jueves, 24 de marzo de 2022

Congreso Internacional sobre 'Protección de la niñez, la adolescencia y la juventud en situaciones transfronterizas' (Granada 20, 21 y 22 de junio de 2022)

 

CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD EN SITUACIONES TRANSFRONTERIZAS: RETOS Y PROPUESTAS JURÍDICAS DESDE LAS PERSPECTIVAS DE GÉNERO, DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LA INFANCIA

Granada 20, 21 y 22 de junio de 2022

 

Congreso Semipresencial, Sala Triunfo. Complejo Administrativo Hospital Real. Granada, España.
Directora académica: Ángeles Lara Aguado (UGR)
Comité organizador:  María Ruiz Cabeza (Presidenta de Alianza Pro Derechos Humanos RATT internacional), María Encarnación Vílchez Vivanco (UGR), María Virtudes Pérez Ropero (UGR), Daniel J. González López (UGR), Pablo Melgarejo Cordón (UGR)

 
La Constitución española y los Convenios internacionales de derechos humanos ratificados por nuestro país conciben a la infancia, a la adolescencia o a la juventud como titulares de derechos, sin que en el ejercicio de los mismos pueda existir discriminación por razón de sexo, raza, religión u otras circunstancias personales o sociales. Sin embargo, cuando estas personas se encuentran en situaciones de movilidad transfronteriza se hallan sometidas a especiales factores de vulnerabilidad física y jurídica, que, a veces conducen a la violación de sus derechos o a la imposibilidad de hacerlos efectivos. El ordenamiento jurídico debe garantizar la efectividad de los derechos de las y los menores que protagonizan relaciones privadas internacionales, para lo cual deben responder a los retos derivados de la movilidad internacional. Algunos de estos desafíos, siendo clásicos, como la continuidad del estatuto personal en el espacio, la violencia de género en sus diversas manifestaciones, los problemas de las migraciones en solitario, las variadas formas de protección de menores, etc., adquieren unos rasgos diferenciales con los desarrollos recientes de las actuales relaciones jurídico-sociales. En este congreso internacional se ofrecen los resultados de la investigación llevada a cabo en el marco del Proyecto I+D+i FEDER/Junta de Andalucía-Consejería de Economía y Conocimiento, SEJ-101-UGR18: “Herramientas de Derecho internacional privado para la protección de los niños y niñas, adolescentes y jóvenes en situaciones transfronterizas: identificación de problemas y propuesta de solución desde la perspectiva de género", cuya IP es Ángeles Lara Aguado y en el que se han abordado desde las perspectivas de género, de la infancia y de los derechos humanos las principales necesidades de las y los menores en situaciones de movilidad internacional y se hacen propuestas para mejorar la garantía de derechos que ofrece el ordenamiento jurídico para estas personas. El congreso tendrá una gran difusión, al estar disponibles las ponencias en acceso abierto a través de la página web del congreso y Youtube. 

PROGRAMA

Lunes, 20 de junio de 2022

Mañana
8:30h Recepción.
9:00h. Inauguración: Pilar Aranda Ramírez. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada. José Luis Pérez-Serrabona González. Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada. Ángeles Lara Aguado. Directora Académica

9:30h a 11:00h: PRIMERA MESA: INTERÉS DE LA INFANCIA Y SU FAMILIA EN SITUACIONES TRANSFRONTERIZAS DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Modera: Mercedes Moya Escudero. Catedrática de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.
“Perfil sociolaboral de los hogares de las y los menores extranjeros en España”. Jacobo Muñoz Comet. Prof. Titular de Sociología. Universidad Nacional de Educación a Distancia.
 “Menores inmigrantes en la UE: reflexiones desde la perspectiva de género”. Valentina Faggiani. Profa. Titular Derecho de Constitucional. Universidad de Granada
“El interés de los niños y niñas en situaciones transfronterizas: claves para su concreción desde las perspectivas de género, de los derechos humanos y de la infancia”. Ángeles Lara Aguado. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.
“El derecho al respeto a la vida familiar internacional de las niñas y los niños”. María Victoria Cuartero Rubio. Catedrática de Derecho internacional privado. Universidad de Castilla-La Mancha.
Descanso

12:00h-14:00h. SEGUNDA MESA: IDENTIDAD PERSONAL DE LOS Y LAS MENORES EN SITUACIONES TRANSFRONTERIZAS DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Modera: Andrés Rodríguez Benot. Catedrático de Derecho internacional privado. Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
“El derecho a la identidad personal y su impacto en el sistema de Derecho internacional privado, en especial, en el ámbito del reconocimiento de decisiones”. Gloria Esteban de la Rosa. Catedrática de Derecho internacional privado. Universidad de Jaén.
“Derecho al nombre e identidad del menor en situaciones transfronterizas". Irene Blázquez Rodríguez. Profa. Titular de Derecho internacional privado de la Universidad de Córdoba.
“La niñez y la adolescencia ante las leyes trans”. Altamira Gonzalo Valgañón. Jurista feminista, ex Vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Feministas Themis y ex Presidenta del Consejo Asesor para las políticas de Igualdad del PSOE.
“Identidad de género de las personas menores de edad en el ordenamiento jurídico español”. Mª del Carmen García Garnica. Catedrática de Derecho civil. Universidad de Granada.
Tarde
16:00h-18:00. TERCERA MESA: PROTECCIÓN JURÍDICA FRENTE A LAS DIFERENTES CARAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Modera: Juana María Gil Ruiz. Catedrática de Filosofía del Derecho. Universidad de Granada.
“Instrumentos jurídicos para la protección de la infancia y adolescencia frente a la violencia de género: ¿realidad o ficción?”. Paula Reyes Cano. Profa. sustituta interina de Filosofía del Derecho. Universidad de Granada.
"El Derecho internacional privado como mecanismo para la prevención, erradicación y protección de las niñas víctimas de matrimonio infantil forzado”. María Dolores Adam Muñoz. Catedrática de Derecho internacional privado. Universidad de Córdoba.
“El derecho de visita transfronterizo en supuestos de violencia doméstica”. Nuria Marchal Escalona. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.
18:30h-20:30h. CUARTA MESA: LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD EN PROCESOS MIGRATORIOS (I)
Modera: Gloria Gámez Vargas. Presidenta del Grupo de Extranjería del Iltre. Colegio de Abogados de Granada.
“Aspectos médico forenses en relación con menores en situaciones transfronterizas”. Ángeles Sepúlveda García de la Torre. Dra. en Medicina y Cirugía, especialista en Medicina Legal y Forense, ex Directora General de Violencia de Género y Presidenta de la Asociación internacional de Juristas y Ciencias Forenses Interiuris.
“Interés superior del menor en procedimientos de extranjería”. Ana Torres Rodríguez. Abogada del Iltre. Colegio de Abogados de Granada.
“Problemas actuales para la determinación de la edad de las y los menores extranjeros no acompañados: individualización en cuanto al tratamiento desde una perspectiva de género”. Vladimir Núñez. Abogado Iltre. Colegio de Abogados Valencia.
“La actuación de nuestro país en materia de menores a la vista de los dictámenes del Comité de Derechos del Niño”. Cristóbal Fábrega Ruiz. Fiscal delegado de Extranjería e Inmigración. Fiscal delegado de Familia. Fiscalía Provincial de Jaén.

Martes, 21 de junio de 2022

Mañana
9:00h-11:00h. QUINTA MESA: PROTECCIÓN DE MENORES EN OTRAS SITUACIONES DE VULNERABILIDAD

Modera: Francisco Javier García Castaño. Catedrático de Antropología Social de la Universidad de Granada y Director del Instituto de Migraciones de la UGR
“Protección social y estatuto jurídico de menores transfronterizos: una visión en clave de género”. Luis Ángel Trigueros Martínez. Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Granada.
“La autonomía reproductiva de las adolescentes extranjeras en España: retos para el Derecho”. Juana María González Moreno. Profa. Sustituta interina, Dpto. Derecho público y Filosofía del Derecho. Universidad de Cádiz.
“Propuesta de lege ferenda de atribución de la nacionalidad española a la menor extranjera no acompañada que ha sido madre como consecuencia de un delito en los términos del artículo 111 del Código civil”. María Jesús Jiménez Linares. Profa. Titular de Derecho Civil. Universidad de Granada.
“Las transferencias internacionales de datos personales y la protección de los menores de edad y sus datos en la normativa europea y española”, Francisco Javier Durán Ruiz. Prof. Titular de Derecho Administrativo. Universidad de Granada.

Descanso

11:30-14:00h. SEXTA MESA: PROTECCIÓN DE MENORES EN EL MARCO DEL DERECHO INTERNACIONAL DE FAMILIA

Modera: María Jesús Jiménez Linares. Profa. Titular de Derecho civil. Universidad de Granada.
“La kafala des énfants abandonnés: des acquis et des limites à dépasser”. Jamila Ouhida. Profesora de Derecho internacional privado. Université Mohammed V-Rabat (Marruecos)
“La guarda de hecho en la Ley 8/2021”. Julia Ruiz-Rico Ruiz Morón. Catedrática de Derecho Civil. Universidad de Granada.
“Las autoridades competentes para la protección de los niños y niñas: un análisis comparado de las normas aplicables a nivel europeo y en las relaciones con terceros Estados”, Beatriz Campuzano Díaz. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Sevilla y Mª Ángeles Rodríguez Vázquez. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Sevilla.
“Protección de menores mediante el establecimiento de mecanismos tendentes a facilitar la obtención de alimentos en el extranjero”. Ricardo Rueda Valdivia. Prof. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.
“El interés superior de la infancia y adolescencia, la violencia de género/doméstica y el traslado internacional a la luz del Derecho de asilo europeo”, Carmen Ruiz Sutil. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.

Tarde

16:00h- 18:00h. SÉPTIMA MESA: PROTECCIÓN DE LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD MIGRANTE: RETOS DESDE LAS FRONTERAS DE ORIGEN (I)

Modera: María Ruiz Cabeza. Abogada del ICAGR y Coordinadora en Europa de Alianza Pro Derechos Humanos: RATT internacional.
“Protección de la infancia no acompañada en frontera”. María de Jesús Hernández Garnica. Dra. en Derecho; Nephtalí Pièrre Romero Navarrete. Prof. Política criminal y Thania Martínez Bello. Profa. de Derecho Civil (México).
“Turismo de explotación sexual infantil entre la frontera dominico-haitina”. Eduardo Pérez Aguedo. Presidente de la Fundación Ratt Dominicana (República Dominicana).
“El derecho y el revés de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en las fronteras argentinas”. Adriana Estela Maggio. Profesora y especialista en Estudios de las Mujeres y de Género, Abogada y Procuradora en Buenos Aires (Argentina).
“Niñas y niños con derechos plenos: construyendo ciudadanía”, Coral Ávila Casco. Activista ciudadana mexicana y Presidenta de Mujeres en Consenso (México).

Descanso

18:30h-20:00h. OCTAVA MESA: PROTECCIÓN DE LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD MIGRANTE: RETOS DESDE LAS FRONTERAS DE ORIGEN (II)

Modera: Nuria González Martín. Investigadora titular de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México
“Niñez y migración: violencia institucional, políticas migratorias restrictivas y derechos humanos”. Maiquel Dezordi Wermuth. Prof. coordinador del programa de Posgrado en Derecho de la Universidade regional do Noroeste do Stado do Rio Grande do Sul y Prof. de Derecho Penal. Universidade Federal do Espirito Santo (Brasil).
“Intervenciones con jóvenes en situación de conflicto con la ley penal”. Luis Alfredo Giacoia. Juez de garantías del joven. Dpto. Judicial Mercedes-Buenos Aires (Argentina).
“Protección internacional de NNA en contexto de movilidad humana en Argentina”. Liliana Urrutia. Profesora de Derecho de Daños y Perjuicios. Universidad del Rosario (Argentina).

Miércoles 22 de junio

Mañana

9:00h-10:30h. NOVENA MESA: LECTURA DE COMUNICACIONES SELECCIONADAS

Modera: Lucía Serrano Sánchez (Profa. Ayudante Doctora interina de Derecho internacional privado. Universidad de Málaga)

11:30h-14:00h. DÉCIMA MESA: SECUESTRO INTERNACIONAL DE MENORES Y VIOLENCIA DE GÉNERO

Modera: Federico Garau Sobrino. Catedrático de Derecho internacional privado. Universidad de las Islas Baleares.
“La sustracción internacional de menores y las formas alternativas de solución de conflictos”. Pilar Diago Diago. Catedrática de Derecho internacional privado. Universidad de Zaragoza
"Protección del menor en la sustracción internacional de menores en el Reglamento Bruselas II ter". Isabel Reig Fabado. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Valencia.
“El derecho del menor a no ser objeto de ninguna forma de violencia en la Orden general nº 13/2011 del Comité de los Derechos del Niño y su distorsión en el contexto de las sustracciones transfronterizas". Gisela Moreno Cordero. Profa. Ayudante doctora, acred. Contratada Doctora. Universidad de Granada.

Tarde

16:00h-18:00h. DÉCIMO PRIMERA MESA: LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD EN PROCESOS MIGRATORIOS

Modera: Vicente Cabedo Mallol. Profesor Titular de Derecho Constitucional. Director de la Cátedra de Infancia y Adolescencia de la Universitat Politècnica de València.
“Procesos migratorios y víctimas de los crímenes internacionales”. Blas Jesús Imbroda Ortiz. Decano del Iltre. Colegio de Abogados de Melilla y Presidente de la Subcomisión de Extranjería y Protección internacional del Consejo General de la Abogacía Española.
“El derecho de acceso al procedimiento de protección internacional de la infancia extranjera no acompañada: interés superior del menor y enfoque de género en el sistema
europeo de asilo”. Nuria Arenas Hidalgo. Profa. Titular de Derecho internacional público. Universidad de Huelva.
“Herramientas de Derecho internacional privado para la identificación y relocalización de menores desde una perspectiva de género”. Lucía Serrano Sánchez. Prof. Ayudante Doctora interina de Derecho internacional privado. Universidad de Málaga.
“Apuntes para una intervención terapeútica con NNA en procesos migratorios: de la pérdida ambigua a la resiliencia”. María Ángeles Prieto Crespo. Psicóloga, Terapeuta de familia, Trabajadora Social y Profesora en la Universidad de Salamanca.

Descanso

18:00h-20:00h: DÉCIMO SEGUNDA MESA: PROTECCIÓN DE MENORES DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN DERECHO COMPARADO

Modera: Ricardo Rueda Valdivia. Prof. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.
"La protección internacional de los niños y de las niñas en Francia a través de la kafala: un enfoque de género". Cécile Corso. Profa. de Derecho internacional privado. Universidad Católica de Lyon-Francia.
“La restitución internacional de niños, niñas y adolescentes en Derecho internacional privado argentino: retos desde la perspectiva de género”. Candela Villegas. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Universidad Nacional de Córdoba (Argentina) y de la Universidad Siglo 21 (Argentina).
“Protección del menor sustraído tras el retorno a su país de residencia habitual: análisis de Derecho comparado”. Mercedes Soto Moya. Profa. Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Granada.
“Actualización jurisprudencial en materia de restitución internacional en Argentina”. María Virginia Piter. Abogada y Profa. de la Universidad Concepción del Uruguay (Argentina)  y Mauricio Kalejman. Abogado y Prof. de la Universidad Concepción del Uruguay (Argentina).

20:30h Clausura y entrega de distinción a las mejores comunicaciones en las modalidades de Promoción de la igualdad de género; Promoción de la lucha contra la violencia de género; Promoción de la lucha contra la trata de menores; Promoción de la protección de menores en procesos migratorios: Margarita Sánchez Romero (Vicerrectora de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad de la UGR), Francisco Cuenca Rodríguez (Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada), Olvido de la Rosa Baena (Diputada de Bienestar Social de la Excma. Diputación Provincial de Granada), María Isabel Montaño Requena (Coordinadora de la Unidad contra la Violencia de Género de la Delegación del Gobierno de España en Andalucía) y Ángeles Lara Aguado (Directora Académica). 


El congreso está abierto a la presentación de comunicaciones hasta el día 15 de abril en la web del Congreso. Las comunicaciones seleccionadas por el comité científico se defenderán oralmente el día 22 de junio y se publicarán. Además, se concederán distinciones a las cuatro mejores comunicaciones en las siguientes modalidades:  Promoción de la Igualdad de Género, Promoción de la Protección de menores en procesos migratorios, Promoción de la Lucha contra la Violencia de Género, y Promoción de la Lucha contra la Trata de Menores.
Distinción a las cuatro mejores según bases en la web del Congreso.

Destinado a: Estudiantes de las Facultades de Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración, Relaciones Laborales, Ciencias del Trabajo, Trabajo Social, Sociología, Traducción e interpretación, Psicología, Instituto de Migraciones, Personal de la Judicatura, la Fiscalía y la Abogacía, Trabajadores y Trabajadoras Sociales, Personal de las Administraciones Públicas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Asociaciones y ONGs con especialización en Derecho de extranjería y en la atención a menores y personas interesadas en la materia. 

Inscripción en https://forms.gle/Pa7LYz3cdRML38GaA
Inscripción virtual : gratuita
Inscripción + certificado de asistencia (al menos un 80%): 15 euros.
Inscripción + certificado de asistencia + comunicación: 25 euros
Nº cuenta: ES89 2100 8986 9502 0005 3817

Contacto: mvilchezv (at)ugr.es

Más información en la web del Congreso.

Jurisprudencia - Justificación del requisito de la buena conducta cívica del solicitante de la nacionalidad


- Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Sentencia de 23 de febrero de 2022, Rec. 2040/2021: Solicitud de nacionalidad española por residencia. Justificación del requisito de la buena conducta cívica del solicitante. Incumplimiento por la Administración de su deber de aportar determinados informes. Artículos 8 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, y 7 de la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre. Proceder de la Sala de instancia determinante de indefensión. Retroacción de actuaciones.

Ponente: Menéndez Pérez, Segundo.
Nº de Recurso: 2040/2021
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Fuente: ICAM, Otrosi .net - Administrativo.
[Texto en CENDOJ: Roj: STS 817/2022 - ECLI:ES:TS:2022:817]

 

DOUE de 24.3.2022


- Comunicación de la Comisión — Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia.

Nota: La Comisión ha decidido adoptar la presente Comunicación para especificar los criterios que guiarán la evaluación de la compatibilidad con el mercado interior de las medidas de ayuda estatal que los Estados miembros pueden adoptar para paliar los efectos económicos derivados de la agresión contra Ucrania por parte de Rusia y las sanciones subsiguientes adoptadas por la UE y los socios internacionales, así como de las contramedidas adoptadas, por ejemplo, por Rusia. Una respuesta económica coordinada de los Estados miembros y las instituciones de la UE es crucial para mitigar las repercusiones negativas inmediatas en la UE, económicas y sociales, para preservar las actividades económicas y el empleo y para facilitar los ajustes estructurales necesarios en respuesta a la nueva situación económica creada por la agresión militar rusa contra Ucrania.
La Comisión aplica la presente Comunicación a partir del 1 de febrero de 2022. Asimismo. revisará todas las secciones de la presente Comunicación antes del 31 de diciembre de 2022 en función de consideraciones importantes de índole económica o relacionadas con la competencia, así como de la evolución internacional. Cuando resulte útil, la Comisión puede también facilitar aclaraciones complementarias sobre su planteamiento en asuntos concretos.

[DOUE C 131I, de 24.3.2022]

PARLAMENTO EUROPEO
(Sesiones del 4 al 7 de octubre de 2021)

- Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de octubre de 2021, sobre la inteligencia artificial en el Derecho penal y su utilización por las autoridades policiales y judiciales en asuntos penales (2020/2016(INI))

- Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de octubre de 2021, sobre el impacto de la violencia doméstica y del derecho de custodia en las mujeres y los niños (2019/2166(INI)) 

- Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de octubre de 2021, sobre la reforma de la política de la Unión en materia de prácticas fiscales perjudiciales (incluida la reforma del Grupo «Código de Conducta») (2020/2258(INI)) 

[DOUE C132, de 24.3.2022]

BOE de 24.3.2022


- Resolución de 2 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2, por la que se suspende la inscripción de la elevación a público de un contrato privado de compraventa.

Nota: Mediante escritura otorgada el día 21 de octubre de 2021, se elevó a público un contrato privado de compraventa siendo suplida la declaración de voluntad de la parte vendedora por la autoridad judicial. El Registrador deniega la inscripción por no constar el N.I.E. de la parte vendedora, cuya voluntad para el otorgamiento del título que precede, es suplida por el Juzgado Mixto Número Cinco de Estepona, según procedimiento de ejecución títulos judiciales 997/2.018, en el que ya consta requerimiento judicial del referido N.I.E.
Son hechos relevantes del caso que se trata de un vendedor extranjero, declarado en rebeldía, cuya declaración de voluntad ha sido suplida por la autoridad judicial. Resulta, además, que no consta en el archivo tabular el N.I.E. asignado al mismo debido a su falta de exigencia en el momento de la adquisición. Se trata, por tanto, de determinar la obligatoriedad de aportación del mismo por la parte compradora sin la pertinente solicitud por parte del vendedor. Es criterio de la DGRN que debiera ser estimada la presentación del solicitante que ha agotado los medios previstos para el cumplimiento de la norma, pudiendo dar cumplimiento a la legítima pretensión de obtener su inscripción dominical y, por ende, la salvaguarda que la misma produce.
Sin embargo, en el presente caso, el recurso no puede prosperar, ya que conforme a lo dispuesto en el artículo 20, en sus párrafos segundo y tercero, del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, «las personas físicas que carezcan de la nacionalidad española y no dispongan del número de identidad de extranjero, bien de forma transitoria por estar obligados a tenerlo o bien de forma definitiva al no estar obligados a ello, deberán solicitar a la Administración Tributaria la asignación de un número de identificación fiscal cuando vayan a realizar operaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria. Dicho número estará integrado por nueve caracteres con la siguiente composición: una letra inicial, que será la M, destinada a indicar la naturaleza de este número, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético. En el caso de que no lo soliciten, la Administración tributaria podrá proceder de oficio a darles de alta en el Censo de Obligados Tributarios y a asignarles el número de identificación fiscal que corresponda».
Por todo lo anterior, la DGSJyFP desestima el recurso y confirma la calificación.

[BOE n. 71, de 24.3.2022]

miércoles, 23 de marzo de 2022

Bibliografía (Revista de revistas) - LA LEY Mediación y Arbitraje, núm. 10 (enero-marzo 2022)


Sumario de LA LEY Mediación y Arbitraje, núm. 10 (enero-marzo 2022):

In memoriam
— «Prof. Dr. Miguel Ángel Fernández-Ballesteros (1950–2022)», David Arias
— «Carlos de los Santos (1967–2022)», Francisco Serrano Osobliwa, Socio de J&A Garrigues, S.L.P.

Tribuna
— «De la mediación a la reforma de la justicia», Javier Jiménez-Ugarte, Of Counsel «Lupicinio International Law Firm»
— «Mediación como herramienta en conflictos arrendaticios en tiempos de pandemia», Carmen Barrón López, Abogada

Estudios
— «Renovar o morir: sobre la necesidad de reconfigurar la mediación intercultural en nuestro ordenamiento jurídico», Ixusco Ordeñana Geruraga, Profesor Titular de Derecho procesal. Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
— «Las reglas de arbitraje del Consulado de Cádiz», Gorka Goenechea Permisán, Abogado (BM&A), Árbitro, doctor en Derecho
— «Cave cavtelam! Reflexiones acerca de la autoridad cautelar de los árbitros en el marco de la Ley 60/2003 (LA LEY 1961/2003) y los recelos subsistentes al respecto», Pedro Tent Alonso, Letrado; Socio responsable del Departamento de Litigación y Arbitraje de J&A Garrigues, S.L.P. en Valencia
— «La impugnación de acuerdos sociales a través del arbitraje: aspectos procesales», María Jesús Sande Mayo, Profesora Doctora de Derecho Procesal, Centro de Estudios Garrigues
— «Fundamentos filosóficos de la mediación: la justicia y la persona», M.ª de las Mercedes Rosa Rodríguez, Mediadora y Árbitro, Administradora Concursal y Abogada. Profesora de Mediación y de Práctica Concursal en la UNIR

Práctica en mediación y arbitraje
— «Abuso del procedimiento arbitral y debido proceso», José Carlos Fernández Rozas, Director de la Revista
— «Daños y perjuicios en arbitraje de inversión: una primera cartografía», Ángela Gil Arrondo, Heidi López Castro y Cristian Gual Grau, Grupo de Daños de Uría Menéndez
— «Jurisdicción versus arbitraje en procedimientos multiparte», Belén Alandete Sánchez, Abogada Senior del Área de Procesal y Arbitraje en Broseta Abogados y profesora asociada de la Universidad de Valencia

Regulación
— «Algunas consideraciones sobre la reforma de los MASC en el Anteproyecto de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia», José Antonio Colmenero Guerra, Profesor Titular de Derecho procesal. Universidad Pablo de Olavide

Textos y materiales recientes
— Consejo General del Poder Judicial: Informe sobre el Anteproyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal al Servicio Público de Justicia (22 julio 2021)

Jurisprudencia
Crónicas
Sentencias seleccionadas
— «De la relevancia de recusar oportunamente al árbitro», Laura Álvarez Mera. Abogada (BM&A), especialista en arbitraje
Sentencias seleccionadas
— «¿Es procedente que las partes en un arbitraje comercial internacional acuerden la procedencia de recursos adicionales a la nulidad para impugnar el laudo arbitral? (A propósito de la SCS de Chile, de 14 de septiembre 2020», Eduardo Picand Albónico, Socio de Picand y Ríos Abogados. Profesor de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
— «Una cuestión compleja: un laudo, una acción de anulación, un cumplimiento del laudo y unas medidas cautelares (ATSJ Madrid CP 1ª 21 junio 2021)», Pedro Álvarez Sánchez de Movellán. Pedro Álvarez Sánchez de Movellán, Profesor Titular de Derecho Procesal de la Universidad de León
— «La adopción de medidas cautelares previas e inaudita parte pendiente el reconocimiento de un laudo arbitral extranjero (AAP Madrid 7 julio 2021)», M.ª Victoria Sánchez Pos, Profesora contratada doctora de Derecho procesal. Universidad de Navarra
— «El Tribunal de Justicia cierra el círculo tras confirmar la inaplicabilidad del arbitraje de inversiones del Tratado sobre la Carta de la Energía en los litigios intra–UE: análisis crítico de la decisión en el asunto República de Moldavia / Komstroy (STJ 2 de septiembre de 2021, asunto C–741/19)», Ínigo Iruretagoiena Agirrezabalaga, Profesor Agregado de Derecho internacional público. Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
— «A vueltas con la decisión del juez sobre el fondo del laudo y del procedimiento arbitral (STSJ Madrid CP 1ª 22 de octubre de 2021)», Francisco G. Prol Pérez, Abogado y árbitro internacional
— «Arbitraje y revisión de oficio en la contratación pública (STS CA 3ª 17 noviembre 2021)», Álvaro Soriano Hinojosa, Doctor en Derecho, Abogado en J&A Garrigues, S.L.P
Notas
— «Los métodos alternativos de resolución del litigio como requisito de procedibilidad (SAP Málaga 4ª 30 de abril de 2021)», Ana Fernández Pérez, Profesora Titular de Derecho internacional privado. Universidad de Alcalá
— «El laudo "vale o no vale": la función del TSJ se agota en determinar si se ha identificado una tacha que impida su validez (Sentencia TSJ de Andalucía CP 1ª 11 de mayo de 2021)», Sixto A. Sánchez Lorenzo, Catedrático de Derecho internacional privado. Universidad de Granada
— «La prejuicialidad penal en los procedimientos arbitrales (STSJ de Andalucía de 17 de junio de 2021)», Fabio Virzi y Laura Martín, Abogados de Cases & Lacambra
— «Las prisas no compensan: La impugnabilidad de las órdenes procesales y del convenio arbitral (STS Civ 1ª 22 de junio de 2021)», Blas Piñar Guzmán, Abogado | Árbitro | Mediador, §yndēresis legal
— «Declinatoria arbitral y seguros de grandes riesgos: a propósito de su eventual calificación como contratos de adhesión (Auto de la Audiencia Provincial de Logroño, de 2 de julio de 2021)», Marta Casado Abarquero, Profesora Contratada Doctora. Universidad de Deusto. Abogada y socia San José Abogados
— «El litigante bifronte» (Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona de 13 de octubre de 2021), Gorka Goeneche Permisán, Abogado (BM&A), árbitro, doctor en Derecho
— «Sobre el impacto de la cosa juzgada y la declaración de concurso del deudor principal en la reclamación contra el deudor solidario (STS Civ 1ª 20 de octubre de 2021)», José Manuel Fariñas Pena, Counsel en el Departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de Garrigues y Ander Gutiérrez Gárate. Asociado en el Departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de Garrigues

Cronología de decisiones
— Selección de las resoluciones destacadas dictadas recientemente por los Tribunales españoles
— Selección de las resoluciones destacadas dictadas recientemente por los Tribunales internacionales

Actualidad institucional
Centro Internacional de Arbitraje de Madrid
— El Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM) ha formado un grupo de trabajo especializado en la resolución de conflictos en el sector asegurador (24 enero 2022).
Cámara de Comercio internacional
— La diversidad de género en los tribunales de arbitraje: Los desafíos que se avecinan (9 diciembre 2021)
— La CCI publica las cifras preliminares de resolución de litigios para 2021 (26 enero 2021)
— Escrito de amicus curiae de la CCI para orientar al Tribunal Supremo de EE.UU (31 enero 2022)
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones
— El CIADI somete a votación del Consejo Administrativo enmiendas a sus Reglas y Reglamentos (20 enero 2022)
Hong Kong International Arbitration Centre
— El Centro Internacional de Arbitraje de Hong Kong (HKIAC) publica las estadísticas de 2021 (9 febrero 2022)

Noticias
Informaciones
— La Comisión insta a Bélgica, Italia, Luxemburgo, Austria, Portugal, Rumanía y Suecia a que pongan fin a los tratados bilaterales de inversión (TBI) con otros Estados miembros de la UE (2 diciembre 2021)
— Remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Colombia para la promoción y protección recíproca de inversiones y su Declaración Interpretativa (7 diciembre 2021)
— La Comisión lleva al Reino Unido al Tribunal de Justicia de la UE por una sentencia del Reino Unido que permite la ejecución de un laudo arbitral que concede ayudas estatales ilegales (9 febrero 2022)
Convocatorias
— Los días 20 a 22 de abril de 2022 se celebra el Congreso de Mediación y ADR en el Colegio de la Abogacía de Barcelona bajo la idea de diálogo y equilibrio frente a la vulnerabilidad
— Open de Arbitraje 2022. VIII Edición: La Vuelta al Mundo (del arbitraje) en dos días. Terminal 8 de Madrid: destino arbitraje (4 y 5 de mayo e 2022)
— Curso de Verano de la Universidad de Alcalá 2022, con el patrocinio de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje y de Wolters Kluwer: «Nueva configuración del procedimiento arbitral: Reglamentos, directrices y práctica» (27 de junio a 1 de julio de 2022)

BOE de 23.3.2022


- Resolución de 17 de marzo de 2022, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras.

Nota: Véase el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, , así como la entrada de este blog del día 2.3.2022.

[BOE n. 70, de 23.3.2022]

martes, 22 de marzo de 2022

DOUE de 22.3.2022


- Recomendación de la Junta Europea de Riesgo Sistémico de 2 de diciembre de 2021 sobre la reforma de los fondos del mercado monetario (JERS/2021/9) 2022/C 129/01

Nota: Las turbulencias de los mercados financieros al inicio de la pandemia de COVID-19 revelaron vulnerabilidades sistémicas persistentes en determinados subsectores de los fondos del mercado monetario de deuda privada (FMM). Esto requiere una reevaluación de determinados aspectos de las reformas reglamentarias posteriores a la crisis financiera mundial.
La presente recomendación contribuye a la próxima revisión del Reglamento sobre FMM por parte de la Comisión en 2022 para abordar las vulnerabilidades sistémicas persistentes en determinados subsectores de los FMM de deuda privada. Pretende reflejar el objetivo de la Recomendación JERS/2012/1 de reducir las características similares a los depósitos ofrecidas por determinados FMM a través del reembolso a la par en el contexto del actual Reglamento sobre FMM.
La recomendación A está concebida para reducir los efectos umbral. La recomendación B está concebida para reducir la transformación de la liquidez de los FMM y mejorar su correspondencia entre activos y pasivos. La recomendación C está concebida para aumentar la disponibilidad y fomentar el uso de instrumentos de gestión de la liquidez que imponen a los inversores que soliciten el reembolso (y que suscriban) el coste de sus respectivos reembolsos (y suscripciones). Y la recomendación D está concebida para mejorar la vigilancia y las pruebas de resistencia.
Para abordar de manera exhaustiva las vulnerabilidades derivadas del sector de los FMM, las medidas establecidas en la presente recomendación deben aplicarse como un paquete.

[DOUE C129, de 22.3.2022]

BOE de 22.3.2022


- Orden PCM/219/2022, de 21 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2022.

Nota: Se convoca la primera prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de la Abogacía, dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales, así como, en particular, la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por Universidades o Escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas. La convocatoria no contiene limitación alguna en el número de plazas (número 1).
La prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo establecido en la presente orden de convocatoria y será única e idéntica para todo el territorio español (número 2). El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el anexo de la presente convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de la Abogacía que serán objeto de la evaluación (número 3).
La solicitud de inscripción deberá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es). El plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la evaluación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el BOE (número 5).
La participación en la prueba de evaluación será gratuita (número 6).
La prueba de aptitud podrá realizarse, a libre elección del aspirante, en castellano o en la lengua cooficial autonómica (número 10).
En los días que se determinen, que se anunciarán con la debida antelación en la página web del Ministerio de Justicia, se desarrollará la fase demo, en la que los aspirantes podrán acceder a la plataforma de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), a través del enlace https://entrada.aulavirtualexamenes.es/  y en una pantalla de bienvenida se les pedirá la dirección de correo electrónico (que será la misma que previamente han facilitado al Ministerio de Justicia) y, tras pulsar el recuadro «Solicitar código» que aparecerá en la misma pantalla, se les remitirá un código de acceso a su cuenta de correo que deberán conservar cuidadosamente, ya que será imprescindible para acceder el día del examen a la plataforma. El aspirante podrá acceder tantas veces como quiera desde la sala de espera a un examen de prueba, durante esos días, para familiarizarse con la plataforma. Ni las respuestas a ese examen ni las preguntas formuladas en la sala de espera se conservarán durante esta fase y tampoco habrá corrección de dicho examen. (número 11).
La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el BOE en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres horas. La prueba se celebrará de forma on line de manera simultánea con cualquier dispositivo con acceso a Internet, a través de la plataforma AVEX de la UNED entrando en el enlace https://entrada.aulavirtualexamenes.es/, y se iniciará a las 9:00 hora peninsular en un único llamamiento. Los dispositivos estarán dotados de webcam y durante la celebración de la prueba se podrán tomar de modo aleatorio una o más imágenes sin utilizar técnicas de reconocimiento facial. Estas imágenes se emplearán únicamente para comprobar que los aspirantes durante la celebración de la prueba no se valen de medios no permitidos para la realización del examen. La webcam deberá estar activa el día de la celebración de la prueba y durante todo el tiempo que permanezcan conectados a la plataforma para la realización del examen (número 12).

Véase el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

[BOE n. 69, de 22.3.2022]

lunes, 21 de marzo de 2022

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

- Asunto C-20/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 3 de febrero de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Frankfurt am Main — Alemania) — JW, HD, XS / LOT Polish Airlines [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Reglamento (UE) n.o 1215/2012 — Artículo 7, punto 1, letra b), segundo guion — Competencia especial en materia contractual — Concepto de «lugar de cumplimiento de la obligación que sirva de base a la demanda» — Contrato de prestación de servicios — Transporte aéreo — Vuelo caracterizado por una única reserva confirmada y realizado en varios trayectos por dos transportistas aéreos distintos — Reglamento (CE) n.o 261/2004 — Normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos — Artículo 7 — Derecho a compensación — Retraso en el primer trayecto — Demanda de compensación dirigida contra el transportista aéreo encargado del primer trayecto ante el órgano jurisdiccional del lugar de llegada de este]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 3.2.2022.

NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-823/21: Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2021 — Comisión / Hungría

Nota: La Comisión solicita:
"Que se declare que Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6 de la Directiva 2013/32, interpretado en relación con el artículo 18 de la Carta, al supeditar, respecto de los nacionales de terceros países que se encuentren en territorio húngaro, incluidas sus fronteras, la posibilidad de acceder al procedimiento de protección internacional y de presentar una solicitud de protección internacional al cumplimiento del requisito de que tramiten un procedimiento previo ante una representación diplomática de Hungría sita en un tercer país."

- Asunto C-27/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 11 de enero de 2022 — Volkswagen Group Italia S.p.A., Volkswagen Aktiengesellschaft / Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato

Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Pueden calificarse de sanciones administrativas de carácter penal las sanciones impuestas en materia de prácticas comerciales desleales en virtud de la normativa interna de aplicación de la Directiva 2005/29/CE?
2) ¿Debe interpretarse el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que se opone a una normativa nacional que permite confirmar judicialmente y dotar de firmeza a una sanción administrativa pecuniaria de carácter penal impuesta a una persona jurídica por conductas ilícitas que constituyen prácticas comerciales desleales por las cuales se le ha impuesto entretanto una condena penal en otro Estado miembro que ha devenido firme antes de que la resolución dictada en el procedimiento judicial de impugnación de la sanción administrativa pecuniaria de carácter penal haya adquirido fuerza de cosa juzgada?
3) ¿Puede justificar la normativa establecida en la Directiva 2005/29, en particular los artículos 3, apartado 4, y 13, apartado 2, letra e), una excepción a la prohibición del non bis in idem establecida en el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (posteriormente incorporada al Tratado de la Unión Europea en el artículo 6 TUE) y en el artículo 54 del Convenio de aplicación de Schengen?"

[DOUE C128, de 21.3.2022]

DOUE de 21.3.2022


- Decisión (UE) 2022/453 de la Comisión, de 15 de marzo de 2022, por la que se modifica el anexo del Convenio monetario entre la Unión Europea y el Estado de la Ciudad del Vaticano.

Nota: Mediante este acto se modifica el anexo del Convenio monetario entre la Unión Europea y el Estado de la Ciudad del Vaticano (véase la entrada de este blog del día 4.2.2010).

[DOUE L92, de 21.3.2022]


domingo, 20 de marzo de 2022

Bibliografía - Notas sobre competencia internacional y territorial en indemnizaciones por retraso o cancelación de vuelos


Notas sobre competencia internacional y territorial en indemnizaciones por retraso o cancelación de vuelos - Notes on international and territorial jurisdiction in compensation for delay or cancellation of flights
Francisco José MARTÍN MAZUELOS, Magistrado jubilado y ex miembro de la REJUE
Bitácora Millennium DIPr., nº 15 (Prepublicación)
[Texto]
SUMARIO: I. Introducción. II. Instrumentos reguladores de la responsabilidad. 1. El Convenio de Montreal. 2. El Reglamento (CE) nº 261/2004. 3. Su compatibilidad. III. Competencia. 1. Según el Reglamento 1215/2012 y el Convenio de Lugano. 2. Según el Convenio de Montreal. IV. ¿Examen de oficio de la competencia? V. Resoluciones nacionales. VI. Conclusiones.

Este trabajo tiene como objeto proporcionar unas directrices claras sobre este importante tema, a la vista de la jurisprudencia relativamente reciente del TJUE y de resoluciones nacionales también recientes, no conformes con ella.
This paper is not intended to be a doctrinal study on this matter, but merely to summarize clear guidelines, in view of recent judgments of the CJEU, with which some judgments of Spanish courts do not comply.

 

Bibliografía - Novedad editorial


La editorial Tirant lo Blanch acaba de publicar la obra colectiva "Derecho del Comercio Internacional Peruano", de la que son editores Carlos Esplugues Mota y Pierino Stuchhi López Raygada.

El sostenido crecimiento económico del Perú, y su profunda incardinación en el comercio internacional, no había venido acompañado hasta el momento de una obra que aborde en profundidad las implicaciones jurídicas que éste genera en todos los que se involucran en él. Un texto que, combinando sólidas bases teóricas con la búsqueda de la máxima utilidad práctica, aporte de forma comprehensiva, a la vez que sencilla y plenamente actualizada, un análisis profundo y una explicación práctica de las principales instituciones vinculadas al comercio internacional del Perú, y a las inversiones extranjeras, con un enfoque global y dinámico que incluya al Derecho internacional y a la legislación nacional.
El presente Derecho del Comercio Internacional peruano colma con creces este vacío editorial, ofreciendo un exhaustivo análisis normativo -y de la práctica- de todos los ámbitos del comercio exterior peruano. Fruto de la estrecha colaboración entre reconocidos académicos, profesionales y funcionarios públicos de Perú y de España, cada capítulo es elaborado por especialistas de primer nivel que comparten con el lector sus profundos conocimientos en las distintas materias tratadas.
Estamos, sin duda, ante un libro esencial. Una obra llamada a convertirse en el texto de cabecera para todos los profesionales, estudiosos y operadores jurídicos que centran sus actividades jurídicas en torno al comercio internacional y las inversiones en el Perú.

Extracto del índice de la obra:

Capítulo 1º. ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL COMERCIO INTERNACIONAL, por Carlos Esplugues Mota y Pierino Stucchi
1. Introducción.
2. Instituciones de naturaleza internacional.
3. Instituciones de carácter regional.
4. El comercio internacional y la codificación del Derecho del comercio internacional.

Capítulo 2º. LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO DEL PERÚ, por Luis García-Corrochano Moyano y Pierino Stucchi
1. Introducción.
2. La forma y el contenido de un tratado de libre comercio.
3. Negociación y adopción.
4. Naturaleza jurídica de un tratado de libre comercio.
5. Las partes y la aplicación territorial.
6. Los tratados de libre comercio y los demás compromisos del Perú en materia comercial.
7. ejecución y cumplimiento.
8. Modificación.
9. Los tratados de libre comercio y la responsabilidad internacional del Estado.
10. Reglas esenciales para la liberalización del comercio de mercancías.

Capítulo 3º. RÉGIMEN JURÍDICO PERUANO DEL COMERCIO EXTERIOR, por César Alva y Diana Pomahuallca
1. Breve introducción.
2. La constitución política del Perú y el comercio exterior.
3. Los principales alcances del Decreto Legislativo n° 668.
4. Conclusiones.

Capítulo 4º. ELEMENTOS ADUANEROS ESENCIALES DE LA IMPORTACIÓN Y LA EXPORTACIÓN, por Pierino Stucchi y Enrique Vargas Ginocchio
1. Introducción.
2. Aspectos comunes aplicables a la importación y exportación.
3. La importación de bienes.
4. La exportación de bienes.
5. Otras disposiciones relevantes.
6. Operador económico autorizado.
7. Facilitación del comercio.

Capítulo 5º. LAS POLÍTICAS DE COMPETENCIA, por José Antonio BEZADA ALENCASTRE y Eliane ZAMBRANO NALVARTE
1. Introducción.
2. Las políticas de competencia en el marco de los tratados internacionales celebrados por el Perú.
3. El modelo de economía social de mercado.
4. El rol del Estado en el mercado.  
5. El derecho ordenador del mercado y la defensa de la competencia.
6. Ideas finales.

Capítulo 6º. MEDIDAS DE DEFENSA COMERCIAL, por Pierino Stucchi
1. Introducción.
2. Los derechos anti-dumping.
3. Los derechos compensatorios.
4. Medidas de salvaguardia.
5. Consideraciones procedimentales.

Capítulo 7º. PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL, por Maryliz Rojas Barandiarán y Enrique Fernández Masiá
1. Concepto y función de los bienes inmateriales en una economía de mercado.
2. Normativa de protección en Perú.
3. Características generales de la protección de la propiedad industrial e intelectual en el comercio internacional.
4. Normativa internacional de protección.

Capítulo 8º. LOS SUJETOS DEL COMERCIO INTERNACIONAL: LAS PERSONAS Y LAS SOCIEDADES, por Juan Carlos Vélez y Guillermo Palao Moreno
1. Introducción: la pluralidad de sujetos participantes en el comercio internacional.
2. Empresario extranjero persona física en el Perú.
3. Empresario extranjero persona jurídica en el Perú.
4. Dimensión internacional de las sociedades desde la perspectiva peruana.
5. Las reorganizaciones empresariales en el Perú de dimensión internacional.
6. Contratos de colaboración empresarial.
7. Apuntes finales sobre lo que el comerciante extranjero debe saber para invertir en el Perú.

CAPÍTULO 9º. EL RÉGIMEN JURÍDICO GENERAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES EN EL PERÚ, por Víctor Sueiro Varhen
1. Nociones generales.
2. Aspectos previos a la forma y contenido del contrato internacional.
3. Validez formal del contrato internacional.
4. El derecho regulador del contenido de los contratos.
5. Límites al derecho aplicable que regulará el contrato.

Capítulo 10º. COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS: LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980 SOBRE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS, por Carlos Esplugues Mota y Enrique Vargas Ginocchio
1. Introducción.
2. La Convención de Viena de 1980 sobre compraventa internacional de mercaderías: ámbito de aplicación.
3. El comercio compensatorio.

Capítulo 11º. COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS: LOS INCOTERMS 2020, por Carlos Esplugues Mota
1. Introducción.
2. La denominada nueva Lex Mercatoria o nuevo “derecho de los comerciantes”.
3. Los Incoterms 2020.
4. Términos válidos para cualquier modo o modos de transporte.
5. Términos válidos para transporte marítimo y vías navegables interiores.

Capítulo 12º. OTROS CONTRATOS VINCULADOS AL COMERCIO INTERNACIONAL, por Juan Carlos Velez y Guillermo Palao Moreno
1. Contratos de seguro.
2. Contratos de distribución y suministro.
3. Contrato de franquicia y relativos a la propiedad intelectual.
4. Contratación electrónica.

Capítulo 13º. GARANTÍAS CONTRACTUALES INTERNACIONALES, por Miguel Ángel Raygada Castillo
1. Introducción.
2. Reglamentación de las garantías internacionales.
3. Regulación peruana asociada al uso de las garantías contractuales internacionales.
4. Utilización de las garantías contractuales internacionales en el Perú.

Capítulo 14º. COBRANZAS Y MEDIOS DE PAGO INTERNACIONALES, por Marco Antonio Huamán Sialer
1. Introducción.
2. Medios de pago.
3. Régimen jurídico nacional e internacional aplicable a los medios de pago.
4. El cheque.
5. Las transferencias bancarias y ordenes de pago.
6. Las remesas (cobranzas).
7. El credito documentario.

Capítulo 15º. FINANCIACIÓN DEL COMERCIO INTERNACIONAL, por Mag. Kiomi M. Osorio Ishikawa
1. Introducción al sistema financiero en el Perú.
2. Mecanismos de financiamiento en el comercio internacional.
3. Valoración global.

Capítulo 16º. LOS CONTRATOS INTERNACIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE, por Mg. Oscar Isaac Ochoa Ochoa
1. Consideraciones previas.
2. Contrato internacional de transporte terrestre de mercancías por carretera.
3. Convenios internacionales aplicables al transporte terrestre internacional.
4. Valoración final.

Capítulo 17º. LOS CONTRATOS DE UTILIZACIÓN DE BUQUES EN EL COMERCIO INTERNACIONAL, por José Antonio Pejovés Macedo
1. Introducción.
2. Distinciones y similitudes entre el contrato de transporte marítimo de mercancías y el contrato de fletamento.
3. Los dos hemisferios en los servicios de transporte marítimo de mercancías.
4. La teoría de los contratos de utilización de buques.
5. La regulación en el Perú de los contratos de utilización de buques.
6. A modo de valoración final.

CAPÍTULO 18º. LOS CONVENIOS Y LOS CONTRATOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL, por Miguel Mena Ramírez
1. Consideraciones previas.
2. Convenios internacionales de servicios de transporte aéreo.
3. Convenios internacionales de responsabilidad derivada del transporte aéreo.
4. La inversión extranjera en el transporte aéreo.
5. Otorgamiento de derechos aerocomerciales.
6. Aplicación normativa y competencia jurisdiccional.
7. El contrato de transporte aereo internacional de pasajeros y carga.
8. Los derechos de los pasajeros derivados del contrato de transporte aéreo – protección al consumidor.
9. Breve referencia a los contratos aeronáuticos relacionados con aeronaves y servicios aeroportuarios.

CAPÍTULO 19º. TRIBUTACIÓN VINCULADA AL COMERCIO INTERNACIONAL, por Juan M. Aguayo López
1. Introducción.
2. Nociones generales sobre el sistema tributario peruano.
3. Impuesto a la renta.
4. Impuesto general a las ventas (IVA peruano).

CAPÍTULO 20º. INVERSIONES EXTRANJERAS Y ARBITRAJE DE INVERSIONES EN PERÚ, por Pierino Stucchi, Braulio Arias Villagómez Y Ricardo Ampuero Llerena
1. Introducción.
2. Tratamiento jurídico de la inversión extranjera.
3. El arbitraje sobre inversión extranjera.
4. Valoración final.

CAPÍTULO 21º. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL - TRIBUNALES ESTATALES Y ADR, por Carlos Esplugues Mota y Víctor Sueiro Varhen
1. El recurso a los tribunales estatales como vía de resolución de controversias comerciales internacionales.
2. La conciliación internacional.
3. El arbitraje comercial internacional en el Perú y su regulación.
Ficha:
C. Esplugues Mota, P. Stuchhi López Raygada (Eds.)
"Derecho del Comercio Internacional Peruano"
Editorial Tirant lo Blanch, Lima, 2022
553 págs.
ISBN: 978-84-1397-596-2

viernes, 18 de marzo de 2022

Congreso de los Diputados - Proyectos de ley


- Proyecto de Ley sobre precursores de explosivos (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 94-1, de 18.3.2022).

Nota: El proyecto de ley regula el sistema de licencias que permita la puesta a disposición, introducción, posesión y utilización de precursores de explosivos restringidos por los particulares en España, así como garantizar la adecuada comunicación de las sustracciones, desapariciones y transacciones sospechosas de precursores de explosivos regulados. También se incluye el procedimiento sancionador que habrá de aplicarse ante los incumplimientos a las disposiciones contempladas en la misma.
Cabe destacar en el artículo 16 (infracciones muy graves) su número 3 (infracciones muy graves de los mercados en línea), letra d), en el que se considera infracción muy grave:
"d) No facilitar o no poner a disposición de las autoridades de inspección competentes a su requerimiento los datos solicitados sobre las transacciones comerciales con precursores de explosivos regulados, realizadas con los operadores económicos, los usuarios profesionales y los particulares.
La localización en el extranjero del domicilio social de los prestadores de servicios en línea, no podrá ser excusa para que las delegaciones establecidas en España cumplan con el deber de comunicación establecido en el párrafo anterior."


Bibliografía - Los tribunales económico-administrativos hacen oídos sordos a los procedimientos abiertos por la Comisión y a los recursos ante el TJUE

 

- Los tribunales económico-administrativos hacen oídos sordos a los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea y a los recursos por incumplimiento que penden ante el TJUE
Isaac Ibáñez García, Abogado
Diario La Ley, Nº 10032, Sección Tribuna, 18 de Marzo de 2022

Se fundamenta la necesidad de, como ha sugerido el Tribunal Supremo, establecer la posibilidad de que la Jurisdicción Contencioso-Administrativa pueda suspender causas que presentan identidad jurídica sustancial con recursos pendientes de casación ante el Supremo, y hasta que el alto tribunal se pronuncie al respecto. Lo mismo ha de decirse de las causas que presentan identidad jurídica sustancial con cuestiones de inconstitucionalidad pendientes ante el Tribunal Constitucional y cuestiones prejudiciales y recursos por incumplimiento pendientes ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y hasta que dichos tribunales se pronuncien al respecto. Convendría también clarificar legislativamente que lo dispuesto en el artículo 22.1 c) de la Ley 39/2015 sea aplicable a todo órgano administrativo, incluidos los tribunales económico-administrativos.

DOUE de 18.3.2022


- Decisión (UE) 2022/442 del Consejo, de 21 de febrero de 2022, por la que se autoriza la apertura de negociaciones con Islandia, el Reino de Noruega, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein a fin de celebrar acuerdos entre la Unión Europea y dichos países sobre normas suplementarias relativas al Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, como parte del Fondo para la Gestión Integrada de las Fronteras.

Nota: Por el presente acto se autoriza a la Comisión a abrir negociaciones de acuerdos con Islandia,  Noruega, Suiza y Liechtenstein sobre normas suplementarias relativas a la ejecución por parte de dichos países del Reglamento (UE) 2021/1148.

- Decisión (UE) 2022/445 de la Comisión, de 15 de marzo de 2022, por la que se modifica el anexo del Acuerdo monetario entre la Unión Europea y el Principado de Andorra.

Nota: Mediante el presente acto se modifica el anexo del Acuerdo Monetario entre la Unión Europea y el Principado de Andorra (véase la entrada de este blog del día 17.12.2011).

- Decisión (UE) 2022/446 de la Comisión, de 15 de marzo de 2022, por la que se modifica el anexo del Convenio monetario entre la Unión Europea y la República de San Marino.

Nota: Véase el Convenio monetario entre la Unión Europea y la República de San Marino, cuyo anexo se modifican mediante el presenta acto, así como la entrada de este blog del día 26.4.2012.

[DOUE L90, de 18.3.2022]

- Comunicación de la Comisión — Aprobación del contenido de un proyecto de Comunicación de la Comisión — Directrices sobre la aplicación del Derecho de la Competencia de la UE a los convenios colectivos relativos a las condiciones de trabajo de las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados.

Nota: Estas Directrices establecen los principios para evaluar, con arreglo al artículo 101 del TFUE, los acuerdos entre empresas, las decisiones de asociaciones de empresas y las prácticas concertadas (denominados colectivamente "acuerdos") celebrados como resultado de negociaciones colectivas entre personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados y otra(s) empresa(s) relativos a las condiciones de trabajo de las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados.
Las Directrices explican cómo aplicará la Comisión el Derecho de la competencia de la UE, sin perjuicio de la aplicación de otras normas o principios del Derecho de la UE. Las presentes Directrices no afectan a las prerrogativas de los Estados miembros en materia de política social ni a la autonomía de los interlocutores sociales. También se entienden sin perjuicio de las definiciones de los términos «trabajador» o «autónomo» con arreglo a la legislación nacional (14). No afectan a las competencias de los Estados miembros o de los interlocutores sociales en lo que respecta a la organización de negociaciones colectivas en el marco del Derecho laboral, ni a la posibilidad de que las partes contratantes soliciten una nueva clasificación de su situación laboral (o de las autoridades o tribunales competentes para evaluar tales casos) con arreglo al Derecho nacional o de la UE.
Para evitar dudas, los convenios colectivos celebrados por autónomos que no están cubiertos por las presentes Directrices no infringen automáticamente el artículo 101 del TFUE, sino que requieren una evaluación individual.

[DOUE C123, de 18.3.2022]

PARLAMENTO EUROPEO
(Sesión del 1 de marzo de 2022)

- Resolución del Parlamento Europeo, de 1 de marzo de 2022, sobre la agresión rusa contra Ucrania (2022/2564(RSP))

[DOUE C125, de 18.3.2022]

BOE de 18.3.2022


- Circular 2/2022, de 15 de marzo, del Banco de España, sobre normas para el envío al Banco de España de estadísticas de pagos por parte de proveedores de servicios de pago y operadores de sistemas de pago.

Nota: El Reglamento (UE) 1409/2013 del Banco Central Europeo, de 28 de noviembre de 2013, sobre estadísticas de pagos, establece que el Banco Central Europeo, en colaboración con los bancos centrales nacionales, recopilará información sobre pagos y sistemas de pago, con objeto de realizar las funciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales y hacer un seguimiento de la evolución de los mercados de pagos en los Estados miembros.
Por su parte, el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, dispone en su artículo 67, apartado 4, que los proveedores de servicios de pago facilitarán al Banco de España, en la forma y con la periodicidad que este determine, al menos anualmente, datos estadísticos sobre fraude relacionado con diferentes medios de pago.
La presente circular determina la forma y la periodicidad con las que los proveedores de servicios de pago deben facilitar al Banco de España los datos estadísticos sobre fraude relacionado con diferentes medios de pago a los que se refiere el artículo 67, apartado 4, del Real Decreto-ley 19/2018, de conformidad con lo previsto en el propio artículo y en la disposición adicional tercera del mismo real decreto-ley.

De acuerdo con su norma 1, la circular es aplicable a los siguientes agentes informadores:
- los proveedores de servicios de pago, según se definen en el artículo 3, apartado 32, del Real Decreto-ley 19/2018, con establecimiento en España, y
-  los operadores de sistemas de pago, según se definen en el artículo 1, apartado d), del Reglamento (UE) 1409/2013, establecidos en España.

Véase la corrección de errores.

[BOE n. 66, de 18.3.2022]

jueves, 17 de marzo de 2022

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (17.3.2022)


- SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 17 de marzo de 2022, en el asunto C‑545/19 (AllianzGI-Fonds AEVN): Procedimiento prejudicial — Artículo 63 TFUE — Libre circulación de capitales — Tributación de los dividendos pagados a organismos de inversión colectiva (OIC) — OIC residentes y no residentes — Diferencia de trato — Retención en la fuente que se practica únicamente sobre los dividendos pagados a OIC no residentes — Comparabilidad de las situaciones — Apreciación — Consideración del régimen fiscal de los partícipes en OIC y de la sujeción de los organismos residentes a otros impuestos — Inexistencia.

Fallo del Tribunal: "El artículo 63 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro con arreglo a la cual los dividendos distribuidos por sociedades residentes y percibidos por un organismo de inversión colectiva (OIC) no residente están sujetos a una retención en la fuente mientras que los dividendos pagados a un OIC residente están exentos de tal retención."

- CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. JEAN RICHARD DE LA TOUR, presentadas el 17 de marzo de 2022, en el asunto C‑624/20 (Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid): [Petición de decisión prejudicial planteada por el rechtbank Den Haag, zittingsplaats Amsterdam (Tribunal de Primera Instancia de La Haya, sede de Ámsterdam, Países Bajos)] Procedimiento prejudicial — Controles en las fronteras, asilo e inmigración — Política de inmigración — Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración — Residencias excluidas del ámbito de aplicación de la Directiva 2003/109/CE — Residencias por motivos de carácter temporal — Residencia en virtud del derecho derivado al amparo del artículo 20 TFUE.

Nota: El AG propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:
"1) El concepto de «residencia temporal» en el sentido, en particular, del artículo 3, apartado 2, letra e), de la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración, es un concepto del Derecho de la Unión que debe interpretarse de modo autónomo y uniforme.
2) El artículo 3, apartado 2, letra e), de la Directiva 2003/109 debe interpretarse en el sentido de que la residencia de un nacional de un país tercero que disfruta de un derecho de residencia derivado al amparo del artículo 20 TFUE constituye una residencia exclusivamente por motivos de carácter temporal."


Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado (CDNIC) - SEMINARIO: "El matrimonio ante Notario: autorización previa y celebración (aspectos internos e internacionales)"

 

SEMINARIO: "El matrimonio ante Notario: autorización previa y celebración (aspectos internos e internacionales)"
Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado (CDNIC)


Jueves 21 de abril de 2022

 

Organiza: Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado (Ilustre Colegio Notarial de Andalucía y Facultad de Derecho de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla) y Proyecto de I+D+i "Retos de la regulación jurídico-patrimonial del matrimonio y de otras realidades (uniones de hecho) en los planos supraestatal y estatal (REJURPAT)" PID2019-106496RB-I00.
Colaboran: Departamento de Derecho privado de la Universidad Pablo de Olavide, Facultad de Derecho de la Universidad Pablo de Olavide y Grupo de investigación SEJ486 “Plurilingüismo, multiculturalidad y Derecho” (PAIDI).
Lugar de celebración: Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, C/ San Miguel nº 1, 41002-Sevilla.
Dirección: Prof. Dr. Andrés Rodríguez Benot (Universidad Pablo de Olavide), Carmen Vela Fernández (Ilustre Colegio Notarial de Andalucía).
Coordinación: Prof. Dr. César Hornero Méndez (Universidad Pablo de Olavide).

PROGRAMA

•17:00 horas. Inauguración.

• 17:15 horas. Primera mesa. El matrimonio ante Notario: autorización previa y celebración (aspectos internos):

- Prof. Dr. Santiago Hidalgo García (Universidad de Valladolid).
- Pablo Vázquez Moral (Notario de Sant Feliu de Guixols).

• 18:15 horas. Pausa.

• 18:30 horas. Segunda mesa. El matrimonio ante Notario: autorización previa y celebración (aspectos internacionales):

- Profª. Dra. Flora Calvo Babío (Universidad Rey Juan Carlos).
- Dra. Ana Fernández-Tresguerres García (Notaria de Madrid).

• 19:30 horas. Debate.

• 19:30 horas. Clausura.


El Seminario se desarrollará de modo bimodal (tanto virtual como presencialmente).
La inscripción es gratuita. Ha de realizarse en el correo 'cdnic(at) upo.es' hasta las 14:00 horas del 20 de abril, indicando apellidos y nombre, ocupación y si se desea asistir presencial o virtualmente.
Se entregará certificado de asistencia a quienes así lo soliciten.


DOUE de 17.3.2022


- Decisión (UE) 2022/438 del Consejo, de 14 de marzo de 2022, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo Administrativo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)

Nota: El Consejo Administrativo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) votará mediante procedimiento escrito un conjunto de propuestas de enmiendas a las Reglas del CIADI. El procedimiento escrito se inició el 20 de enero de 2022 y su conclusión está prevista para el 21 de marzo de 2022. Aunque la UE no es miembro del CIADI, ha incorporado, por referencia, las reglas del CIADI en sus acuerdos comerciales y de inversión, en los que se regulan la protección de las inversiones y la solución de diferencias en materia de inversiones.
En el contexto de los procedimientos regidos por el Convenio del CIADI, las enmiendas actualizan y desarrollan el Reglamento Administrativo y Financiero del CIADI, las Reglas de Iniciación del CIADI, las Reglas de Arbitraje del CIADI y las Reglas de Conciliación del CIADI. Las enmiendas conducirán, entre otras cosas, a una mayor transparencia de los procedimientos, aclararán las disposiciones sobre la desestimación anticipada de las reclamaciones infundadas y la garantía por costos, e implantarán las obligaciones de revelación de información respecto a la financiación por terceros.
En el contexto de los procedimientos regidos por el Mecanismo Complementario del CIADI, las enmiendas propuestas actualizan y desarrollan el Reglamento Administrativo y Financiero del Mecanismo Complementario del CIADI, las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario del CIADI y las Reglas de Conciliación del Mecanismo Complementario del CIADI. La mayor parte de las enmiendas a los procedimientos regidos por el Convenio del CIADI se reflejarán también en el Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI. Además, el ámbito de aplicación de los procedimientos regidos por el Mecanismo Complementario se ampliará para incluir, entre otras cosas, las diferencias que afecten a organizaciones regionales de integración económica.
En el contexto de los procedimientos de comprobación de hechos del CIADI, las enmiendas propuestas actualizan y desarrollan las Reglas de Comprobación de Hechos del CIADI y el Reglamento Administrativo y Financiero de Comprobación de Hechos del CIADI.
En el contexto de la mediación del CIADI, la propuesta de reforma establece un nuevo conjunto de Reglas de Mediación del CIADI y un Reglamento Administrativo y Financiero de Mediación del CIADI.

Mediante el presente acto se indica a los Estados miembros que son Partes contratantes en el Convenio del CIADI que expresen su aceptación de las enmiendas propuestas a las reglas del CIADI.

[DOUE L89, de 17.3.2022]

BOE de 17.3.2022


- Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida.

Nota: Esta disposición regula el procedimiento de resolución alternativa de los litigios sobre la aplicación los reglamentos de la UE en materia de protección de los derechos de los usuarios del transporte aéreo, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Asimismo, se da cabida en el procedimiento a la resolución de litigios en línea regulados por el Reglamento (UE) nº 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE.

En relación con su ámbito de aplicación, hay que destacar los artículos 2 y 3. El artículo 2 establece lo siguiente:

"[...] 2. Sin perjuicio de lo anterior, este procedimiento es aplicable a los conflictos de todos los usuarios del transporte aéreo, aunque no tengan la condición de consumidores, en adelante pasajeros, con las compañías aéreas que los transporten, estén establecidas o no en la Unión Europea, por aplicación del:
a) Reglamento (CE) nº 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004, cuando:
1.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en territorio español, o,
2.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en un país que no sea miembro de la Unión Europea, con destino a otro situado en territorio español, a menos que disfruten de beneficios o compensación y de asistencia en ese país no perteneciente a la Unión Europea, cuando la compañía aérea operadora sea una compañía aérea comunitaria.
b) Reglamento (CE) nº 1107/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, cuando:
1.º Las personas con discapacidad o movilidad reducida que utilicen o pretendan utilizar vuelos comerciales de pasajeros que salgan de los aeropuertos situados en territorio español, lleguen a estos aeropuertos o transiten por ellos; o
2.º En los casos previstos en los artículos 3, 4 y 10 del citado reglamento, los pasajeros que salgan de un aeropuerto situado en país no perteneciente a la Unión Europea lo hagan con destino a otro aeropuerto situado en territorio español, si la compañía aérea operadora es comunitaria.
3. No obstante lo previsto en el apartado 2, en el caso de que la negativa a embarcar a un pasajero tenga su causa en los procedimientos o requisitos establecidos en el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, en cualquier normativa sobre los requisitos documentales para confirmar la identidad de los pasajeros en el embarque u otra documentación del viaje, así como en el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigibles, la Agencia únicamente conocerá de las reclamaciones que se planteen en relación con vuelos que salgan de los aeropuertos situados en territorio español.
4. Además, este procedimiento de resolución alternativa de litigios es aplicable, a los conflictos planteados por los pasajeros en aplicación del Reglamento (CE) n.º 1107/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, contra los gestores de los aeropuertos situados en territorio español, adheridos al procedimiento, ya sea previamente o por participar voluntariamente en él tras la presentación de la reclamación del pasajero ante la Agencia. A estos efectos:
a) Se considerarán adheridos con carácter previo a este procedimiento los aeropuertos cuyo gestor haya comunicado formalmente a la Agencia tal adhesión.
b) Se considerará que aceptan participar voluntariamente en el procedimiento cuando, trasladada la reclamación por el pasajero por la Agencia, no rechacen expresamente su aplicación."

Por su parte, el artículo 3 contiene las exclusiones:

"Artículo 3. Exclusiones.
Está excluido del ámbito de aplicación del procedimiento de resolución alternativa de litigios regulado en esta orden, cualquier litigio distinto de los previstos en el artículo 2 y, en particular, aquellos que versen sobre:
a) Los daños y perjuicios causados por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato de transporte no comprendidos en el ámbito de aplicación de esta orden de acuerdo con lo previsto en artículo 2.
b) Las cláusulas y prácticas abusivas en el contrato de transporte aéreo u otra documentación atinente al transporte.
c) Las prácticas comerciales, entendiendo por tal las definidas en el artículo 19.2 del Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
d) La información precontractual o el contrato.
e) La protección de datos de carácter personal.
f) Las reclamaciones de los pasajeros en base al Reglamento (CE) 2027/97, del Consejo, de 9 de octubre de 1997, relativo a la responsabilidad de las compañías aéreas respecto al transporte aéreo de los pasajeros y su equipaje, o las reclamaciones por la destrucción, pérdida, avería o retraso de los equipajes facturados en base a cualquier otra norma o convención.
g) Los demás previstos en el artículo 3.2 de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre."

[BOE n. 65, de 17.3.2022]