Comunicación de la Comisión — Notificación de las asociaciones u organizaciones profesionales que reúnen las condiciones establecidas en el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2005/36/CE, y que se enumeran en el anexo I de la misma.
Nota: Véase la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.[DOUE C111, de 15-5-2009]
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