Delito fiscal y blanqueo de capitales: perspectivas ante la nueva reforma del tipo básico del delito fiscal
Bernardo DEL ROSAL BLASCO, Catedrático de Derecho Penal, Abogado responsable de Derecho Penal Económico de Clifford Chance
Diario La Ley, Nº 7997, Sección Doctrina, 9 Ene. 2013, Editorial LA LEY
LA LEY 5/2013
Las relaciones jurídicas entre el delito fiscal y el delito de blanqueo de capitales han dado pie a mucha controversia doctrinal, especialmente en lo que se refiere a la posibilidad de que el delito fiscal pueda ser delito antecedente o delito subyacente del delito de blanqueo de capitales. La evolución de las posiciones doctrinales ha ido pareja a las diferentes reformas legales que se han ido sucediendo, constituyendo, en este sentido, un hito determinante las reformas del Código Penal y de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo que se produjeron en el año 2010. Ahora que se ha reformado el tipo básico del delito fiscal, a través de una muy reciente Ley Orgánica de modificación del CP, publicada en el BOE del pasado 28 de diciembre de 2012, la situación legal vuelve a ofrecer motivos para la controversia, por más que, con la citada reforma, parece obvio que el legislador está intentando aclarar en qué situaciones al infractor fiscal se le va a perseguir, también, por un delito de blanqueo de capitales y en cuáles no. El presente trabajo pretende analizar la evolución de la discusión doctrinal antes y después de las reformas del año 2010, así como valorar, en este concreto aspecto, las perspectivas que ofrece la nueva regulación del tipo básico del delito fiscal tras la publicación de la LO 7/2012, de 27 de diciembre.Nota: Véase la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, así como la entrada de este blog del día 28.12.2012.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.