson, Clifford Chance LLP, London; Visiting Fellow in Private International Law, British Institute of International and Comparative Law
· Dr Michael Hellner, University of Uppsala
· Oliver Parker, Legal Adviser, Ministry of Justice
11.30am – 12.00pm: Coffee/Tea Break
12.00pm–1.00pm: Insurance
(Chair: Adam Johnson, Partner, Herbert Smith LLP)
· Richard Lord QC, Brick Court Chambers
· Professor Robert Merkin, University of Southampton
· Louise Merrett, Trinity College, University of Cambridge; Fountain Court Chambers
1.00pm – 2.15pm: Lunch
2.15pm – 3.15pm: E-Commerce and IP
(Chair: Professor Gerrit Betlem, University of Southampton)
· Richard Fentiman, Queens’ College, University of Cambridge
· Dr Julia Hörnle, Queen Mary, University of London
· Professor Paul Torremans, University of Nottingham
3.15pm – 4.30pm: Financial Services
(Chair: Professor Jonathan Harris, University of Birmingham; Brick Court Chambers)
· Professor Michael Bridge, London School of Economics, University of London
· Professor Francisco Garcimartin Alférez, University of Madrid Rey Juan Carlos
· Dr Joanna Perkins, Secretary of the Financial Markets Law Committee
· Charles Proctor, Partner, Bird & Bird; Honorary Professor, University of Birmingham
4.30pm – 5.00pm: Coffee/Tea Break
5.00pm – 5.30pm: Panel Discussion
(Chair: Murray Rosen QC, Partner, Herbert Smith LLP)
5.30pm: Drinks Reception
Accredited with CPD by both the Solicitors Regulation Authority (5.5 hours) and the Bar Standards Board (5 hours)

Nota: Para más información véase la página web de Conflict of Laws .net. Más información sobre el formulario de inscripción y derechos de inscripción.

Bibliografía (Publicaciones periódicas) - Novedades 17 a 24 agosto


-Civitas. Revista Española de Derecho Europeo: núm. 26, 2008.
-Netherlands Yearbook of International Law: núm. 38, 2007.

sábado, 23 de agosto de 2008

Ley francesa sobre mordenización de la economía


El día 6 de agosto entró en vigor en Francia la LOI n° 2008-776 du 4 août 2008 de modernisation de l'économie (JORF n° 181 du 5 août 2008 page 12471). Esta Ley modifica una gran cantidad de disposiciones del ordenamiento jurídico francés, tales como normas societarias, fiscales, laborales y civiles. Por ejemplo, el art. 18 incide sustancialmente en la regulación de la fiducia. Son un total de 125 medidas que modifican otras tantas disposiciones (mantengo las denominaciones originales para evitar problemas de traducción y equivalencia con nuestro sistema de fuentes legales): 63 décrets en Conseil d’Etat, 49 décrets simples, 11 arrêtés, 2 décrets en Conseil des ministres.

Para un análisis detallado de esta Ley y su contenido pueden consultarse las siguientes direcciones de Internet:
-Assemblée nationale y Sénat, para su tramitación.
-Loi de Modernisation de l'économie, para información general.
-Le petit Musée des Marques y Lvcentinvs, para las disposiciones sobre IP.

viernes, 22 de agosto de 2008

Documentos COM


-COM(2008) 458 final (Bruselas, 16.7.2008): Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (presentada por la Comisión) {SEC(2008) 2263} {SEC(2008) 2264}

-COM(2008) 461 final (Bruselas, 16.7.2008): INFORME DE LA COMISIÓN AL CONSEJO. Evaluación de las medidas transitorias para la adquisición de propiedades agrícolas establecidas en el Tratado de Adhesión de 2003.

-COM(2008) 464 final (Bruselas, 16.7.2008): Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines (presentada por la Comisión) {SEC(2008) 2287} {SEC(2008) 2288}.

-COM(2008) 465 final (Bruselas, 16.7.2008): COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO Y AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO. Derechos de propiedad industrial: una estrategia para Europa.

-COM(2008) 466 final (Bruselas, 16.7.2008): LIBRO VERDE Derechos de autor en la economía del conocimiento.

-COM(2008) 486 final (Bruselas, 23.7.2008): CUARTO INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre el mantenimiento por determinados terceros países de la obligación de visado infringiendo el principio de reciprocidad de conformidad con el artículo 1.5 del Reglamento (CE) n° 539/2001 del Consejo por el que se establece la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esta obligación, modificado por el Reglamento (CE) n° 851/2005 en lo que respecta al mecanismo de reciprocidad.

-COM(2008) 492 final (Bruselas, 29.7.2008): Propuesta de DIRECTIVA DEL CONSEJO relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, escisiones parciales, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros y al traslado del domicilio social de una SE o una SCE de un Estado miembro a otro (Versión codificada) (presentada por la Comisión).

jueves, 21 de agosto de 2008

BOE de 21-8-2008


LEY 8/2008 de la Comunidad Autónoma de Galicia, de 10 de julio, de salud de Galicia.
Nota: Véase el art. 4.1, en el que se garantiza el derecho a la protección de la salud y a la asistencia sanitaria a todas las personas que residan en los municipios de la comunidad autónoma; igualmente se garantiza a los transeúntes "en la forma y condiciones que establezca la legislación vigente, el derecho comunitario y europeo y los convenios nacionales o internacionales que resulten de aplicación, así como a todos los gallegos y gallegas de origen o ascendencia que, residiendo fuera de Galicia, se vean amparados por los convenios al efecto, en la manera y condiciones establecidas en los mismos".
Véase también el Título IV, en el que se reglamentan las relaciones del Sistema Público de Salud de Galicia con la Unión Europea (arts. 82 y 83), con la Administración general del Estado (art. 84), con otras comunidades autónomas (art. 85) y con las comunidades gallegas en el exterior (art. 86).
[BOE n.202, de 21-8-2008]

martes, 19 de agosto de 2008

BOE de 19-8-2008


LEY 12/2008 de la Comunitat Valenciana, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana.

Nota: En esta disposición cabe destacar los siguientes preceptos:
- Por lo que se refiere al respeto y consideración a las normas internacionales: art. 4, letra a); art. 5.1; art. 7, aps. 1 y 4; art. 162.2; art. 163.1, letra g)
- Creación de la "Unidad del Niño Internacional" con competencias en materia de adopción internacional y de inmigración: art. 30.3
- En relación con los menores extranjeros que se encuentren en la Comunitat Valenciana véase el art. 63
- Disposiciones específicas para supuestos de adopción internacional: art. 123, letra
b); art. 125; art. 126, aps. 1, 3 y 4; art. 127.1
[BOE n.200, de 19-8-2008]

lunes, 18 de agosto de 2008

ISDC - Colloque 'Legal Engineering and Comparative Law'


Legal Engineering and Comparative Law – Ingénierie juridique et droit comparé – Legal Engineering und Rechtsvergleichung
Colloque du 25e anniversaire de L'Institut suisse de droit comparé (ISDC)
Lausanne - Suisse
(vendredi 29 août 2008)

PROGRAMA:
8:30 h: Registration
9:00 h: Welcoming address: Dr. Eleanor Cashin Ritaine, Director (ISDC)
9:10 h: Session 1:
· Chair: Prof. Romano Prodi, Former Prime Minister of Italy, Former President of the European Commission
· Speakers: Dr. Eleanor Cashin Ritaine, Director (ISDC). Legal Engineering and Comparative Law, or How to Combine Fundamental and Applied Research in Comparative Law
Prof. Geoffrey Samuel (Kent University, United Kingdom). Linking Form, Structure and Content in Comparative Law
Prof. Hans Schulte–Nolke (Osnabrück University, Germany). Principles/Definitions/Model Rules The Draft Common Frame of Reference (DCFR)
· Discussion
10:30 h: Coffee Break
11:00 h: Session 2:
· Chair: Prof. Andrea Bonomi, Lausanne University
· Speakers: Prof. Jan M. Smits (Tilburg University, The Netherlands). Competition between Legal Systems
Prof. Michael Bogdan (Lund University, Sweden). Cooperation between Legal Systems: the Nordic Model
Prof. Annelise Riles (Cornell University, USA). Legal Cultures: a Systemic Limit for Legal Transplants?
· Discussion
12:20 h: Lunch Break
13:50 h: Session 3:
· Chair: Prof. Franz Werro, Fribourg University (Switzerland), Georgetown University (Washington, USA)
· Speakers: Dr. Yehuda Adar (ONO Academic College, Israel). Legal Engineering in Israeli law: Codification and Unification of the Law of Remedies
Prof. Ko Hasegawa (Hokkaido University, Japan). Between Rights and Kenri: An Aspect of the Translation of Legal Concepts from West to East
Me Dominique Brown–Berset, Avocat, (Genève). Legal Engineering in International Contracts and Arbitration
· Discussion
15:10 h: Coffee Break
15:40 h: Session 4:
· Chair: Prof. Pierre Widmer, former Director (ISDC)
· Speakers: Prof. Sjef van Erp (Maastricht University, The Netherlands). Mechanics of Comparative Law: Deconstruction and Reconstruction of Systems in Property Law
Prof. Mark van Hoecke (Ghent University, Belgium and Tilburg University, The Netherlands). Europeanisation, Harmonisation and Legal Doctrine
Prof. Robert Leckey (McGill University, Canada). Translation and/or Interpretation of Legal Concepts in Comparative Law
· Discussion
17:00 h: Close of the Conference
Scientific organization: Dr Eleanor Cashin Ritaine, Directrice de l'ISDC, Dr Elodie Arnaud, Juriste Responsable de la communication de l’ISDC.
Informations: Martine Do (martine.do@isdc_ dfjp.unil.ch). Tel. +41(0)21 692 4911 - Fax +41(0)21 692 4949 - www.isdc.ch.


Nota: Para más información consultar el programa detallado del evento o la página web del Institut suisse de droit comparé (ISDC).

viernes, 15 de agosto de 2008

Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea


-Asuntos acumulados C-39/05 P y C-52/05 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 1 de julio de 2008 — Reino de Suecia, Maurizio Turco/Consejo de la Unión Europea, Reino de Dinamarca, República de Finlandia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Comisión de las Comunidades Europeas (Recurso de casación — Acceso a los documentos de las instituciones — Reglamento (CE) no 1049/2001 — Dictámenes jurídicos).
Nota: Véase la entrada de este blog de día 13-7-2008.
-Asunto C-319/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 19 de junio de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Gran Ducado de Luxemburgo (Incumplimiento de Estado — Desplazamiento de trabajadores — Libre prestación de servicios — Directiva 96/71/CE — Disposiciones de orden público — Descanso semanal — Obligación de presentar los documentos relativos a un desplazamiento mediando un simple requerimiento de las autoridades nacionales — Obligación de designar a un mandatario ad hoc residente en Luxemburgo y que conserve todos los documentos necesarios para la labor inspectora).
Nota: Véase la entrada de este blog de día 24-6-2008.
-Asunto C-201/05: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 23 de abril de 2008 [petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (Chancery Division) — Reino Unido] — The Test Claimants in the CFC and Dividend Group Litigation/Commissioners of Inland Revenue («Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento — Libertad de establecimiento — Libre circulación de capitales — Fiscalidad directa — Impuesto sobre sociedades — Dividendos de acciones que una sociedad residente percibe de una sociedad no residente — Régimen de las sociedades extranjeras controladas (SEC) — Situación con relación a un país tercero — Calificación de las reclamaciones interpuestas contra la Administración tributaria — Responsabilidad de un Estado miembro por infracción del Derecho comunitario».
Nota: Restricción indirecta al libre movimiento de capitales mediante disposiciones fiscales.
-Asunto C-236/08: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 3 de junio de 2008 — Google France, Google Inc./Louis Vuitton Malletier.
Cuestiones prejudiciales planteadas:
"1) En el caso del prestador de un servicio remunerado de remisión a sitios web que pone a disposición de los anunciantes palabras clave que reproducen o imitan marcas registradas y, mediante el contrato de remisión a sitios web, organiza la creación y la aparición en pantalla en una posición privilegiada, a partir de dichas palabras clave, de enlaces publicitarios hacia sitios web en los que se ofrecen productos falsificados, ¿el artículo 5, apartado 1, letras a) y b), de la Directiva 89/0104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas, y el artículo 9, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria, deben interpretarse en el sentido de que el prestador de dicho servicio hace un uso de estas marcas que el titular de las mismas está facultado para prohibir?
2) En el supuesto de que las marcas de que se trata sean marcas de renombre, ¿puede el titular de las mismas oponerse a dicho uso en base al artículo 5, apartado 2, de la Directiva y al artículo 9, apartado 1, letra c), del Reglamento?
3) En el supuesto de que dicho uso no constituya un uso que el titular de la marca esté facultado para prohibir, en aplicación de la Directiva y del Reglamento, ¿puede estimarse que el prestador del servicio remunerado de remisión a sitios web suministra un servicio de la sociedad de la información consistente en almacenar datos facilitados por el destinatario del servicio, en el sentido del artículo 14 de la Directiva 2000/31, de 8 de junio de 2000 [Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior («Directiva sobre el comercio electrónico»)], de modo que no podría incurrir en responsabilidad antes de que el titular de la marca le haya informado de que el anunciante hace un uso ilícito de dicha marca?"
-Asunto C-237/08: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 3 de junio de 2008 — Google France/Viaticum, Luteciel.
Cuestiones planteadas:
"1) En el caso del prestador de un servicio remunerado de remisión a sitios web que pone a disposición de los anunciantes palabras clave que reproducen o imitan marcas registradas y, mediante el contrato de remisión a sitios web, organiza la creación y la aparición en pantalla en una posición privilegiada, a partir de dichas palabras clave, de enlaces publicitarios hacia sitios web en los que se ofrecen productos idénticos o similares a aquéllos para los que fueron registradas dichas marcas, ¿el artículo 5, apartado 1, letras a) y b), de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas, debe interpretarse en el sentido de que el prestador de dicho servicio hace un uso de estas marcas que el titular de las mismas está facultado para prohibir?
2) En el supuesto de que dicho uso no constituya un uso que el titular de la marca esté facultado para prohibir, en aplicación de la Directiva y del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria, ¿puede estimarse que el prestador del servicio remunerado de remisión a sitios web suministra un servicio de la sociedad de la información consistente en almacenar datos facilitados por el destinatario del servicio, en el sentido del artículo 14 de la Directiva 2000/31, de 8 de junio de 2000, de modo que no podría incurrir en responsabilidad antes de que el titular de la marca le haya informado de que el anunciante hace un uso ilícito de dicha marca?"
-Asunto C-238/08: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 3 de junio de 2008 — Google France/CNRRH, Pierre-Alexis Thonet, Bruno Raboin, Tiger, franquiciada de «Unicis».
Cuestiones planteadas:
"1) ¿El hecho de que una empresa reserve, mediante un contrato de remisión remunerada a sitios web en Internet, una palabra clave que haga aparecer en pantalla, en el caso de una búsqueda que incluya dicha palabra, un enlace que proponga conectarse con un sitio web explotado por dicha empresa para ofrecer en venta productos o servicios, y que reproduzca o imite una marca registrada por un tercero para designar productos idénticos o similares, sin autorización del titular de dicha marca, constituye en sí mismo una vulneración del derecho exclusivo que el artículo 5 de la Primera Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, garantiza al titular de la marca?
2) En el caso del prestador de un servicio remunerado de remisión a sitios web que pone a disposición de los anunciantes palabras clave que reproducen o imitan marcas registradas y, mediante el contrato de remisión a sitios web, organiza la creación y la aparición en pantalla en una posición privilegiada, a partir de dichas palabras clave, de enlaces publicitarios hacia sitios web en los que se ofrecen productos idénticos o similares a aquéllos para los que fueron registradas dichas marcas, ¿el artículo 5, apartado 1, letras a) y b), de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas, debe interpretarse en el sentido de que el prestador de dicho servicio hace un uso de estas marcas que el titular de las mismas está facultado para prohibir?
3) En el supuesto de que dicho uso no constituya un uso que el titular de la marca esté facultado para prohibir, en aplicación de la Directiva y del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria, ¿puede estimarse que el prestador del servicio remunerado de remisión a sitios web suministra un servicio de la sociedad de la información consistente en almacenar datos facilitados por el destinatario del servicio, en el sentido del artículo 14 de la Directiva 2000/31, de 8 de junio de 2000, de modo que no podría incurrir en responsabilidad antes de que el titular de la marca le haya informado de que el anunciante hace un uso ilícito de dicha marca?"
-Asunto C-261/08: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (España) el 19 de junio de 2008 — María Julia Zurita García/Delegado del Gobierno en la Región de Murcia.
Cuestión planteada al TJCE:
"De acuerdo con el Tratado Constitutivo de las Comunidades Europeas, en especial su artículo 62, 1 y 2 a), así como el Reglamento 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006 por el que se establece un código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), en particular sus artículos 5, 11 y 13: ¿Deben interpretarse las anteriores normas en el sentido de que se oponen a una regulación, como la nacional y la jurisprudencia que la interpreta, que posibilita la sustitución de la expulsión, de todo aquel «nacional de un tercer país» que no disponga de título habilitante para la entrada y permanencia en el territorio de la Unión Europea, por la imposición de una multa?"
-Asunto C-266/08: Recurso interpuesto el 19 de junio de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de España.
Nota: la Comisión solicita al Tribunal que, "al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse a la Directiva 2004/81/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes y, en cualquier caso, al no haberlas comunicado a la Comisión, el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 17 de dicha Directiva".
-Asunto C-272/08: Recurso interpuesto el 24 de junio de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de España.
Nota: La Comisión solicita al TJCE que declare que, "al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse a la Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida y, en cualquier caso, al no haber comunicado dichas disposiciones a laComisión, el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 38 de dicha Directiva".
[DOUE C209, de 15-8-2008]

DOUE de 15-8-2008


-Decisión Marco 2008/675/JAI del Consejo, de 24 de julio de 2008, relativa a la consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros de la Unión Europea con motivo de un nuevo proceso penal.
Nota: Esta Decisión tiene por objeto "establecer las condiciones en las cuales se tienen en cuenta, con motivo de un proceso penal contra una persona en un Estado miembro, las condenas anteriores pronunciadas en otros Estados miembros contra la misma persona por hechos diferentes" (art. 1).
[DOUE L220, de 15-8-2008]

-Propuestas legislativas adoptadas por la Comisión.

[DOUE C208, de 15-8-2008]

BOE de 15-8-2008


Instrumento de ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006.

[BOE n.197, de 15-8-2008]

jueves, 14 de agosto de 2008

DOUE de 14-8-2008


-Documentos COM distintos de las propuestas legislativas adoptadas por la Comisión.

-Notificaciones por parte de Italia, Malta y Eslovaquia según el artículo 37 del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) — La obligación de los nacionales de terceros países de señalar su presencia en el territorio de un Estado miembro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, letra d).

-Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) nº 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Nota: En relación con la actualización de la mencionada lista véanse DOUE C247, de 13-10-2006, p. 1; DOUE C153, de 6-7-2007, p. 5; DOUE C192, de 18-8-2007, p. 11; DOUE C271, de 14-11-2007, p. 14; DOUE C57, de 1.3.2008, p. 31; DOUE C134, de 31-5-2008, p. 14.
[DOUE C207, de 14-8-2008]

BOE de 14-8-2008


-CANJE de Notas entre el Reino de España y la República de Filipinas sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 28 de noviembre de 2007 y 23 de abril de 2008.

[BOE n.196, de 14-8-2008]

miércoles, 13 de agosto de 2008

Sentencia del TJCE en el segundo caso de PPU


El Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea ha dictado su segunda sentencia en el marco de un Procedimiento Prejudicial de urgencia (PPU):

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera), de 12 de agosto de 2008, en el asunto C‑296/08 PPU (Santesteban Goicoechea): Cooperación policial y judicial en materia penal – Decisión marco 2002/584/JAI – Artículos 31 y 32 – Orden de detención europea y procedimientos de entrega entre Estados miembros – Posibilidad de que el Estado de ejecución de una solicitud de extradición aplique un convenio adoptado antes del 1 de enero de 2004, pero que no ha sido aplicable en dicho Estado hasta una fecha posterior.

El proceso ha girado entorno a la interpretación de los arts. 31 y 32 de la Decisión marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros.
Cuestiones prejudiciales planteadas:
"1) La inexistencia de notificación, en virtud del artículo 31, apartado 2, de la Decisión marco [...], por parte de un Estado miembro –en este caso, [el Reino de] España– de su intención de seguir aplicando acuerdos bilaterales o multilaterales, ¿implica, por aplicación del término «sustituirán» del artículo 31 de dicha Decisión marco, la imposibilidad de que dicho Estado miembro utilice, en relación con otro Estado miembro –en este caso [la República Francesa], que ha hecho una declaración en virtud del artículo 32 de la Decisión marco–, procedimientos distintos de la orden de detención europea?
En caso de respuesta negativa a la cuestión precedente, se solicita una respuesta a la siguiente cuestión:
2) Las reservas efectuadas por el Estado de ejecución, ¿permiten la aplicación en este Estado [del Convenio de 1996], es decir, anterior al 1 de enero de 2004, pero que entró en vigor en dicho Estado de ejecución con posterioridad a aquella fecha de 1 de enero de 2004 contemplada en el artículo 32 de la Decisión marco?"
Fallo del Tribunal:
"1) El artículo 31 de la Decisión marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, debe interpretarse en el sentido de que sólo se refiere al supuesto en que el régimen de orden de detención europea es aplicable, lo que no ocurre cuando una solicitud de extradición se refiere a actos cometidos antes de una fecha indicada por un Estado miembro en una declaración efectuada al amparo del artículo 32 de dicha Decisión marco.
2) El artículo 32 de la Decisión marco 2002/584 debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que un Estado miembro de ejecución aplique el Convenio relativo a la extradición entre los Estados miembros de la Unión Europea, establecido por acto del Consejo de 27 de septiembre de 1996 y firmado en la misma fecha por todos los Estados miembros, aun cuando el inicio de la aplicación de este Convenio en dicho Estado miembro sea posterior al 1 de enero de 2004."