Resumen del Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre la propuesta por la que se crea un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV)
Nota: De acuerdo con la propuesta, el sistema exigiría a los viajeros exentos de visado someterse a una evaluación de riesgos en materia de seguridad, migración irregular y salud pública antes de llegar a las fronteras del espacio Schengen. Esta evaluación se efectuaría comparando los datos presentados por el solicitante a través del SEIAV con los de otros sistemas de información de la UE, una lista de alerta rápida SEIAV específica y normas de control. El resultado de este proceso será la concesión o denegación de una autorización automatizada para entrar a la UE.
La creación del SEIAV tendría un impacto importante en el derecho a la protección de los datos personales, ya que un amplio espectro de autoridades públicas (por ejemplo, autoridades de inmigración, guardias fronterizas, fuerzas de seguridad, etc.) tendría acceso a diversos tipos de datos, recogidos en un principio con fines muy diferentes. Por este motivo, el SEPD considera que es necesario llevar a cabo una evaluación del impacto que tendrá la propuesta en el derecho a la privacidad y el derecho a la protección de datos.
También preocupa de la propuesta el proceso para determinar el riesgo que puede representar el solicitante. Habida cuenta de que la consecuencia para las personas podría ser la denegación de entrada, la legislación deberá definir claramente cuáles son los riesgos que se evalúan. La elaboración de perfiles, al igual que cualquier otra forma de análisis informático de datos aplicado a personas, plantea serias cuestiones de carácter técnico, legal y ético. Por ello, el SEPD pide que se presenten pruebas convincentes que demuestren la necesidad de utilizar instrumentos de elaboración de perfiles para los fines del SEIAV.
El SEPD también cuestiona la pertinencia de recopilar y procesar datos sobre salud, como se prevé en la propuesta. Pide que se justifique mejor el periodo indicado de conservación de datos y la necesidad de conceder acceso a los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales y Europol.
Finalmente, presenta recomendaciones, por ejemplo, sobre la división de funciones y responsabilidades entre las distintas entidades implicadas y la arquitectura y seguridad de la información del SEIAV.
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