Renovación de la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la corrupción, número 173 del Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999.
Nota: España ha notificado al Consejo de Europa que renueva por un plazo de tres años (a contar desde el 1.8.2013) la reserva que formuló en el momento de ratificar el Convenio penal sobre la corrupción, por la cual no aplica lo establecido en el art. 17.1.b) del texto convencional, exigiendo el requisito de la doble incriminación para perseguir infracciones cometidas por los propios nacionales en el extranjero.Sobre este texto convencional véase la entrada de este blog del día 28.7.2010, así como la información relativa al mismo.
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