martes, 23 de mayo de 2017

BOE de 23.5.2017


Terminación del Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de la India, hecho "ad referendum" en Nueva Delhi el 30 de septiembre de 1997.
Nota: El Acuerdo dejó de aplicarse el 22 de marzo de 2017. Ahora bien, y de conformidad con su art. 14.2, respecto a las inversiones efectuadas antes de la fecha de expiración, las disposiciones de todos los demás artículos del Acuerdo seguirán estando en vigor por un período de quince años a partir de dicha fecha.
Véase el Acuerdo entre España y la India para la promoción y protección recíproca de inversiones de 1997.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.